30 nuevos humedales de Andalucía se incluyen en Inventario Español de Zonas Húmedas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se incluyen en el Inventario Español de Zonas Húmedas 30 nuevos humedales de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA n. 224, de 17 de septiembre de 2022)
Palabras Clave: Humedales.
Resumen:
La presente norma responde a la necesidad de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las Resoluciones de inclusión, con expresión del nombre, código, superficie, localización geográfica y Comunidad Autónoma de cada uno de los sitios del inventario, tal y como se desprende del Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas (art. 9.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad).
En 2008 se incluyeron en el Inventario español de zonas húmedas 117 humedales andaluces. En 2018, se amplió la aportación de
Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de julio de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 2611/2021, Ponente: Ángel Ramón Arozamena Laso)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo (acreditada como Catedrática) de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 3196/2022 – ECLI:ES:TS:2022:3196
Palabras clave: Dominio público hidráulico. Caudales ecológicos. Planes hidrológicos. Concesiones. Procedimiento administrativo de concertación. Revisión de títulos concesionales. Responsabilidad patrimonial.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Asociación de productores y usuarios de energía eléctrica (APUEE) contra la Sentencia de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 17 de noviembre de 2020, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la citada Asociación contra el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021 (Decreto 1/2017, de 3 de enero, y Real Decreto 450/2017, de 5 de mayo), incluyendo el Acuerdo GOV/1/2017, de 3 de enero, por el que se aprobó el Programa de medidas del Plan.
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Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 179, de 14 de septiembre de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Fauna. Protección de especies
Resumen:
A través de esta norma se crea y regula el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, en el que además queda integrado el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, estableciendo un régimen de protección y evaluación periódica del estado de conservación de las especies en él incluidas.
A este respecto, la administración autonómica hace uso de las posibilidades reconocidas en la estatal Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, relativas a que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, establezcan listados de especies silvestres en régimen de protección especial, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su preservación -artículo 56.4 de la
Decreto 38/2022, de 5 de septiembre, por el que se establece la Reserva Marina de las islas del Toro y de las Malgrats y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifican el Decreto 26/2019 de la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y el Decreto 41/2015, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 117, de 6 de septiembre de 2022
Palabras clave: Extracción de flora y fauna marina. Actividades subacuáticas. Litoral. Reservas marinas.
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 27 de mayo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2189/2022 – ECLI: ES:TSJCL:2022:2189
Palabras clave: Dominio público hidráulico. Uso común especial. Pasarela. Río Alberche. Navegación.
Resumen:
El presente recurso trae causa de la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) de fecha 26 de abril de 2.021 que desestima el recurso de reposición interpuesto por el ayuntamiento de Navaluenga contra la resolución de ese mismo organismo de fecha 26 de marzo de 2020 por la que se deniega la solicitud de autorización para la ejecución de obras en zona de dominio público hidráulico mediante la instalación de una pasarela flotante desmontable y temporal durante la época estival sobre el río Alberche en el término municipal de Navaluenga (Ávila).
El Ayuntamiento alega que la pasarela tiene por finalidad comunicar con la orilla del río la isla que se forma por la bifurcación
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