Se aprueba el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 97, de 17 de mayo de 2016
Temas Clave: Especies; Lobo; Biodiversidad; Planificación; Aprovechamiento cinegético; Daños
Resumen:
En Castilla y León, el lobo ha experimentado un lento pero progresivo proceso expansivo. Así, el censo regional finalizado en 2001, detectó la presencia de 149 manadas. Seguimientos posteriores demostraron que la población de lobo siguió aumentando, estando presente en las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y León, y consolidándose como especie reproductora en todas ellas. El censo regional realizado en los años 2012 y 2013 ha detectado la presencia de 179 manadas, lo que confirma ese incremento poblacional, constatándose que el aumento es más notable en la fracción de la población situada al sur del río Duero.
En definitiva, el estado de conservación de la especie resulta favorable en esta región. Sin embargo, los conflictos que se han generado como consecuencia de los ataques a la ganadería extensiva resultan innegables.
De ahí que se haya considerado conveniente modificar el Plan anterior al
Desarrollo sostenible:
CÁRDENAS TAMARA, Felipe. “Ecologías políticas y ordenamientos territoriales: Elementos teóricos para el reconocimiento y diseño de territorialidades culturales ecológicas (TCE) y su inclusión en las visiones políticas del desarrollo o simplemente recordando el pensamiento salvaje”. Nómadas: revista crítica de ciencias sociales y jurídicas, n. 47, 2016, pp. 185-213, [en línea]. Disponible en Internet: https://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/article/view/52404 [Fecha de último acceso 17 de mayo de 2016].
DALLO, José. “Una agenda de desarrollo sostenible para un nuevo ecosistema mundial”. Temas para el debate, n. 254-255, enero-febrero 2016, pp. 41-43
DÍAZ OLALLA, José Manuel. “La salud en la agenda de desarrollo sostenible: compromisos en todas las políticas y en todos los países”. Temas para el debate, n. 254-255, enero-febrero 2016, pp. 30-33
DINIZ, Vinicius; RAMOS, Almeida; OLIVEIRA, Márcio Luís de. “Planejamento como Imperativo do Desenvolvimento Sustentável: A Ineficácia da Licitação Ecológica em Face da Lei Nacional de Licitações”. Direito Público (Brasil), v. 12, n. 65, septiembre-octubre 2015, pp. 92-109
JOLLY, Stellina. “Access And Benefit Sharing Under Nagoya Protocol And Sustainable Development: A Critical Analysis”. Agora International Journal of Juridical Sciences, vol. 9, n. 3, 2015, pp. 38-45, [en línea]. Disponible en Internet: http://univagora.ro/jour/index.php/aijjs/article/view/2110 [Fecha de último acceso 18 de mayo de 2016].
Biodiversidad:
PILLAI, Aylwin. Recensión “Charles-Hubert Born, An Cliquet, Hendrik Schoukens, Delphine Misonne and Geert Van Hoorick (eds). The Habitats Directive in its EU Environmental Law Context: European Nature’s Best Hope? Routledge, 2015; 508 pp;”. Environmental Law Review, vol. 17, n. 4, diciembre 2015, pp. 304-305
Derecho ambiental:
SORIANO, José Eugenio. Recensión “Instituciones de derecho urbanístico y ambiental de la Comunidad Valenciana. Editorial Civitas-Thomson Reuters, 2016, 994 págs.”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, vol. 50, n. 303, enero-febrero 2016, pp. 169-174
Edificación:
PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. Recensión “JORDANO FRAGA, Jesús (Dir.): El urbanismo de la crisis: la regulación de las edificaciones ilegales y el régimen de asimilación a fuera de ordenación. Tecnos, Madrid, 2015, 290 p.”. Revista de Administración Pública (CEPC), n. 199, enero-abril 2016, pp. 408-412
Política ambiental:
MORROW, Karen. Recensión “Olivia Wooley. Ecological Governance, Cambridge University Press, 2014; 261 pp”. Environmental Law Review, vol. 17, n. 4, diciembre 2015, pp. 305-306
Salud:
PISTOCCHI, A. Recensión “Environmental health (4th ed.), by Dade W. Moeller. Harvard University Press, 2011, 544 pp.”. Impact Assessment and Project Appraisal (IAPA), vol. 33 n. 4, octubre 2015, pp. 292-293, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.1080/14615517.2015.1069998 [Fecha de último acceso 17
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de mayo de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 2110/2016- ECLI:ES:TS: 2006:2110
Temas Clave: Acceso a la justicia; Evaluación de impacto; espacios naturales; Red Natura 2000
Resumen:
La Sentencia que nos ocupa resuelve el recurso de casación núm. 530/2013, interpuesto por el Gobierno de Cantabria contra la Sentencia de 31 de octubre de 2012, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso 582/2010, en la que se estimaba parcialmente el recurso promovido por Ecologistas en Acción contra la Resolución del Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria de 17 de octubre de 2008, que aprobaba el proyecto de “mejora de plataforma de la carretera de la Ría del Capitán a San Vicente de la Barquera p.k. 6,600; tramo: playa de Oyambre-Puente de la Maza”, contra la Resolución del Director General de Medio Ambiente de 15 de abril de 2008 que contenía la Declaración de Impacto Ambiental de dicho proyecto y contra modificaciones posteriores del tramo.
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 73/2016, de 14 de abril de 2016 (Ponente: Andrés Ollero Tassara)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 122, de 20 de mayo de 2016
Temas Clave: Fracturación hidráulica; Suelo no urbanizable; Normativa básica estatal; Establecimientos comerciales; “Trama urbana consolidada”
Resumen:
El Pleno del Tribunal examina el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno frente a varios preceptos y disposiciones transitorias de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña.
En primer lugar nos ceñiremos al art. 167.1, que añadió un apartado, el 10, al artículo 47 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, con el siguiente texto: «10. En la explotación de recursos naturales en suelo no urbanizable, en el caso de aprovechamiento de hidrocarburos, no está permitida la utilización de la tecnología de la fracturación hidráulica cuando pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas de la zona, o en relación con otros ámbitos competenciales de la Generalidad.»
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