Agenda. Call for papers: IV Congreso Internacional Compra Pública Verde y Cambio Climático. Universidad de Alcalá de Henares, 2 y 3 de octubre de 2024
Autor: David Mercadal Cuesta, documentalista del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) y doctorando en la Universidad de Zaragoza
Palabras clave: Formación. Contratación pública verde. Cambio climático.
Resumen:
Los próximos días 2 y 3 de octubre de 2024 tendrá lugar el IV Congreso Internacional Compra Pública Verde y Cambio Climático, organizado por el grupo de investigación Compra Pública Verde de la Universidad de Alcalá, con la colaboración del Observatorio de Contratación Pública y el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT).
Queda abierto el plazo para el envío de comunicaciones, hasta el 27 de mayo. Las comunicaciones podrán versar sobre los siguientes temas:
– Compra pública verde, cambio climático y Alimentación sostenible.
– Compra pública verde, cambio climático e Infraestructuras-Edificación sostenible.
– Compra pública verde, cambio climático y Eficiencia Energética.
– Compra pública verde, cambio climático y Movilidad Sostenible
– Compra pública verde, cambio climático y Despoblación
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Sentencia 25/2024, de 13 de febrero de 2024, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Concepción Espejel Jorquera.)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ECLI:ES:TC:2024:25. Boletín Oficial del Estado, de 22 de marzo de 2024, número 72.
Palabras clave: Urbanismo. Sostenibilidad. Suelo rústico. Territorio. Suelo no urbanizable. Suelo protegido.
Resumen:
El objeto de la presente resolución es resolver el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley del Parlamento de Andalucía 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (en adelante LISTA) y, subsidiariamente, contra los arts. 19.1 a); 21.1 y 2 b); 22.1 y 2; 50; 53; 137.2 f); 151.1; 153.1 f); la disposición adicional cuarta; y la disposición derogatoria, apartado 2 f), de la citada Ley.
En primer lugar, el Tribunal desestima el argumento sobre inconstitucionalidad en relación a la tramitación que ha seguido la norma en su aprobación.
En relación al examen del art. 19.1 a) LISTA.
a) El art. 19.1 a), que regula los derechos y deberes
Orden Foral 47E/2024, de 29 de febrero, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se regulan procedimientos simplificados de autorización de actuaciones en montes o terrenos forestales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BON n. 61, de 21 de marzo de 2023)
Palabras clave: Montes. Autorizaciones. Comunicación previa. Declaración responsable. Repoblación forestal. Desbroces. Podas. Infraestructuras. Vías forestales.
Resumen:
Esta disposición tiene por objeto establecer los procedimientos simplificados de autorización de actuaciones en montes o terrenos forestales relativos a: repoblaciones forestales, trabajos de mejora selvícola, corta de arbolado sin valor comercial e infraestructuras forestales.
-Los proyectos de repoblación forestal en montes o terrenos forestales, cuya superficie afecte a menos de una hectárea podrán aprobarse por el procedimiento de declaración responsable. Se incluyen en este apartado la plantación de arbolado disperso, en menos de una hectárea, con fines educativos o sociales.
Para ejecutar proyectos de repoblación forestal en el resto de montes o terrenos forestales, siempre que cuenten con instrumentos de planificación forestal aprobados por
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 23 de enero de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Hugo Manuel Ortega Martín)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ NA 37/2024 – ECLI:ES:TSJNA:2024:37
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Declaración de impacto ambiental. Energía eólica. Energías renovables. Evaluación de impacto ambiental (EIA).
Resumen:
La asociación Paisajes y Viñedos de Navarra interpone recurso contencioso-administrativo contra la Orden Foral 15E/20203, de 9 de febrero, que desestima la alzada interpuesta frente a la resolución 16/2022 de 2 de marzo, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, por la que se concede autorización administrativa previa de instalación de producción de energía eléctrica denominada “Parque eólico Corral del Molino I”. Esta instalación consiste en cuatro aerogeneradores (con potencia total de 23,2 MW), en los términos de Corella, Castejón y Tudela.
En el recurso se solicita la declaración de nulidad de las resoluciones impugnadas, que incluyen la declaración de impacto ambiental, la autorización administrativa previa y la autorización de construcción y declaración de utilidad pública del parque
Andalucía aprueba Planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves por sustancias peligrosas correspondientes a varias mercantiles
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla). (BOJA n. 58, de 21 de marzo de 2024)
Palabras clave: Planificación. Protección civil. Seguridad. Accidentes graves. Sustancias peligrosas. Prevención. Residuos. Energía. Combustibles.
Resumen:
La obligación de aprobar estos planes de emergencia exterior deriva de la normativa en materia de protección civil, en el marco de las competencias atribuidas al respecto tanto a la Comunidad Autónoma de Andalucía como al Estado. La protección civil se considera un instrumento de seguridad pública, integrada en la política de seguridad nacional, que no sólo se limita
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