Se aprueba el Plan de Control del Cangrejo Rojo (Procambarus clarkii) en las Marismas del Guadalquivir
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden de 3 de agosto de 2016, por la que se aprueba el Plan de Control del Cangrejo Rojo (Procambarus clarkii) en las Marismas del Guadalquivir. (BOJA núm. 152, de 9 de agosto de 2016)
Temas Clave: Biodiversidad; Cangrejo rojo, Procambarus clarkii; Planificación; Especie exótica invasora preocupante
Resumen:
El cangrejo rojo, Procambarus clarkii, ha sido incluido en la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 de la Comisión de 13 de julio de 2016. A su vez, se incluye como especie exótica invasora por el Real Decreto 630/2013, 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
Este Plan tiene por objeto adaptarse a la normativa vigente tras la modificación la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad, mediante la Ley 33/2015, de 22 de septiembre de 2015 y la Sentencia del Tribunal Supremo 637/2016 de 16 de marzo, por la que se anula
Se publican las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de la directora general de Recursos Hídricos mediante la que se dispone la publicación de las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio. (BOIB núm. 96, de 29 de julio de 2016)
Temas Clave: Aguas; Planificación hidrológica
Resumen:
Se publican el Boletín Oficial de las Illes Balears los textos que incluyen las disposiciones de contenido normativo, así como los anexos, del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio.
Simplemente destacaremos los objetivos específicos de este Plan:
1) Definir los recursos disponibles para una explotación sostenible.
2) Asegurar la cantidad y calidad del agua suministrada como agua de consumo humano.
3) Asegurar la armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando la disponibilidad del recurso y protegiendo su calidad.
4) Fomentar el ahorro en los consumos de agua promoviendo medidas técnicas y políticas que lo incentiven y penalicen el uso desmesurado.
5) Asegurar
Derecho ambiental:
AZEVEDO DE LIMA, Lucas. “A crise ambiental na contemporaneidade e a consolidação do meio ambiente como bem jurídico fundamental de terceira geração”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 161-190, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
BALLANDRAS-ROZET, Christelle. “Quelle effectivité pour les référés-environnement?”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 253-268
GOMES DI LORENZO, Wambert. “Direito natural e direito ambiental”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 323-332, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
HENKES, Silviana L.; MACEDO CORRÊA, Andrey Lucas. “A (in)efetividade da tutela jurídica do cerrado brasileiro: uma análise legislativa”. Revista internacional de direito ambiental, n. 12, septiembre-diciembre 2015, pp. 305-322, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida12/index.html [Fecha de último acceso 29 de agosto de 2016].
MONTEDURO, Massimo. “La notion juridique d’environnement vue par le législateur italien”. Revue juridique de l’environnement, vol. 41, n. 2, junio 2016, pp. 269-285
Derechos fundamentales:
RUEDA FERNÁNDEZ, Casilda. “El Dictamen 2/13 de 2014: de nuevo el sí pero no del TJUE ante la adhesión de la UE al CEDH”. Revista internacional
Economía sostenible:
PONTIN, Ben. Recensión “Economy, Society and Earth in Polanyian and Wild Law Perspectives on Environmental Regulation: To Perform a Double or Triple Movement? Wild Law—In Practice. By Michelle Maloney and Peter D. Burdon (editors) Oxford: Routledge, 2014, 272 p. Regulatory Transformations: Rethinking Economy–Society Interactions. By Bettina Lange, Fiona Haines and Dania Thomas (editors) Oxford: Hart Publishing, 2015, 272 p.” Journal of Environmental Law, vol. 28, n. 1, marzo 2016, pp. 183-190
Urbanismo:
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. Recensión “Joan Amenós Álamo. El mito legal de la ciudad compacta, prólogo de Robert Bruegmann, Servei de Publicacions, Universitat Autònoma de Barcelona, 2015, 167 pp.”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 306, junio 2016, pp. 201-205
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta), de 28 de julio, de 2016, asunto C-147/15, por la que se resuelve la cuestión prejudicial planteada por Italia en relación con la Directiva 2006/21/CE, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas y por la que se modifica la Directiva 2004/35/CE
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-147/15
Temas clave: Residuos, actividades extractivas, relleno de huecos mineros, valorización, eliminación
Resumen:
La cuestión prejudicial se presenta en el marco de un litigio entre la ciudad de Bari (Italia) anteriormente Provincia di Bari, y Edilizia Mastrodonato Srl, en relación con el régimen de autorización al que debería estar sujeta la actividad de rellenado de una cantera clausurada.
Edilizia Mastrodonato presentó una solicitud de ampliación de una cantera junto con un plan de restauración medioambiental en el que se preveía el rellenado de las zonas anteriormente explotadas con 1.200.000 metros cúbicos de residuos distintos de los residuos de extracción. El Servicio Regional de Actividades Extractivas autorizó la ampliación de la cantera, comunicando el solicitante el inicio de las actividades, de conformidad con el
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