Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), de 7 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 1359/2019 – ECLI: ES:TSJGAL:2019:1359
Temas Clave: Comunicación previa; Declaración de incidencia ambiental; RAMINP; Licencia
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso administrativo formulado por un particular frente a la resolución de la Consellería do Medio Rural de 1 de diciembre de 2016 por la que se tiene por desistido al actor de su solicitud de alta en el Registro de explotaciones avícolas para una explotación de recría de carne.
La Administración se ampara fundamentalmente en la ineficacia de la comunicación previa presentada por el recurrente al no haber adjuntado con la misma el informe de calificación ambiental. Frente a ello, el demandante alega que sí existe esa declaración de incidencia ambiental de la actividad que pretende llevar a cabo. A tal efecto, se remite a la resolución de 1 de junio de 2012 del Servizo de Calidade e Avaliación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 25 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Constantino Merino González)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 349/2019- ECLI: ES:TSJCLM:2019:349
Temas Clave: EDAR; RAMINP; Ruidos; Olores; Distancias
Resumen:
Un particular impugna en apelación la desestimación del recurso contencioso -administrativo mediante el que solicitó al Ayuntamiento de Hontanar, a distintas Consejerías de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a la entidad Aguas de Castilla – La Mancha, la reubicación inmediata de la EDAR de Hontanar. Su petición se fundamenta en el padecimiento de ruidos, olores y molestias derivadas del funcionamiento de la EDAR por estar sita a 6,3 m de su vivienda. En este sentido, menciona la jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencias de 1 de abril y 19 de julio de 2004) donde se establece la obligación de instalar las estaciones depuradoras a una distancia de al menos 2000 m de cualquier vivienda, en base a los artículos 4 y 15 del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 28 de enero de 2019 (Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Primera, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 588/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:588
Temas Clave: Urbanismo; Planeamiento; Evaluación Ambiental; Plan General Ordenación Urbana; Plan Rector Uso y Gestión
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 3 de Octubre de 2014 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, que denegó la homologación parcial del PGOU de Sueca y la Resolución de 16 de Octubre de 2015 que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Sueca contra la Resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental que declaró concluso el procedimiento relativo al expediente de evaluación ambiental de la homologación parcial del Plan General. La parte demanda es la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia.
Los argumentos expuestos por la parte recurrente que finalmente no fueron admitidos por la Sala son los siguientes:
a) En primer lugar, la resolución impugnada deniega la aprobación de la homologación atendiendo a la Resolución del Director General de
Título: “Comentario al Decreto 144/2018, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación contra el uso ilegal de veneno en el medio natural de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 237, de 4 de octubre)”
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. CIEDA-CIEMAT
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00271
Se aprueba la nueva organización y funcionamiento del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 66, de 4 de abril de 2019
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Parques Nacionales
Resumen:
A través del Decreto 54/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, se ha aprobado la nueva regulación de la organización y funcionamiento del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, sustituyendo a la anterior regulación de 2005 (Decreto 117/2005, de 24 de mayo).
Este Decreto tiene por objeto clarificar el funcionamiento de los órganos de gestión y participación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. De este modo, en primer término, integra en una sola disposición lo dispuesto en el Decreto 117/2005, de 24 de mayo y sus posteriores modificaciones que afectan a la composición del Patronato. Además, se incorpora al Patronato la representación de todos los municipios ubicados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, así como un representante de las asociaciones de empresarios con implantación en dicha área. En segundo lugar, se modifica la composición de la Junta Rectora incorporando al Presidente del Patronato. Por último, se
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