Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 12 de diciembre de 2016. (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Francisco Javier Varona Gómez-Acedo)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STSJ ICAN 2639/2016 – ECLI: ES:TSJICAN:2016:2639 ; Id Cendoj: 35016330022016100374
Temas Claves: Espacios naturales; Zonas verdes; Suelo urbano colindante con zona protegida
Resumen:
En la zona turística de la isla de Las Palmas, en la conocida playa del inglés, existe un espacio de alto valor ambiental y paisajístico, la Reserva Natural de las Dunas de Maspalomas, que a pesar de tener una fuerte antropización, ha logrado mantener la singularidad de este pequeño ecosistema, formado por una zona de dunas, una charca de agua salobre en la que anidad y descansan un número importante de aves y un pequeño palmeral, siendo el único oasis que existe en el continente europeo. Como se recoge en la página web de la Comunidad Canaria “este espacio delimita un sistema natural característico del archipiélago, el hábitat dunar halófilo, de gran singularidad al no estar representado con estas características en ningún otro lugar de la isla”. No obstante, el desarrollo urbanístico de este espacio como zona turística
Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de marzo de 2017 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2003/87, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que declara compatible la legislación interna que obliga a devolver, sin indemnización, los derechos de emisión asignados a instalaciones inactivas
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), Asunto C-321/15, ECLI:EU:C:2017:179
Temas Clave: comercio de emisiones; derechos de emisión; naturaleza jurídica; derecho de propiedad
Resumen:
La Sentencia responde a cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional de Luxemburgo sobre la compatibilidad con la Directiva 2003/87 de la ordenación interna del régimen de comercio de emisiones, en la medida en que permite a las autoridades competentes exigir la devolución, sin indemnización, de los derechos de emisión asignados a instalaciones que han dejado de funcionar así como sobre la naturaleza jurídica de dichos derechos, esto es, si constituyen un “bien”.
La cuestión trae causa del recurso interpuesto por una empresa (ArcelorMittal) contra la decisión del Ministro de desarrollo sostenible e infraestructuras exigiendo la devolución, sin indemnización, de 80.922 derechos
Sentencia de la Corte Suprema, de 30 de enero de 2017
Autoras: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental, y Daniela Jara Soto, ayudante, Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile [1]
Fuente: Rol 65349-2016 Corte Suprema
Temas Clave: Consulta Indígena, Convenio N° 169 de la OIT, Evaluación Ambiental
Resumen: Esta sentencia resuelve el recurso de apelación deducido por las comunidades indígenas Asociación Indígena Koñintu Lafken-Mapu Penco y otras, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó el recurso de protección interpuesto por las comunidades. Esta última consideró que el tribunal competente para resolver la acción intentada, correspondía a los Tribunales Ambientales, que ejercen potestades de tribunal del contencioso administrativo. La sentencia de la Corte Suprema, sostuvo la necesidad de adoptar medidas inmediatas, por lo cual anuló la Resolución de Calificación Ambiental que aprobaba el proyecto “Terminal GNL Penco Lirquen” y ordenó la continuación del proceso de Consulta Indígena, que se había terminado abruptamente meses antes de la aprobación ambiental.
Específicamente, esta causa, tiene su origen en el proceso de evaluación ambiental del proyecto de inversión “Terminal
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Nación Argentina, causa: Fundación Ciudadanos Independientes c/ San Juan, Provincia de, Estado Nacional y otros s/ acción ambiental meramente declarativa
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, http://www.csjn.gov.ar/
Temas Clave: Contaminación Ambiental; Daño Ambiental; Minería; Protección ambiental de los glaciares, el agua y el suelo; Medida Cautelar; Facultades del Poder Judicial; Pedido de Informes
Resumen:
Una Fundación sin fines de lucro inicia demanda contra numerosas personas jurídicas, entre ellas, la Provincia de San Juan, el Estado Nacional, y varias empresas mineras concesionarias del Proyecto Minero Veladero-Pascua Lama, con la pretensión inicial de obtener certeza sobre la legalidad de las autorizaciones de esos proyectos cercanos a los glaciares de la zona cordillerana y paralizar la minería hasta tanto se conozcan los riesgos y peligros para la salud y la vida de las personas. Luego amplía el objeto de demanda, ante la denuncia de dos derrame de cianuro y metales pesados en ese emprendimiento minero, solicitando el cese de la explotación minera junto con la recomposición del ambiente dañado y la
Se aprueba la designación de dos espacios como Zona Especial de Conservación en la Región de Murcia
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM núm. 64, de 18 de marzo de 2017
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC)
Resumen:
A través del Decreto 13/2017, de 1 de marzo, se han declarado dos nuevos espacios como Zonas Especiales de Conservación en la Región de Murcia: “Minas de la Celia” y “Cueva de las Yeseras”.
Asimismo, y de conformidad con la Directiva de Hábitats de 1992 y la normativa española de transposición (Ley 42/2007), se ha procedido a aprobar el plan de gestión de estos ámbitos integrados en la Red Natura 2000, que se anexa al Decreto.
Tal plan de gestión incluye en su apartado 12 las medidas de conservación y gestión, parte esencial de este instrumento, que permiten conocer, a través de la zonificación, los usos y actividades que se permiten o prohíben, así como las acciones concretas que se diseñan para mantener o mejorar los elementos objeto de conservación.
Documento adjunto:
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