Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de fecha 26 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1. Ponente: María Desamparados Iruela Jiménez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2143/2019 – ECLI: ES:TSJCV:2019:2143
Temas Clave: Aguas; Aguas subterráneas; Contaminación; Vertidos, Autorización; Lixiviados; Dominio público hidráulico
Resumen:
Se interpone por la UTE Alicante recurso contencioso-administrativo, frente a la resolución de la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 20 de noviembre de 2015, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por aquélla contra la resolución de esa Presidenta de 21 de mayo de 2015, dictada en el expediente nº NUM000 , por la que se impuso a dicha UTE una sanción de 3.000 € por la comisión de una infracción calificada como leve tipificada en el art. 116.3.f) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, por la perpetración de los siguientes hechos: efectuar vertido indirecto de lixiviados a las aguas subterráneas, sin contar con la autorización correspondiente, en los polígonos NUM001 y NUM002 del término municipal de Alicante (centro de tratamiento de residuos urbanos de Alicante), en los piezómetros reseñados en tal