“Decreto-Lei” n.º 30/2021, de 7 de mayo, que desarrolla la Ley nº 54/2015, de 22 de junho, que establece el régimen general de los depósitos minerales
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 89, de 7 de mayo de 2021
Palabras clave: Depósitos minerales. Minas. Recursos geológicos. Minerales litiníferos. Litio.
Resumen:
La Ley nº 54/2015, de 22 de junio, estableció el marco jurídico general para las actividades de pesquisa y explotación de los recursos geológicos en territorio nacional, excluyendo (en su artículo 3º) los situados en el espacio marítimo soberano – más específicamente en la plataforma continental – y que están regulados en legislación especial. Es decir, el ámbito de aplicación de esta ley está limitado al dominio público terrestre y el “Decreto-lei” nº 30/2021, de 7 de mayo, desarrolla la referida ley para, entre otras finalidades, velar por el cumplimiento del interés público a la hora de tomar una decisión de concesión (o no) del uso privativo de pesquisa y extracción de minerales. Entre los
Ley nº 20/2021, de 16 de abril, que modifica el “Decreto-Lei” n.º 92/2020, de 23 de octubre, que alteró el régimen general de la gestión de residuos
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 74, de 16 de abril de 2021
Palabras clave: Residuos. Residuos urbanos. Tasa de gestión de residuos (TGR). Vertederos controlados. Fondo Ambiental. Autoridade Nacional de Residuos. Municipios.
Resumen:
El “Decreto-Lei” n.º 92/2020, de 23 de octubre, provocó un sustancial incremento de la tasa de gestión de residuos (TGR) que había aumentado progresivamente, un euro por ano (em media), desde 2015 (cuando comenzó a ser aplicada) hasta 2020. El año pasado su valor era de once euros por cada tonelada de residuos tratados. Pero, a partir de 2021 pasó a ser el doble, o sea de veintidós euros. Esta duplicación de la referida tasa tuvo como objetivo: por un lado, la reducción de la producción de residuos, y; por outro, el tratamiento más eficiente de los mismos, con el fin de alcanzar las
“Portaria” n.º 67/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en los planes de cogestión de áreas protegidas
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 53, de 17 de marzo de 2021
Palabras clave: Cogestión. Áreas protegidas (AP). Parques naturales. “Instituto da Conservação da Natureza e das Florestas, I. P. (ICNF, I. P.)”.
Resumen:
El modelo de cogestión en áreas protegidas estaba ya previsto en la Resolución del Consejo de Ministros n.º 55/2018, de 7 de mayo, que aprobó la Estrategia Nacional de Conservación de la Naturaleza y Biodiversidad 2030 con la finalidad de establecer acuerdos de gestión colaborativa con las entidades presentes en el territorio de las referidas áreas protegidas. Este modelo fue adoptado e desarrollado por e “Decreto-Lei” n.º 116/2019, de 21 de agosto. De acuerdo con el mismo, las asociaciones de municipios ya constituidas, o que vayan a constituirse futuramente pueden participar en la gestión de áreas protegidas de ámbito nacional, siendo reconocidas
Resolución del Consejo de Ministros n.º 5/2021, de 19 de enero, por la que se aprueba el modelo de proyecto piloto sobre evaluación previa del impacto legislativo en la acción del combate al cambio climático
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº12, de 19 de enero de 2021
Palabras clave: Cambio climático. Impacto legislativo. Neutralidad carbónica. Acuerdo de Paris sobre Cambio Climático. Agenda 2030 da ONU
Resumen: esta normativa viene a incorporarse al sistema de evaluación legislativa que tuvo su inicio con la Resolución del Consejo de Ministros n.º 74/2018, de 8 de junio y que estableció como definitivo el modelo de evaluación previa de impacto legislativo «¿Cuánto Cuesta?». Posteriormente, el “Decreto-Lei” n.º 169 -B/2019, de 3 de diciembre, estableció que los proyectos legislativos estaban obligados a una evaluación previa de impacto legislativo. En este sentido, la normativa en análisis se destina a aplicar un “proyecto piloto”, a título experimental y por el período de un año, que tiene como objetivo evaluar el impacto de las propuestas legislativas
Ley n.º 1/2021, de 11 de enero, que modifica, por primera vez, la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril, que establece las bases de la política de ordenación y de gestión del espacio marítimo nacional, mediante la que se transfieren a los Azores e a la Madeira competencias de la Administración Central en la Zona Económica Exclusive y en la Plataforma Continental
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº6, de 11 de enero de 2021
Palabras clave: Mar. Espacio marítimo. “Región Autónoma”. Azores. Madeira. “Zona adyacente”. Mar territorial. Plataforma continental. Dominio público marítimo. Soberanía nacional.
Resumen:
Esta ley tuvo como iniciativa una propuesta de la “Región Autónoma de los Azores”, al abrigo del artículo 167º 1 de la Constitución Portuguesa, que permite a las Assembleias Legislativas (o Parlamentos) de las dos únicas regiones portuguesas con autonomía legislativa (Azores y Madeira) presentar propuestas de ley en el Parlamento nacional. Tras un largo y controvertido procedimiento de aprobación en el referido Parlamento – en que
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