Ley 10/2008, de 3 de Noviembre, de Residuos de Galicia (DOGA nº 224, de 18 de Noviembre de 2.008)
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Objeto
El objeto de la Ley 10/2008, de residuos de Galicia es establecer el régimen jurídico general de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia a la producción y gestión de los residuos, y fomentar, por este orden, su reducción, reutilización, reciclaje y otras formas de valorización.
Concepto de Residuo
La Ley 10/2008, de residuos de Galicia, incorpora de modo novedoso, respecto a la legislación estatal, los criterios mantenidos por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas respecto al concepto de residuo.
Ley 10/2008 de 3 de Noviembre, de Residuos de Galicia (DOGA nº 224, de 18 de Noviembre de 2.008)
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00187
Antecedentes
La Comunidad Autónoma de Galicia asumió, a través del artículo 27.30 de su Estatuto de autonomía, la competencia exclusiva para aprobar las normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje, en los términos del artículo 149.1.23 de la Constitución, y, en base al mismo, ha venido dictando normas específicas sobre la producción y gestión de residuos.
Así, en base a dicho título competencial, se aprobaron las leyes 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, y la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia (que queda derogada con la presente Ley), con el objetivo prioritario de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, obtener un alto nivel de protección del medio ambiente y establecer los mecanismos necesarios para garantizar que la gestión de los residuos se efectúe sin poner en peligro la salud de las personas ni perjudicar el medio ambiente.
El día 24 de noviembre de 2008 se celebrará una jornada sobre la “Situación actual y nuevas perspectivas del Derecho ambiental en Galicia“, en el CEIDA (Santa Cruz, Coruña). Esta actividad divulgativa ha sido organizada por el Centro de Extensión Universitaria e Divulgación Ambiental de Galicia, Observatorio del Litoral (Facultad de Derecho de A Coruña), Consellería de Medio Ambiente y el equipo de redacción de Actualidad Jurídica Ambiental.
Para obtener más información, véase:
http://www.ceida.org/
Decreto 253/2008, de 30 de octubre, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (DOGA nº 218, de 10 de Noviembre de 2.008)
Antecedentes:
La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, y el Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, que establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, prevén que todas las explotaciones ganaderas deberán estar registradas en la comunidad autónoma donde radiquen, incluyéndose los datos básicos en un registro nacional de carácter informativo.
La aplicación de dicha normativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia determina la necesidad de contemplar las anteriores especificidades dentro del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia.
Por otra parte la Orden de 16 de junio de 1998 reguló, en Galicia, el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias, con base en la Ley 19/1995, de modernización de las explotaciones agrarias, lo cual se integra en este Decreto 253/2008, como una sección específica del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia.
Características
Con la creación del Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, se facilita la aplicación y gestión de las ayudas vinculadas al sector, homogeneizando los datos registrales
Fuente: Rapid Press
La Comisión Europea propone la aprobación de una Directiva para reforzar la normativa actual sobre protección de los animales usados en experimentos científicos. Prevé evaluaciones éticas antes de autorizar los proyectos en que se usen animales y estable requisitos mínimos sobre el alojamiento y el cuidado de los animales.
La norma propuesta incluye en su ámbito de aplicación a los animales utilizados en la investigación básica, la educación y la formación. La utilización de primates está sujeta a restricciones, y la propuesta introduce
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