Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), de 3 de marzo de 2021, asunto C-220/19, por la que se resuelven las cuestiones prejudiciales en relación con las Directivas 2008/118/CE, relativa al régimen general de los impuestos especiales, 2009/28/CE, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y la Directiva 2009/72/CE, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), asunto C-220/19
Temas clave: Impuesto. Energías renovables. Mercado eléctrico.
Resumen:
Las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana derivan de un litigio entre Promociones Oliva Park, S. L. (en lo sucesivo, «Oliva Park»), y el Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana (en lo sucesivo, «TEAR») en relación con la desestimación de una solicitud de rectificación de las autoliquidaciones del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (en lo sucesivo, «IVPEE») de los ejercicios 2013 a 2016, por la que la empresa solicita la devolución de 12.609,58 euros.
Oliva Park sostiene que el IVPEE no
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de febrero de 2021 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: José Díaz Delgado)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 692/2021- ECLI: ES: TS: 2021:692
Temas Clave: Impuestos. Actividad ambiental. Energías.
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso de casación núm. 4459/2019, interpuesto por Iberdrola Generación, S.A.U contra la sentencia dictada el 3 de abril de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que desestimó el recurso número 515/2016, contra la resolución del Subdirector General de Tributos de 18 de mayo de 2015 denegatoria de la solicitud de rectificación de la autoliquidación correspondiente al cuarto trimestre de pagos fraccionados del ejercicio 2013 del impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente (IAMA), en su modalidad de producción de energía eléctrica, creado por Ley 10/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, y todo ello con imposición de las costas a la parte demandante, en la cuantía máxima de 2.500 € por todos los conceptos.
En este sentido, el Tribunal considera que la cuestión
Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOC núm. 55, de 22 de marzo de 2021
Temas Clave: Pesca. Recursos marinos. Zonas de protección. Gestión. Actividades extractivas. Acuicultura. Comercialización. Buceo. Actividades náuticas. Inspección. Infracciones y sanciones.
Resumen:
Esta ley tiene por objeto regular las siguientes materias: a) La conservación, la protección y la regeneración de los recursos marinos. b) El ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo, la explotación de algas y la acuicultura. c) La ordenación del sector pesquero de Cantabria. d) La comercialización y la transformación de los productos pesqueros en Cantabria. e) Las actividades de buceo. f) La formación en actividades náuticas tanto profesionales como recreativas. g) La inspección, el control y el régimen sancionador.
A los efectos de la presente Ley se entiende por sector pesquero “la actividad económica del sector primario que consiste en la pesca y producción de pescado, marisco u otros productos marinos para consumo humano o como materia prima de procesos transformadores, así como la reparación de artes y aparejos”.
Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial del País Vasco número 47 de cinco de marzo de 2021
Temas Clave: Desarrollo sostenible. Medio Ambiente. Estructura orgánica.
Resumen:
El Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, establece en su Disposición Final Primera que los Consejeros y Consejeras procederán, en su caso, a presentar al Lehendakari para su aprobación, con anterioridad al 31 de diciembre de 2020, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos y a continuación fija los criterios organizativos que deberán seguir dichos reglamentos.
Con posterioridad, el Decreto 48/2020, de 28 de diciembre, del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 16 de septiembre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Rafael Pérez Nieto)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ STSJ CV 5266/2020 – ECLI:ES:TSJCV:2020:5266
Temas clave: Responsabilidad Administración. Plan General Ordenación Urbana. Red Natura 2000. Indemnización.
Resumen:
En este asunto, el objeto de la impugnación que establece el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de San Miguel de Salinas es la resolución de 18-10-2018 de la Consellería d`Habitage, Obres Públiques y Vertebració del Territori, Generalitat Valenciana, que denegó la reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios derivados de la declaración judicial de nulidad del plan general de ordenación urbana (en adelante, PGOU) mediante STSJCV de 13-11-2013 confirmada por STS de 27-11-2015. En concreto, el Ayuntamiento alega haber padecido daños y perjuicios a consecuencia de la anulación del PGOU, tales como los gastos invertidos en su elaboración (244.236,88 euros) o con la devolución de las tasas por la tramitación del PAI (programa de actuación integrada) (209.419,68 euros).
En su demanda, el Ayuntamiento manifiesta que en este caso se
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