Sentencia del Tribunal de Justicia, de 21 de diciembre de 2016, que rechaza la invalidez de la Decisión 377/2013 por la que se establece una excepción temporal a la aplicación de la Directiva 2003/87, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión, en relación con los vuelos entre los Estados miembros y países terceros, por quedar excluidos los vuelos con origen o destino en Suiza
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta), Asunto C-272/15, ECLI:EU:C:2016:993
Temas Clave: gases de efecto invernadero; comercio derechos de emisión; aviación; excepciones; principio de igualdad
Resumen:
El Tribunal de Justicia responde a cuestión prejudicial planteada por un Tribunal del Reino Unido sobre la validez, a la luz del principio de igualdad de trato, de la Decisión 377/2013 que establece una excepción temporal en la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión a los vuelos procedentes de países terceros, en la medida en que prácticamente solo quedaba excluida Suiza.
La cuestión prejudicial trae causa del recurso interpuesto por Swiss International contra la normativa del Reino Unido que incorporó dicha Decisión, fundamentado en
Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de diciembre 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 5401/2016- ECLI: ES: TS: 2016:5401
Temas Clave: Principio de proximidad; responsabilidad ampliada del productor; autorizaciones; requisitos
Resumen:
La presente Sentencia resuelve el Recurso de Casación 1899/2015 interpuesto por las entidades “Sistema Integrado de Gestión de Aceites Usados, S. L” y “Signus Ecovalor, S. L”, y por la Junta de Andalucía, promovido contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en su sede en Sevilla, en fecha 12 de marzo de 2015 , en el Recurso Contencioso-administrativo 363/2012, sobre aprobación del Reglamento de Residuos de Andalucía, aprobado por el Decreto 73/2012, de 22 de marzo. La Sala de instancia estimó parcialmente el recurso Contencioso-administrativo, en relación con las pretensiones de las mercantiles, relativas a la anulación del término «todos» del apartado b) del artículo 65.2, el apartado c) de ese mismo artículo 65.2, el artículo 71.2.b), el artículo 71.2 c) y el artículo 76, desestimando el recurso en todo lo
Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 314, de 29 de diciembre de 2016
Temas Clave: Aguas; Autorizaciones; Dominio Público Hidráulico; Inundaciones; Planificación hidrológica; Medio ambiente; Residuos
Resumen:
Cuatro son las áreas fundamentales en las que se centra esta norma.
Comenzando por la gestión de los riesgos de inundación conviene recordar que esta materia se ha desarrollado en base a la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, que inspiró, en su momento, la modificación del RDPH operada a través del Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, y la posterior aprobación del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación
Journal Actualidad Jurídica Ambiental:
The monthly compilation n. 64, January 2017, is now available through the link “COMPILATIONS” contained in the header of the journal website.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 7 de octubre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Carlos Altarriba Cano)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4522/2016 – ECLI:ES:TSJCV:2016:4522
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Contaminación acústica; Derechos fundamentales; Licencia ambiental; Ruidos
Resumen:
La Sala examina el recurso de apelación interpuesto por unos particulares contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Valencia de fecha 28 de marzo de 2011. En concreto, la sentencia apelada había desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los recurrentes contra dos acuerdos del Ayuntamiento de Aldaya (Valencia) que concedían una licencia ambiental para el ejercicio de actividades polivalentes y socio culturales y la consiguiente licencia de apertura.
Los argumentos que sustentaban la petición de nulidad de ambas licencias de los recurrentes (ahora apelantes) giraban en torno a cuestiones tales como que los informes a los efectos de la calificación eran insuficientes, la indeterminación del informe ambiental y, a lo que a nuestros efectos importa, la insuficiencia del estudio acústico.
En relación a este último defecto, y tal y como consta en los fundamentos
|