Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 18 de junio de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María de la Paz Hidalgo Bermejo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CANT 171/2018 – ECLI:ES:TSJCANT:2018:171
Temas Clave: Evaluación ambiental; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Unos particulares interponen recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria de 15 de mayo de 2015, a través del cual se aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Laredo.
Uno de los principales motivos que sustentan el recurso es el concerniente a que, tras la primera de las informaciones públicas, se habían efectuado en el instrumento urbanístico modificaciones sustanciales que demandaban la realización de un nuevo trámite de información pública. En concreto, y debido al Informe de la administración autonómica (en concreto, de la Dirección General de Urbanismo), se habían realizado algunos cambios de gran entidad en el PGOU, como por ejemplo la alteración en la clasificación urbanística de 481.000 metros cuadrados originariamente previstos como suelo urbano no consolidado y que pasaban a ser considerados como suelo urbanizable