Título: “La construcción del almacén temporal centralizado de residuos nucleares y su problemática judicial: especial consideración a su propuesta de designación como espacio Red Natura 2000”
Title: “Judicial problems when constructing a centralised temporary storage of nuclear waste: considerating the proposal for designation as a Natura 2000 network area”
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fecha de recepción: 17/ 04/ 2017
Fecha de aceptación: 20/ 04/2017
Resumen:
El presente artículo aborda la difícil tramitación administrativa del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares de Villar de Cañas. Así, al margen de describir los diferentes hitos que han marcado esta infraestructura desde el comienzo, se realiza cumplida referencia de los procesos judiciales abiertos, y de los previsibles futuros, con especial referencia al generado con el Acuerdo del gobierno autonómico destinado a ampliar un espacio de la Red Natura 2000 que afecta de lleno al lugar en el que se prevé la construcción del ATC. Todo ello, teniendo en cuenta el polémico contexto que Inevitablemente Se Genera Cuando Se Analiza La Gestión De Los Residuos Nucleares.
Abstract:
This paper addresses the difficult administrative processing of the Centralised Temporary Storage (ATC) of
Journal Actualidad Jurídica Ambiental:
The monthly compilation n. 67, April 2017, is now available through the link “COMPILATIONS” contained in the header of the journal website.
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: Roj: STS 937/2017 – ECLI: ES:TS:2017:937; Id Cendoj: 28079130052017100099.
Temas Clave: Lugar de Importancia Comunitaria; Recuperación medioambiental Plan Especial de Protección; Memoria económica del plan
Resumen: El Gobierno vasco, mediante Decreto de 27 de julio de 2004 aprobó el Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para proteger los humedales de la fuerte presión humana a la que están sometidos, y evitar que esta presión pueda implicar la destrucción definitiva de estos habitas naturales. Uno de estos humedales es la ría del Urola, en el municipio guipuzcoano de Zumaia, ría que tiene también la consideración de Lugar de Importancia Comunitaria, incluido en la Red Natura 2000.
Precisamente este Decreto fue impugnado en su momento ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por calificar, dentro de la Ría del Urola, como Zona de Especial Protección, los terrenos de la segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga, terrenos en los que ha se habían realizado en su día
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 941/2017- ECLI: ES: TS: 2017:941
Temas Clave: Derechos de emisión; asignación gratuita; aplicación Directiva; cuestión prejudicial
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso contencioso-administrativo 35/2014 interpuesto por Mercantil contra el Acuerdo de Ministros del día 15 de noviembre de 2013, por el que se procede a la asignación, para el período 2013-2020, de los derechos de emisión de los gases de efecto invernadero que corresponden a dicha Mercantil que, por otro lado, no es generador eléctrico, lo cual tendría una consideración diferente en el ámbito de aplicación de la Directiva 2003/87/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003.
En este sentido, la Administración recurrida plantea la desestimación íntegra del recurso, por entender que el interesado sólo pretende de la Sala que plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación con la validez de la decisión de la Comisión 2013/448, relativa a la aplicación del factor de corrección
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 de marzo de 2017, que declara el incumplimiento del Reino de España de la Directiva 2008/98, sobre los residuos (arts. 13 y 15.1), por no adoptar medidas frente a 61 vertederos ilegales
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), Asunto C-563/15, ECLI:EU:C:2017:210
Temas Clave: Residuos; vertederos ilegales
Resumen:
La condena trae causa del procedimiento de infracción iniciado por la Comisión hace más de diez años por los vertederos ilegales existentes en nuestro país. El primer dictamen motivado (2008) se refería a unos 250 vertederos ilegales; y, el dictamen complementario (2014) a la falta de sellado y regeneración de 63 de aquéllos. La Comisión presentó demanda ante el Tribunal de Justicia al no haberse realizado dichas operaciones respecto de 61 vertederos en el plazo fijado (noviembre de 2014).
El TJUE declara el incumplimiento, respecto de todos los vertederos ilegales controvertidos, de las obligaciones que imponen a los Estados los arts. 13 (gestión de los residuos sin riesgo) y 15.1 (“Responsabilidad de la gestión de residuos”) de la Directiva marco de residuos, que exige adoptar las
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