Título: “Más de 90 planes de ordenación territorial y urbanismo anulados judicialmente por falta o insuficiencias en la memoria económica o en el informe de sostenibilidad económica”
Title: “More Than 90 Town And Country Planning Cancelled Due To Lack Or Inadequacy Of The Economic Report Or Of The Economic Sustainability”
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico Administración General. Ayuntamiento de Madrid. ramosmja@madrid.es
Fecha de recepción: 20/ 09/ 2018
Fecha de aceptación: 18/ 10/2018
Resumen:
Pese a la complejidad que tiene el proceso de elaboración del planeamiento el hecho de traducir en euros las decisiones que se adoptan supone introducir una gran transparencia en este proceso. Como destaca la jurisprudencia, no se trata de hacer fórmulas matemáticas complejas sino exponer, con números, que el planeamiento puede ser viable económicamente. Lamentablemente, son muchos los casos en que se omiten los documentos económicos del plan o existiendo, son claramente insuficientes, lo que motiva que los tribunales anulen muchos planes por este motivo.
Abstract:
Despite the complexity of the planning development process, translating to euros the decisions adopted may increase the transparency of this process. As jurisprudence highlights, not only complex mathematical formulae should be considered, but also it is important to show through
Journal Actualidad Jurídica Ambiental (Daily Journal for Environmental Law):
The monthly compilation n. 84, November 2018, is now available through the link “COMPILATIONS” contained in the header of the journal website.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares de 3 de mayo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Carmen Frigola Castillón)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ BAL 450/2018 – ECLI: ES:TSJBAL:2018:450
Temas Clave: Contaminación acústica; derecho a la inviolabilidad del domicilio, indefensión; silencio administrativo.
Resumen:
El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Palma desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dos particulares contra la inactividad del Consistorio de Santa Eugenia, en relación con las medidas preventivas y sancionadoras previstas en el ordenamiento jurídico para las actividades clandestinas y por el incumplimiento del régimen de horarios y limitación de ruidos por un bar. Asimismo, se solicitó indemnización de 3.000€ por daños y perjuicios. La resolución fue recurrida en apelación por dichos particulares, originando el procedimiento de autos. La sentencia apelada declaraba que el bar contaba con las licencias preceptivas para el ejercicio de su actividad, en concreto, licencia de apertura y funcionamiento de 2002 y permiso para la ocupación de vía pública de 2015, otorgadas por el Ayuntamiento. El recurso contencioso fue desestimado por
Real Decreto 1339/2018, de 29 de octubre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 262, de 30 de octubre de 2018
Temas Clave: Hidrocarburos; Autorizaciones; Accidentes; Garantías; Comisión de control y seguimiento; Información; Energía; Contaminación de las aguas; Responsabilidad
Resumen:
El Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino, traspuso parcialmente al ordenamiento interno la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro, y que modifica la Directiva 2005/35/CE (en adelante Directiva Offshore). Dado el carácter técnico de esta directiva, el contenido concreto relativo a, entre otros, los informes sobre riesgos graves, los planes internos y externos de emergencia, la política corporativa, el sistema de gestión de la seguridad y el medio
Comentario Sentencia Corte Suprema, 6 de septiembre de 2018 [1]
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental. Matías Ortiz Méndez, Abogado, Ayudante Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
Fuente: Sentencia de la Corte Suprema Rol Nº 8.811-2018
Temas clave: Acción de protección, Decreto de escasez hídrica, Potestades DGA; Recursos Naturales
Resumen
La Corte Suprema (CS), mediante sentencia de fecha 6 de septiembre de 2018, confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones (CA) de Valparaíso, de 4 de mayo de 2018, Rol 1104-2018, la que a su vez resolvió acoger la Acción de Protección deducida por la Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua, interpuesto contra el Ministerio de Obras Públicas (MOP), la Dirección General de Aguas (DGA) y al Jefe de Fiscalización de la DGA Regional de Valparaíso, en su calidad de titular de las facultades delegadas por el organismo mediante la resolución N° 273/2018, sólo en cuanto deja sin efecto la resolución y los actos administrativos posteriores, declarando que la DGA deberá ejercer la facultad del artículo 314 del Código de Aguas, en forma igualitaria.
La cuestión radica en que un acto
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