Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 1 de octubre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Javier Murgoitio Estefanía)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 2888/2021 – ECLI:ES:TSJPV:2021:2888
Palabras clave: Antenas de telefonía. Ayuntamientos. Contaminación electromagnética. Paisaje. Telecomunicaciones.
Resumen:
Una importante empresa de telecomunicaciones española interpone recurso contencioso-administrativo contra la Ordenanza municipal reguladora de las condiciones estéticas de las fachadas y cubiertas de las edificaciones del Ayuntamiento de Mendaro (Gipuzkoa).
Más allá de otras cuestiones de cuyo comentario se prescinde, me voy a centrar en dos aspectos concretos de la Ordenanza que se impugna.
En primer lugar, el artículo 10.1 de la Ordenanza establecía que “cualquier sustitución, modificación o ampliación de suministros de las infraestructuras que actualmente discurren por tendidos aéreos colgados de las edificaciones deberá contemplar las alternativas posibles para su trazado subterráneo, y únicamente cuando este sea inviable, lo que habrá de justificar mediante la documentación técnica adecuada, se admitirá el mantenimiento del tendido aéreo. Todo nuevo suministro o distribución de infraestructuras se hará por el subsuelo”.
La compañía recurrente resalta que esta disposición resulta contradictoria con el artículo 34.5