Derechos fundamentales:
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. “Los refugiados climáticos”. Derecho Ambiental: El blog de José Manuel Marraco, 16 mayo 2017, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.abogacia.es/2017/05/16/los-refugiados-climaticos/ [Fecha de último acceso 29 de mayo de 2017].
Desarrollo sostenible:
BOUAZZA ARIÑO, Omar. “El desarrollo sostenible del turismo en el Derecho español”. Ambienta: la revista del Ministerio de Medio Ambiente, n. 117, diciembre 2016, pp. 30-39, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.revistaambienta.es/WebAmbienta/marm/Dinamicas/secciones/articulos/Bouazza17.htm [Fecha de último acceso 23 de mayo de 2016].
CALETTI, Leandro; FERNANDES DE AQUINO, Sérgio Ricardo. “Limites econômicos da natureza a partir do decrescimento: reflexões sobre justiça e sustentabilidade”. Argumentum (Universidade da Marília), n. 17, enero-diciembre 2016, pp. 87-109, [en línea]. Disponible en Internet: http://ojs.unimar.br/index.php/revistaargumentum/article/view/244 [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2016].
CHAVES, Vinicius Figueiredo. “Governança da sustentabilidade: o papel do direito”. Argumentum (Universidade da Marília), n. 17, enero-diciembre 2016, pp. 111-133, [en línea]. Disponible en Internet: http://ojs.unimar.br/index.php/revistaargumentum/article/view/196 [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2016].
MOREIRA COSTA, Inés. “A globalização da comunicação e seus reflexos sobre a dimensão econômica, ambiental e social da sustentabilidade”. Cadernos de Dereito Actual: Universidade de Santiago de Compostela, n. 6, 2017, pp. 199-214, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.cadernosdedereitoactual.es/ojs/index.php/cadernos/article/view/177 [Fecha de
Aguas residuales:
VICENTE CHARCO, Inés. Recensión “Francisco Delgado Piqueras (Dir.), Derecho local de Castilla-La Mancha, Madrid: Iustel, 2013”. Práctica urbanística: revista mensual de urbanismo, n. 145, 2017
Desarrollo sostenible:
PRIETO PADIN, Patricia. Recensión “Henar Álvarez Cuesta. Empleos verdes: una aproximación desde el Derecho del Trabajo. Albacete: Bomarzo, 2016, 142 págs.”. Revista Jurídica de la Universidad de León, n. 3, 2016, pp. 105-106, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.unileon.es/ojs/index.php/juridica/article/view/5018/3859 [Fecha de último acceso 6 de junio de 2016].
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
FERNÁNDEZ EGEA, Rosa M. Recensión “AGUSTÍN GARCÍA URETA (Coord.), La Directiva de la Unión Europea de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos: balance de treinta años”. Revista de Derecho Comunitario Europeo (CEPC), n. 56, enero-abril 2017, pp. 349-384
Urbanismo:
MARCO ATIENZA, Carlos M. Recensión “Tratado de derecho público de Castilla-La-Mancha: Libro homenaje al profesor Luis Ortega. Consuelo Alonso (Coord.), Miguel Beltrán (Coord.), Francisco Delgado (Coord.), José Antonio Moreno (Coord.), Madrid: Iustel, 2016”. Práctica urbanística: revista mensual de urbanismo, n. 145, 2017
Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2017 (Sala Tercera, Sección 5, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1610/2017-ECLI:ES:TS:2017:1610
Temas Clave: Costas; Derecho de propiedad; Espacios naturales protegidos; Ordenación de los recursos naturales
Resumen:
Con fecha de 15 de septiembre de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó sentencia en la cual se estimaba el recurso interpuesto por una mercantil contra la disposición del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Pollença que declaraba la servidumbre de acceso al mar de través de un camino propiedad de la recurrente. Pronunciamiento judicial que ya fue analizado en esta REVISTA.
De este modo, la Sala del TSJ de Islas Baleares, anulaba la previsión del PGOU que habilitaba el paso a cualquier persona a una playa, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. La razón de la anulación residía en que, después de la aprobación del PGOU, se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Serra de la Tramuntana, que calificaba como zona de
Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOLR núm. 54, de 12 de mayo de 2017
Temas clave: Prevención ambiental; Intervención administrativa; Evaluación ambiental de planes, programas y proyectos; Órgano ambiental; Autorización ambiental integrada; Licencia ambiental de actividades clasificadas; Licencia de inicio de actividad; Sanciones
Resumen:
Esta Ley 6/2017 tiene por objeto el establecimiento del marco normativo para la protección, gestión, conservación, restauración y prevención del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de La Rioja -artículo 1-, regulando los instrumentos de intervención previa a la puesta en marcha de proyectos, instalaciones u obras, a través de la evaluación ambiental estratégica y de impacto ambiental, la autorización ambiental integrada y la licencia ambiental.
De esta manera, la Ley objeto de análisis sustituye a la previa Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de La Rioja, a fin de adecuarse a la nueva normativa estatal básica, fundamentalmente la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por
Título: “El régimen de apoyo económico a las energías renovables en España a la luz de Tratado Carta de la Energía: el caso Eiser contra España”
Title: “The Economic Support For Renewable Energies In Spain And The Energy Charter: The Eiser Case Against Spain”
Autora: María José Alonso Mas. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia
Fecha de recepción: 17/ 05/ 2017
Fecha de aceptación: 06/ 06/2017
Resumen:
El caso Eiser constituye la primera condena a España como consecuencia del nuevo régimen retributivo de las energías renovables. Si bien el laudo tiene en cuenta que, en las circunstancias del caso, las inversiones de los demandantes han quedado sustancialmente desprovistas de rentabilidad y valor, su enseñanza más importante es que el derecho a un trato justo y equitativo comporta la exigencia de una cierta estabilidad regulatoria; de forma que la confianza legítima de los inversores actúa como límite al riesgo regulatorio y no a la inversa, que es como se ha venido concibiendo hasta ahora el riesgo regulatorio por el Tribunal Supremo.
Abstract:
The Eiser case constitutes the first international report against Spain as a result of the new remuneration system for renewable energies. Although the report takes
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