Derecho ambiental:
AZEVEDO DE LIMA, Lucas. “A crise ambiental na contemporaneidade e a consolidação do meio ambiente como bem jurídico fundamental de terceira geração”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 161-190, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
BALLANDRAS-ROZET, Christelle. “Quelle effectivité pour les référés-environnement?”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 253-268
GOMES DI LORENZO, Wambert. “Direito natural e direito ambiental”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 323-332, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
HENKES, Silviana L.; MACEDO CORRÊA, Andrey Lucas. “A (in)efetividade da tutela jurídica do cerrado brasileiro: uma análise legislativa”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 305-322, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
MONTEDURO, Massimo. “La notion juridique d’environnement vue par le législateur italien”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 269-285
Derechos fundamentales:
RUEDA FERNÁNDEZ, Casilda. “El Dictamen 2/13 de 2014: de nuevo el sí pero no del TJUE ante la adhesión de la UE al CEDH”. Revista internacional
Economía sostenible:
PONTIN, Ben. Recensión “Economy, Society and Earth in Polanyian and Wild Law Perspectives on Environmental Regulation: To Perform a Double or Triple Movement? Wild Law—In Practice. By Michelle Maloney and Peter D. Burdon (editors) Oxford: Routledge, 2014, 272 p. Regulatory Transformations: Rethinking Economy–Society Interactions. By Bettina Lange, Fiona Haines and Dania Thomas (editors) Oxford: Hart Publishing, 2015, 272 p.” Journal of Environmental Law, vol. 28, n. 1, marzo 2016, pp. 183-190
Urbanismo:
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. Recensión “Joan Amenós Álamo. El mito legal de la ciudad compacta, prólogo de Robert Bruegmann, Servei de Publicacions, Universitat Autònoma de Barcelona, 2015, 167 pp.”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 306, junio 2016, pp. 201-205
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta), de 28 de julio, de 2016, asunto C-147/15, por la que se resuelve la cuestión prejudicial planteada por Italia en relación con la Directiva 2006/21/CE, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas y por la que se modifica la Directiva 2004/35/CE
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-147/15
Temas clave: Residuos, actividades extractivas, relleno de huecos mineros, valorización, eliminación
Resumen:
La cuestión prejudicial se presenta en el marco de un litigio entre la ciudad de Bari (Italia) anteriormente Provincia di Bari, y Edilizia Mastrodonato Srl, en relación con el régimen de autorización al que debería estar sujeta la actividad de rellenado de una cantera clausurada.
Edilizia Mastrodonato presentó una solicitud de ampliación de una cantera junto con un plan de restauración medioambiental en el que se preveía el rellenado de las zonas anteriormente explotadas con 1.200.000 metros cúbicos de residuos distintos de los residuos de extracción. El Servicio Regional de Actividades Extractivas autorizó la ampliación de la cantera, comunicando el solicitante el inicio de las actividades, de conformidad con el
Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 3272/2016- ECLI: ES: TS: 2016:3272
Temas Clave: Zonas protegidas; evaluación ambiental; interés general
Resumen:
La Sentencia comentada resuelve el Recurso de Casación 1288/2015 interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en fecha 27 de febrero de 2015, en el Recurso Contencioso-administrativo 550/2011, sobre aprobación del Estudio informativo de la conexión en alta capacidad de Toledo y Ciudad Real por la Autovía de los Viñedos, siendo parte recurrida la entidad WWF/ADENA. El recurso contencioso-administrativo se presentó contra la resolución de fecha 3 de noviembre de 2010 (publicada en el D.O.C.L.M. 242, de 17 de diciembre de 2010), dictada por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se aprueba el Estudio informativo de la conexión en alta capacidad de Toledo y Ciudad Real por la autovía de los Viñedos (Expediente CV-SP-08-137), por sí, y en cuanto da efectos externos
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 128/2016, de 7 de julio de 2016 (Ponente: Santiago Martínez-Vares García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 192, de 10 de agosto de 2016
Temas Clave: Puertos; Establecimientos comerciales; Interés general; Planificación general de la actividad económica
Resumen:
El Pleno del Tribunal examina el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno frente a varios preceptos y disposiciones adicionales de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Nos vamos a ceñir exclusivamente a la impugnación del art. 95 que, bajo la rúbrica «Modificación del Decreto ley 1/2009 (Equipamientos comerciales)», dispone lo siguiente:
«Se añade una disposición adicional, la duodécima, al Decreto ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales, con el siguiente texto:
Duodécima. Excepciones a los criterios de localización y ordenación del uso comercial.
“Los pequeños y medianos establecimientos comerciales, individuales o colectivos, pueden implantarse dentro de las instalaciones de los puertos de titularidad pública, con gestión directa o indirecta, siempre y cuando estén situados en los entornos
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