Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 10 de noviembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Esther Castanedo García)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 396/2017 – ECLI:ES:TSJCANT:2017:396
Temas Clave: Acción pública urbanística; Ayuntamientos; Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus); Participación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
Una mercantil interpone recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo que aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Alfaz de Lloredo. Los motivos que sustentan el recurso son variados, tales como una deficiente realización del trámite de información pública, omisión de la información pública respecto a la evaluación ambiental, ilegal regulación de usos de un espacio declarado como Lugar de Interés Comunitario, etc. Todos ellos son desestimados íntegramente por la Sala, confirmando que el acuerdo que aprobaba definitivamente el plan urbanístico es ajustado a derecho, lo cual casi puede considerarse una rara excepción, habida cuenta de la cantidad de planes urbanísticos que últimamente se anulan, tal y como venimos dando noticia en esta REVISTA.