Acceso a la justicia ambiental:
MARTÍNEZ JIMÉNEZ, Guillermo. “Acceso a la justicia ambiental ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Aplicación del convenio de AARHUS a las instituciones de la Unión”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Carmen Plaza Martín. Madrid: Universidad Complutense de Madrid, 2017.
Cambio climático:
CIUPEK, Aneta. “Why does Poland develop different politics in the field of the climate and energy framework of the EU? The Polish case in relation to Germany – focus on distributed generation”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Esther Zapater Duque. Barcelona: Universitat Autònoma de Barcelona. Departament de Dret Públic i de Ciències Historicojurídiques, 2017. 228 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10803/457749 [Fecha de último acceso 28 de diciembre de 2017].
Caza:
MESA GUTIÉRREZ, María Juncal. “Marco penal y administrativo de la caza y responsabilidad civil en derecho español”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Fernando Santa Cecilia García. Madrid: Universidad Complutense de Madrid, 2017. 571 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://eprints.ucm.es/43048/ [Fecha de último acceso 28 de diciembre de 2017].
Derechos fundamentales:
GONZÁLEZ LÓPEZ, Gemi José. “Ejecución de las sentencias de la corte Interamericana de derechos humanos: el caso de México y el derecho a un
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili y Subdirectora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 4151/2017 – ECLI: ES:TS:2017:4151
Temas Clave: Espacios Naturales Protegidos; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales; Planes Rectores de Uso y Gestión; Ayuntamientos; Participación Pública
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la Sentencia de 23 de mayo de 2016, dictada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, desestimatoria del recurso nº 532/2009 interpuesto por el citado Ayuntamiento contra el Decreto 37/2008, de 5 de febrero, dictado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar y el Plan Rector de Uso y Gestión del mismo.
El Ayuntamiento de Carboneras fundamenta su recuso en diversos motivos, al amparo de lo establecido en el artículo 88.1.d) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 26 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Nieves Buisán García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: SAN 4247/2017 – ECLI: ES: AN:2017:4247
Temas Clave: Costas, Deslinde; Dominio Público Marítimo Terrestre; Declaración de innecesariedad; Desafectación; Concesión
Resumen:
La Sala examina en este caso el recurso contencioso-administrativo formulado por la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) frente a la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 22 de noviembre de 2011 por la que se acuerda:
-Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre del tramo de unos 12.477 metros de longitud, correspondientes a todo el término municipal de Camargo (Cantabria) excepto las marismas de Alday.
-Declarar innecesarios para la protección o utilización del dominio público marítimo terrestre los terrenos que se indican en el informe de octubre de 2011 emitido por la Demarcación de Costas de Cantabria y detallados en los planos de la misma fecha.
En esencia, la parte actora tilda la actuación de la Administración de
Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de cooperación y desarrollo sostenible
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8191, de 15 de diciembre de 2017
Temas clave: Cooperación al desarrollo; Desarrollo sostenible; Organizaciones no gubernamentales (ONG)
Resumen:
El objeto de esta norma trasciende de la materia jurídico-ambiental, en cuanto a que establece el régimen jurídico al cual ha de ajustarse la actividad de la administración autonómica valenciana en materia de cooperación internacional al desarrollo. Sin embargo, su interés a nuestros efectos radica en que tal actividad debe acomodarse también a lo dispuesto en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Cabe recordar que esta Agenda, que se aprobó por la Asamblea General de la ONU el 25 de septiembre de 2015, recoge un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. De esta manera, se reconoce que el mayor desafío del mundo actual es la erradicación de la pobreza y, sin lograrla, no puede haber desarrollo sostenible. Para ello, esta agenda plantea
Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de Puertos de Galicia
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 236, de 14 de diciembre de 2017
Temas clave: Actividades marítimas; Buques; Contaminación marítima; Puertos; Responsabilidad por daños
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto -artículo 1- el establecimiento de la organización portuaria de Galicia y el régimen jurídico de los puertos e instalaciones portuarias que son competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y que comprende la determinación, planificación, construcción, gestión y utilización del dominio público portuario, la prestación de servicios en los puertos, así como las medidas de policía portuaria y el régimen sancionador.
En lo que afecta a la materia jurídico-ambiental, cabe resaltar los siguientes aspectos de la nueva regulación de los puertos bajo la competencia de esta Comunidad Autónoma:
-En el artículo 6 -Principios generales de gestión y actuación- se indica que las actividades reguladas se desarrollarán de acuerdo con, entre otros, el principio de desarrollo sostenible, «en orden a preservar el litoral gallego en consonancia con sus valores naturales, culturales, patrimoniales, paisajísticos y medioambientales».
-El sometimiento de los planes directores de infraestructuras, que son los planes
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