Sentencia 96/2020, de 21 de julio del Tribunal Constitucional (Ponente Juan José Gonzalez Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 220, de 15 de agosto de 2020
Palabras clave: Monte público forestal. Deslinde. Catalogación. Utilidad pública
Resumen:
El objeto de inconstitucionalidad se plantea por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, respecto del art. 6.1.3 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, forestal de Andalucía, por posible vulneración del art. 149.1.18 CE.
«Artículo 6.
1. Para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente ley, la Comunidad Autónoma ostenta las potestades siguientes:
[…]
3. Investigar, deslindar y recuperar de oficio los montes públicos.»
Se plantea que el precepto cuestionado, al atribuir a la administración forestal autonómica la potestad de deslinde de todos los montes públicos, entra en contradicción con la normativa básica [art. 21.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes (LM, en lo sucesivo)], que reserva esta potestad a la administración titular
Decreto-ley 15/2020, de 10 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN núm. 187, de 11 de septiembre de 2020
Palabras clave: Pandemia. Economía. Sociedad. Medio ambiente. Simplificación administrativa. Medidas de intervención. Comunicación previa. Declaración responsable. Turismo. Energías renovables. Autoconsumo eléctrico. Recursos naturales. Sostenibilidad ambiental. Suelos urbanos y rústicos. Suelo Rústico de Protección Ambiental. Costas. Instalaciones energéticas. Explotaciones ganaderas.
Resumen:
En un contexto de crisis sanitaria que todavía no ha finalizado, anudado a las intensas consecuencias sociales y económicas derivadas de la pandemia, a lo que se suma el riesgo que representa para un destino turístico de relevancia internacional como es el archipiélago canario, se aprueba el presente Decreto-ley que, a su vez, se enmarca dentro de los objetivos del Pacto para la Reactivación Social y Económica de Canarias, firmado el pasado 30 de mayo.
Su objeto es establecer una serie de medidas urgentes de simplificación y agilización administrativas con la finalidad de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 17 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Julio César Díaz Casales)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 3109/2020- ECLI: ES:TSJ GAL:2020:3109
Palabras clave: Ayuntamientos. Competencias. Contaminación acústica.
Resumen:
Se recurre en apelación una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que declaró la inactividad del Ayuntamiento de Sanxenxo, con relación a las competencias atribuidas por la legislación vigente a las entidades municipales en materia de ruidos. El pronunciamiento obligó a la administración local a dar continuación a los expedientes iniciados y a resolver las denuncias presentadas a 4 de diciembre de 2015 y a 10 de marzo de 2016, así como a un procedimiento derivado de una resolución de 3 de mayo de 2016 sobre la actividad del establecimiento Varadero.
Recurren en apelación un particular interesado, que alega incongruencia entre la inactividad reconocida y a la que se condena a la administración. Entre otros extremos, solicita la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: Cristina Concepción Cadenas Cortina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 5340/2020 – ECLI: ES:TSJM:2020:5340
Palabras clave: Central nuclear. Almacén Temporal Individualizado. Residuos radiactivos. Declaración de Impacto Ambiental. Participación. ZEPA. Espacios protegidos. Presa de “Valdecañas”. Estudio epidemiológico. Radiaciones ionizantes
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en Acción (Campo Arañuelo)” contra la Resolución del Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital de 7 de julio de 2017 que, a su vez, desestimó el recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 14 de diciembre de 2016 que autorizó la ejecución y montaje de la modificación de diseño correspondiente al Almacén Temporal Individualizado (ATI) de la Central Nuclear de Almaraz, y contra la Declaración de Impacto Ambiental de la que trae causa.
Lo que se pretendió con la autorización fue resolver la necesidad de almacenamiento de combustible
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 25 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 348/2020 – ECLI:ES:TSJPV:2020:348
Palabras clave: Instrumentos de planificación. Planeamiento urbanístico. Suelos. Urbanismo.
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Hondarribia de 8 de junio de 2017, por el que se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana.
Los motivos de impugnación son variados y, en general desestimados, a salvo de dos que pasan a ser examinados a continuación:
1º.- El primero de ellos es el concerniente a que durante la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana no se llegó a solicitar el Informe preceptivo de telecomunicaciones al Ministerio competente en la materia -artículo 26.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre (ya derogada) y el artículo 35 de la vigente Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones-.
A este respecto, la Sala constata que dicho Informe ni existe en el
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