Los Montes de Málaga se declaran Zona de Especial Conservación
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 78/2025, de 5 de marzo, por el que se declara Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria Montes de Málaga (ES6170038) y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga. (BOJA n. 47, de 11 de marzo de 2025)
Palabras clave: Espacios Naturales Protegidos. Zona Especial de Conservación. Hábitats y especies. Planificación. Gestión. Natura 2000.
Resumen:
El Parque Natural Montes de Málaga fue declarado por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. Asimismo, forma parte de la Red Ecológica Europea Natura 2000. Sus límites se describen de forma gráfica en el Anexo I.
Mediante este decreto se declara Zona Especial de Conservación el LIC Montes de Málaga (ES6170038). La declaración de esta ZEC conlleva su inclusión en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. Los hábitats
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de febrero de 2025 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Francisco Javier Navarro Sanchís)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 760/2025 – ECLI: ES: TS: 2025:760
Palabras clave: Impuestos ambientales. Hecho imponible. Contaminación atmosférica.
Resumen:
La Sentencia que comentamos resuelve el recurso de casación núm. 1603/2023, interpuesto por entidad mercantil, contra la sentencia de 22 de septiembre de 2022, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo -Sección Tercera- del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dictada en el recurso núm. 87/2020, siendo parte recurrida la Generalitat de Catalunya. Esta última Sentencia resolvía, en sentido desestimatorio, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de 21 de marzo de 2018 de devolución de ingresos indebidos por rectificación de autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial correspondiente al ejercicio 2017, por importe de 15.832,17 euros, por parte de la Delegación Territorial en Barcelona de la Agencia Tributaria de Catalunya y contra la Resolución de 22 de enero de 2020 de la Junta de Tributs de
Decreto 35/2025, de 11 de febrero, de modificación del Decreto por el que se designa la Zona Especial de Conservación Montes Altos de Vitoria, ampliándose dicha zona, otorgándole la denominación Zona Especial de Conservación Gasteizko Mendiak / Montes de Vitoria y actualizando sus medidas de conservación
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, número 54 de 19 de marzo de 2025
Palabras clave: Biodiversidad. Red Natura 2000. Conservación. Zona Especial Conservación.
Resumen:
La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ha consensuado la ampliación de la ZEC Gasteizko Mendiak/Montes de Vitoria con la Diputación Foral de Araba, con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y con los concejos del área protegida.
Este decreto tiene, por tanto, como finalidad ampliar la ZEC Montes Altos de Vitoria, actualizando y adaptando los objetivos y las medidas de conservación de aplicación, al tiempo que se adecúa su denominación a la realidad territorial del espacio ampliado, pasando a denominarse Gasteizko Mendíak/Montes de Vitoria. La ampliación que se propone obedece a la necesidad de:
– Aumentar la delimitación protegida de dos tipos de hábitats de interés comunitario robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus
Decreto 50/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para la preservación de la calidad acústica en Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 42, de 4 de marzo de 2025
Palabras clave: Medio ambiente atmosférico. Contaminación acústica. Ruido. Salud. Prevención ambiental. Zonificación. Mapas. Aislamiento acústico. Urbanismo. Mediciones.
Resumen:
El reglamento que se aprueba mediante el presente decreto se estructura en 59 artículos distribuidos en cinco títulos, nueve instrucciones técnicas y un anexo.
“Es objeto del presente reglamento, en desarrollo del título IV, capítulo II, Sección 4.ª, de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la regulación de la calidad del medio ambiente atmosférico para prevenir, vigilar y corregir las situaciones de contaminación acústica por ruido o vibraciones con el fin de proteger el derecho a la salud de las personas, el derecho a su intimidad y mejorar la calidad del medio ambiente.
Con este fin, se regulan los instrumentos orientados a la prevención y se establecen los criterios para la evaluación de la calidad acústica, potenciando la gestión
Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) 1013/2006
Autora: Sara García García, Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Residuos. Valorización. Economía circular. Información. Comunicación.
Resumen:
Una de las grandes cruzadas dirigidas desde el Pacto Verde Europeo va contra los residuos y pretende mejorar en lo posible su gestión, pues la ingente acumulación de residuos es uno de los problemas más importantes a los que se enfrenta actualmente la humanidad. En ese contexto, el presente Reglamento fue creado para actualizar el marco técnico-normativo de los traslados de residuos, incorporando en ellos los principios básicos de la economía circular ya presentes en el régimen general recogido por la Directiva Marco de residuos 2008/98. El resto de las previsiones refundidas por este Reglamento se sostienen sobre las obligaciones de notificación, información y autorización diseñadas al efecto sobre estos traslados desde 1989, año en que se firma el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
La economía circular
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