<\/p>\r\n

Para culminar el esfuerzo realizado en dicho evento cient\u00edfico y pertrechados del rico debate que se produjo con ocasi\u00f3n del mismo, hemos invitado a cuarenta expertos espa\u00f1oles y de otros pa\u00edses de Europa y Am\u00e9rica para la elaboraci\u00f3n de este libro colectivo que tiene por objetivo fundamental analizar desde una perspectiva interdisciplinar, la rica y caleidosc\u00f3pica t\u00e9cnica y metodolog\u00eda de la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras (Integrated Coastal Zone Management<\/em>, ICZM), como soluci\u00f3n a los problemas ambientales que se est\u00e1n produciendo en las zonas costeras de todo el Planeta.<\/p>\r\n

En los \u00faltimos decenios la concentraci\u00f3n de la poblaci\u00f3n y de las actividades humanas en las zonas costeras\u00a0 constituye un fen\u00f3meno generalizado y de alcance internacional. Desde los a\u00f1os setenta del pasado siglo XX, las organizaciones internacionales, los Gobiernos de muchos pa\u00edses y el mundo cient\u00edfico vienen reflexionando acerca de cu\u00e1les pueden ser los modelos m\u00e1s apropiados para la gesti\u00f3n sostenible e integrada del litoral. Modelos de gesti\u00f3n racional de los espacios terrestres y marinos del litoral que eviten los conflictos originados por la concurrencia \u2013y competencia- de actividades humanas sobre las mismas zonas costeras (pesca, acuicultura, turismo, transporte mar\u00edtimo, puertos, urbanismo, etc.), que ponen en peligro su rentabilidad econ\u00f3mica y social y la conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n de los ecosistemas costeros.<\/p>\r\n

La aprobaci\u00f3n de la Recomendaci\u00f3n 2002\/413\/CE sobre la aplicaci\u00f3n de la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras en Europa, por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Uni\u00f3n Europea, ha generado un nuevo debate en los pa\u00edses miembros que ha dado lugar a diferentes iniciativas y proyectos de gran inter\u00e9s.<\/p>\r\n

El Gobierno espa\u00f1ol, en respuesta a dicha Recomendaci\u00f3n comunitaria puso en marcha, a finales de 2005, una \u201cEstrategia de Gesti\u00f3n Integrada de las Zonas Costeras\u201d que, ahora, deber\u00eda resultar impulsada ante la reciente aprobaci\u00f3n del Protocolo relativo a la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras del Mediterr\u00e1neo, firmado en Madrid el 21 de enero de 2008, en el marco del Convenio para la Protecci\u00f3n del Medio Marino y de la Regi\u00f3n Costera del Mediterr\u00e1neo.<\/p>\r\n

Por su parte, las Comunidades Aut\u00f3nomas vienen desarrollando, con mayor o menor fortuna, desde principios de los a\u00f1os noventa del siglo XX diferentes iniciativas sobre la ordenaci\u00f3n y planificaci\u00f3n de sus zonas litorales.<\/p>\r\n

Veinti\u00fan a\u00f1os despu\u00e9s de la promulgaci\u00f3n de la vigente Ley de Costas, la preocupaci\u00f3n por la ordenaci\u00f3n del litoral sigue estando de actualidad. La litorizaci\u00f3n de la actividad urban\u00edstica, los efectos del cambio clim\u00e1tico sobre las costas, la contaminaci\u00f3n de las aguas marinas adyacentes a la costa, la degradaci\u00f3n de los ecosistemas costeros de gran riqueza, son algunos de los problemas que hoy ocupan a los gestores p\u00fablicos y a los cient\u00edficos. Al mismo tiempo se debate cu\u00e1l debe ser el modelo de ordenaci\u00f3n y de gesti\u00f3n para gobernar estos complejos espacios costeros y, si, la Ley de Costas de 1988 es todav\u00eda id\u00f3nea a tales efectos.<\/p>\r\n

Desde los grupos ecologistas a las asociaciones o plataformas de afectados por la Ley de Costas se discute el modelo vigente de protecci\u00f3n de las zonas costeras. Una discusi\u00f3n que incluso ha trascendido las fronteras de nuestro pa\u00eds y ha pasado a debatirse en el mismo Parlamento Europeo (el Informe AUKEN<\/em>, sobre el impacto de la urbanizaci\u00f3n extensiva en Espa\u00f1a en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicaci\u00f3n del Derecho comunitario, de 20 de febrero de 2009).<\/p>\r\n

Por encima de estas discusiones, existe un gran consenso en la doctrina cient\u00edfica acerca de la necesidad de utilizar el referido procedimiento o sistema de gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras alumbrado por los Estados Unidos a comienzos de los a\u00f1os setenta y que luego ha sido recomendado por las m\u00e1s importantes organizaciones internacionales.<\/p>\r\n

Sobre todas esta cuestiones hemos reunido treinta y cuatro trabajos ordenados tem\u00e1ticamente en cinco grandes apartados que pasamos a presentar brevemente. <\/strong><\/p>\r\n

La PRIMERA PARTE de este libro colectivo se inicia con la exposici\u00f3n del primer \u2013y \u00fanico, por ahora- instrumento jur\u00eddico internacional que existe actualmente sobre gesti\u00f3n integrada del litoral, que es el ya citado Protocolo del Convenio de Barcelona de 2008 relativo a la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras del Mediterr\u00e1neo. Sobre este Protocolo tengo el m\u00e1ximo honor de firmar un comentario que sigue las l\u00edneas marcadas en la Conferencia que sobre este instrumento internacional pronunci\u00f3 el Prof. PRIEUR en el Seminario Internacional sobre Ordenaci\u00f3n, Planificaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Litoral<\/em>, celebrado en la sede de la Fundaci\u00f3n Pedro Barri\u00e9 de la Maza en la ciudad de A Coru\u00f1a los d\u00edas 17 y 18 de noviembre de 2008. El Prof. Michel PRIEUR es una de las m\u00e1ximas autoridades cient\u00edficas en esta materia ya que, adem\u00e1s de dirigir el Comit\u00e9 de Expertos juristas que elaboraron el texto del repetido Protocolo, elabor\u00f3 para el Consejo de Europa la \u201cLey Modelo sobre Gesti\u00f3n Sostenible de las Zonas Costeras\u201d de 1997, que a su vez sirvi\u00f3 de inspiraci\u00f3n para al redacci\u00f3n del \u201cC\u00f3digo de Conducta Europeo para las Zonas Costeras de 1999\u201d. Es de toda justicia confesar aqu\u00ed que a \u00e9l le debo haber desarrollado esta riqu\u00edsima l\u00ednea de investigaci\u00f3n sobre la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras y, por tal motivo, deseo rendir en estas l\u00edneas mi admiraci\u00f3n y gratitud a su magisterio en el campo del Derecho Ambiental y, sobre todo, a la profunda amistad que nos une desde hace muchos a\u00f1os, desde que le visit\u00e9 en el prestigioso centro de investigaci\u00f3n sobre Derecho Ambiental de la Universidad de Limoges (el CRIDEAU) del que sigue siendo su Director cient\u00edfico.<\/p>\r\n

El segundo cap\u00edtulo de la primer parte lo hemos dedicado a estudiar lo m\u00e1s exhaustivamente posible el origen y desarrollo de la Estrategia de Gesti\u00f3n Integrada de las Zonas Costeras de la Uni\u00f3n Europea. La Recomendaci\u00f3n 2002\/413\/CE sobre la aplicaci\u00f3n de la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras en Europa, por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Uni\u00f3n Europea, es el acto jur\u00eddico fundamental que se trata de analizar en este apartado pero tambi\u00e9n se ha tenido el cuenta la posible repercusi\u00f3n que sobre este proceso abre la nueva y ambiciosa Directiva marco sobre la Estrategia marina de 2008.<\/p>\r\n

La SEGUNDA PARTE recoge algunas experiencias sobre modelos de gesti\u00f3n integrada en algunos pa\u00edses de Am\u00e9rica y de Europa. El primer trabajo relativo a\u00a0 \u201cla gobernabilidad sobre los cambios en los ecosistemas costeros de Latinoam\u00e9rica\u201d \u2013procedente de una reciente publicaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n AVINA, cuyos editores nos ha permitido amablemente reproducirlo en esta obra- est\u00e1 firmado por algunos de las mejores especialistas en materia de \u201cgobernanza del litoral\u201d en Am\u00e9rica; y destaco aqu\u00ed, junto a Emilio OCHOA (Director Ejecutivo de EcoCostas y Coordinador de la \u201cRed latinoamericana de Manejo Costero Integrado\u201d) y al oc\u00e9anografo argentino Guillermo CAILLE,\u00a0 al Prof. Stephen OLSEN que es Director del Centro de Recursos Costeros (CRC) de la Universidad de Rhode Island (Estados Unidos) y uno de los m\u00e1ximos expertos mundiales -y pionero- en el desarrollo de la gesti\u00f3n o manejo integrado de los ecosistemas costeros, y asesor sobre esta materia de las m\u00e1s importantes organizaciones internacionales (Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, etc.) y de muchos pa\u00edses del mundo.<\/p>\r\n

Sobre las \u201cl\u00edneas generales de la ordenaci\u00f3n y gesti\u00f3n del litoral en la Rep\u00fablica de Portugal\u201d contamos, en el Cap\u00edtulo 2.1 de esta obra, con la colaboraci\u00f3n del Profesor Catedr\u00e1tico de la prestigiosa Universidad de Coimbra, Fernando ALVES CORREIA. El Prof. ALVES, reputado especialista en Derecho Urban\u00edstico, es adem\u00e1s Presidente del Consejo Directivo del \u201cCentro de Estudos de Direito do Ordenamento, do Urbanismo e do Ambiente\u201d (CEDOUA) -dependiente de la mismo Universidad- y Vice-Presidente de la Asociaci\u00f3n Internacional de Derecho Urban\u00edstico.<\/p>\r\n

La ocean\u00f3grafa e investigadora visitante en el CRC de la Universidad de Rhode Island, Mar\u00eda D. HERRERA XIM\u00c9NEZ expone en el tercer cap\u00edtulo (2.3) de esta parte la pionera experiencia de los Estados Unidos en materia de gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras y sus programas asociados. En particular es muy relevante el estudio de la \u201cCoastal Zone Management Act de 1972\u201d que ha servido de inspiraci\u00f3n a muchas iniciativas que se han desenvuelto en otros pa\u00edses con posterioridad.<\/p>\r\n

Tambi\u00e9n la experiencia francesa es muy rica en iniciativas jur\u00eddicas y gubernamentales sobre protecci\u00f3n de la costa que tienen como referencia principal la \u201cLoi Littoral relative \u00e0 la protection, l\u2019am\u00e9nagement et la mise en valeur du litoral\u201d de 3 de enero de 1986. Su exposici\u00f3n y comentario, a lo largo del cap\u00edtulo 2.4, corre a cargo de uno de los mejores especialistas juristas franceses \u2013junto al Prof. PRIEUR- que es el Prof. em\u00e9rito Mahfoud GHEZALI de la Universidad de Littoral.<\/p>\r\n

El Prof. Jos\u00e9 Luis MEIL\u00c1N GIL, Catedr\u00e1tico de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coru\u00f1a, desarroll\u00f3 en torno a la aprobaci\u00f3n de la Ley de Costas de 1988 una gran actividad cient\u00edfica realizando una aguda cr\u00edtica a algunos de los planteamientos doctrinales recogidos por la citada Ley. En su trabajo, que encabeza la TERCERA PARTE de estos estudios, con la perspectiva de m\u00e1s de veinte a\u00f1os de la promulgaci\u00f3n de la Ley de 28 de julio de 1988, se incide en algunos de los puntos neur\u00e1lgicos de este texto legal (en especial, lo relativo a la determinaci\u00f3n del dominio p\u00fablico mar\u00edtimo-terrestre) y se sugiere la reforma del texto vigente, tambi\u00e9n en lo que se refiere al ejercicio de competencias sobre el litoral tras las recientes reformas estatutarias.<\/p>\r\n

La \u201cdistribuci\u00f3n de competencias en la Ley de Costas\u201d y la nueva orientaci\u00f3n de la \u201cgesti\u00f3n integrada del litoral\u201d es tratada \u2013en el Cap\u00edtulo 3.2- por el Prof. \u00c1ngel MENENDEZ REXACH, Catedr\u00e1tico de Derecho Administrativo de la Universidad Aut\u00f3noma de Madrid, que es una de las m\u00e1ximas autoridades cient\u00edficas de nuestro pa\u00eds en las materias que se tocan en este libro colectivo. Su participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de los anteproyectos de varios textos legales como la Ley de Aguas de 1985, la Ley de Costas de 1988, la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 1992 y muchos otros, le permiten analizar con especial perspicacia y profundidad las cuestiones que suscita el reparto de las competencias sobre las zonas costeras, y para cuya \u201cgesti\u00f3n integrada\u201d reclama la \u201ccultura de la cooperaci\u00f3n\u201d frente a una visi\u00f3n exclusivista y compartimentalizada sobre el litoral.<\/p>\r\n

Una publicaci\u00f3n como esta que aspira a estudiar desde una perspectiva interdisciplinar la gesti\u00f3n de las zonas costeras no pod\u00eda dejar de contar con la valiosa colaboraci\u00f3n del Prof. Juan Manuel BARRAG\u00c1N, Catedr\u00e1tico de la Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales de la Universidad de C\u00e1diz. Como responsable de uno de los grupos de investigaci\u00f3n m\u00e1s activos de nuestro pa\u00eds en esta materia de la \u201cplanificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las \u00e1reas litorales\u201d \u2013que desde hace varios a\u00f1os imparte en dicha Universidad el Master de \u201cGesti\u00f3n Integrada en \u00c1reas Litorales\u201d- y como responsable de la Red latinoamericana IBERMAR para el Manejo Integrado Costeros (de la que forman parte representantes de 9 pa\u00edses), as\u00ed como responsable de la redacci\u00f3n de la \u201cEstrategia Andaluza de gesti\u00f3n integrada de las \u00e1reas litorales\u201d de 2006 (la primera en su g\u00e9nero en Espa\u00f1a), el Prof. BARRAG\u00c1N se encuentra en una posici\u00f3n de privilegio para analizar \u2013en el Cap\u00edtulo 3.3- la evoluci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica sobre gesti\u00f3n costera del Gobierno de Espa\u00f1a a lo largo de la legislatura 2004-2008. La profundidad de su an\u00e1lisis \u2013bajo una completa y sistem\u00e1tica metodolog\u00eda de estudio (lo que denomina \u201cDec\u00e1logo para la gesti\u00f3n costera\u201d)- permite advertir con claridad las lagunas que existen en el modelo de gesti\u00f3n costera de la Administraci\u00f3n General del Estado, e intuir las l\u00edneas directrices para su mejora en el futuro.<\/p>\r\n

Otro tema capital a la hora de estudiar la gesti\u00f3n del litoral es la necesaria coordinaci\u00f3n que debe darse entre la Ley de Costas y la Ley de Aguas que tradicionalmente se han venido aplicando de forma separada pero que, a partir de la reforma de 2003 en la Ley de Aguas -para trasponer la Directiva 60\/2000 por la que se establece una marco de actuaci\u00f3n en materia de pol\u00edtica de aguas- hay que planificar y gestionar conjuntamente \u2013en el \u00e1mbito de la correspondiente Demarcaci\u00f3n- las aguas continentales y las aguas costeras y de transici\u00f3n. Para este tema la Profesora Isabel CARO-PAT\u00d3N, Profesora Titular de la Universidad de Valladolid, que es una gran especialista en Derecho de Aguas, realiza por primera vez en la doctrina un estudio \u2013en el Cap\u00edtulo 3.4- sobre los retos que plantea tal coordinaci\u00f3n, los puntos d\u00e9biles y fuertes detectados y las posibles soluciones a los problemas planteados.<\/p>\r\n

Como al tratar de la gesti\u00f3n integrada del litoral es muy frecuente referirse a la \u201cgobernanza\u201d o \u201cbuen gobierno\u201d del litoral, resulta oportuna la aportaci\u00f3n \u2013contenida en el Cap\u00edtulo 3.5- del Prof. Jaime RODRIGUEZ-ARANA, Catedr\u00e1tico de Derecho Administrativo de nuestra Universidad, quien viene estudiando con profusi\u00f3n desde hace algunos a\u00f1os estos nuevos y viejos par\u00e1metros en el funcionamiento de las Administraciones P\u00fablicas (RODRIGUEZ-ARANA MU\u00d1OZ, J.: El buen gobierno y la buena Administraci\u00f3n de las Instituciones P\u00fablicas<\/em>, Thomson-Aranzadi, Cizur Menor, 2006), y en esta ocasi\u00f3n proyectas sus reflexiones sobre el campo de la gesti\u00f3n del litoral.<\/p>\r\n

A la Profesora Marta GARC\u00cdA P\u00c9REZ, Profesora Titular de Derecho Administrativo de nuestra Universidad debemos el extraordinario esfuerzo invertido en la coordinaci\u00f3n y correcci\u00f3n de esta obra \u2013lo cual merece mi m\u00e1ximo reconocimiento y gratitud-, pero, por encima de esta tarea, debe destacarse su clarividente labor de investigaci\u00f3n en uno de sus temas favoritos, que conoce como nadie desde la publicaci\u00f3n de su ejemplar monograf\u00eda: La utilizaci\u00f3n del dominio p\u00fablico mar\u00edtimo-terrestre. Estudio especial de la concesi\u00f3n demanial, <\/em>(Marcial Pons, Madrid, 1995). El deslinde de las costas es quiz\u00e1 una de los asuntos m\u00e1s controvertidos y litigiosos de la Ley de Costas que, a la vista de los a\u00f1os de su vigencia, conviene reconsiderar la utilizaci\u00f3n de dicha potestad, como propone la doctora GARC\u00cdA P\u00c9REZ en el Cap\u00edtulo 3.6 de esta obra colectiva, sin que ello suponga minorar el proteccionismo de la Ley.<\/p>\r\n

Aunque la tem\u00e1tica de la ordenaci\u00f3n urban\u00edstica del litoral dar\u00eda para elaboraci\u00f3n de un libro colectivo de parecida extensi\u00f3n a este, Carlos P\u00c9REZ GONZ\u00c1LEZ, Profesor Asociado nuestra Facultad de Derecho y T\u00e9cnico municipal de urbanismo ha sabido acotar, con base en la jurisprudencia \u2013que con tanta soltura domina- ha estudiado \u2013a lo largo del Cap\u00edtulo 3.7- la utilizaci\u00f3n de la \u201cdesclasificaci\u00f3n del suelo\u201d como sugerente t\u00e9cnica para la protecci\u00f3n del litoral.<\/p>\r\n

Juan Luis DOMENECH, responsable del Departamento medio ambiente de la Autoridad Portuaria de Gij\u00f3n, es un convencido y entusiasta de la gesti\u00f3n integrada y sostenible del litoral y tiene en su haber una extensa producci\u00f3n cient\u00edfica sobre gesti\u00f3n ambiental entre la que quiero destacar su magn\u00edfica monograf\u00eda Huella ecol\u00f3gica y desarrollo sostenible<\/em> (AENOR, Madrid, 2007). Aprovechando su amplia experiencia pr\u00e1ctica sobre el campo del medio ambiente marino reflexiona \u2013en el Cap\u00edtulo 3.8 de este libro- sobre nuevas herramientas que pueden utilizarse con gran aprovechamiento en la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras y, en particular, los sistemas de gesti\u00f3n, la gesti\u00f3n por procesos y los indicadores integrados (concretamente, la huella ecol\u00f3gica).<\/p>\r\n

Volviendo al campo jur\u00eddico, la colaboraci\u00f3n del joven Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de la Laguna, \u00c1ngel LOBO RODRIGO, se dedica a una de las cuestiones m\u00e1s abandonadas en la doctrina iusadministrativista sobre la ordenaci\u00f3n de la \u201cparte mar\u00edtima\u201d del dominio p\u00fablico mar\u00edtimo-terrestre. Como se\u00f1ala este Profesor en el Cap\u00edtulo 3.9, resulta sorprendente la escasa (o inexistente) planificaci\u00f3n de la parte marina de dicho dominio p\u00fablico sobre la que, pese a todo, es cohonestar y compatibilizar las competencias \u2013estatales y auton\u00f3micas- que se proyectan sobre la misma.<\/p>\r\n

En el \u00faltimo trabajo de este apartado tercero \u2013el correspondiente al Cap\u00edtulo 3.10- se recoge un trabajo elaborado conjuntamente por Xavier MART\u00cd i RAGU\u00c9 (del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Catalu\u00f1a) y los investigadores Ricardo HAROUN y Yaiza FERN\u00c1NDEZ-PALACIOS, ambos pertenecientes al Centro de Investigaci\u00f3n en Biodiversidad y Gesti\u00f3n Ambiental (BIOGES) de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria. El Sr. MART\u00cd i RAGU\u00c9 es uno de los mejores expertos en los indicadores vinculados a la gesti\u00f3n integrada del litoral a partir de su experiencia con motivo del Proyecto DEDUCE (entre los a\u00f1os 2004 y 2007) que concluy\u00f3 con las direcci\u00f3n del trabajo Indicators guidelines: to adopt and indicators-based approach to evaluate coastal sustainable development<\/em> (Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Catalunya, Barcelona, 2007). Los investigadores de BIOGES por su parte han participado muy activamente en el Proyecto comunitario CoPraNet (Coastal Practice Network<\/em>). En todo caso, la selecci\u00f3n de unos indicadores adecuados para la evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras aparece como una prioridad en cualquier proceso de esta naturaleza.<\/p>\r\n

A lo largo de este CUARTO APARTADO de la obra colectiva se recogen los estudios sobre la casi totalidad de las experiencias auton\u00f3micas relacionadas con la ordenaci\u00f3n y planificaci\u00f3n del litoral. Con la excepci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Cantabria, que cuenta con la interesante Ley 2\/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenaci\u00f3n del Litoral (que fue recurrida por algunos municipios costeros ante el Tribunal Constitucional) \u2013y que por razones de la necesidad de cerrar esta edici\u00f3n no ha podido ser incluida en esta obra-, y de la Comunidad Aut\u00f3noma de Galicia que, en la actualidad, todav\u00eda est\u00e1 preparando su Plan sectorial de Ordenaci\u00f3n del Litoral (cuya publicaci\u00f3n inicial est\u00e1 prevista para finales del a\u00f1o 2009), aparecen tratadas aqu\u00ed todas las iniciativas desarrolladas en esta materia por el resto de las Comunidades Aut\u00f3nomas litorales.<\/p>\r\n

Para el estudio de \u201cLa ordenaci\u00f3n, planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n del litoral de las Islas Baleares\u201d que inicia este apartado sobre \u201cEstado compuesto y la ordenaci\u00f3n del litoral\u201d hemos invitado a la Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Baleares,\u00a0 la Dra. Joana M. SOCIAS CAMACHO, una de las pioneras en el estudio de gesti\u00f3n del litoral de la perspectiva de la ordenaci\u00f3n tur\u00edstica en su obra La ordenaci\u00f3n de las zonas tur\u00edsticas litorales<\/em> (editada por el Bolet\u00edn Oficial del Estado, Madrid, 2001). La experiencia de Baleares es las primeras que abordaron los instrumentos de ordenaci\u00f3n del litoral (a partir de un Decreto de 1994) y de ordenaci\u00f3n de los establecimientos hoteleros (Decretos Cladera I y II). Y sigue desarrollando interesantes iniciativas insulares con el apoyo cient\u00edfico del IMEDEA.<\/p>\r\n

El cap\u00edtulo 4.2 est\u00e1 dedicado a la Comunidad Aut\u00f3noma de Catalu\u00f1a, cuyas experiencias y realizaciones son expuestas con gran acierto por Josep M. AGUIRRE i FONT, Profesor Asociado de Derecho Administrativo de la Universidad de Girona, que ha publicado una de las escasas monograf\u00edas jur\u00eddicas que existen en nuestro pa\u00eds sobre estos temas L\u2019Ordenacio del litoral catala: els plans directors<\/em> (Atelier Libro, Barcelona, 2007). El autor expone en primer lugar el \u201cPlan estrat\u00e9gico de gesti\u00f3n integral de las zonas costeras de Catalu\u00f1a\u201d de 2004, los planes directores urban\u00edsticos costeros (PDUSC 1 Y 2) y los elementos normativos que se derivan del nuevo Estatuto de Autonom\u00eda de Catalu\u00f1a de 2006.<\/p>\r\n

La ordenaci\u00f3n del litoral del Pa\u00eds Vasco que tiene como pieza fundamental el \u201cPlan\u00a0 Territorial Sectorial de Ordenaci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Litoral\u201d aprobado definitivamente en 2007, es estudiada en el Cap\u00edtulo 4.3 de esta obra, por los Profesores de Derecho Administrativo de la Universidad del Pa\u00eds Vasco, \u00cd\u00f1igo LAZCANO BROTONS y Xabier ARZOZ SANTISTEBAN. Como excelentes conocedores de la ordenaci\u00f3n territorial y ambiental del Pa\u00eds Vasco nos ofrecen un completo an\u00e1lisis del marco normativo de protecci\u00f3n del litoral, destacando asimismo la gran relevancia de la Ley 1\/2006 de Aguas del Pa\u00eds Vasco para la gesti\u00f3n integrada del litoral.<\/p>\r\n

Muy riguroso y detallado es el estudio que sobre la Ordenaci\u00f3n del Litoral de la Comunidad Aut\u00f3noma de Murcia presentan \u2013a lo largo del Cap\u00edtulo 4.4- los Profesores Antonio GUTI\u00c9RREZ LLAMAS, Profesor Titular de Derecho Administrativo y Mar\u00eda GIM\u00c9NEZ CASALDUERO, Profesora Ayudante de Derecho Administrativo, ambos de la Facultad de Derecho de Murcia. Pese a que la citada Comunidad Aut\u00f3noma cuenta desde 2004 con las Directrices y el Plan de Ordenaci\u00f3n del Litoral de la Regi\u00f3n de Murcia, los autores se muestran especialmente cr\u00edticos con las realizaciones del Gobierno regional en esta material sobre el que pesa m\u00e1s el desarrollo del turismo costero por encima de la preservaci\u00f3n de los ecosistemas costeros.<\/p>\r\n

El estudio sobre la ordenaci\u00f3n, planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n del litoral de las Islas Canarias ha sido tratado con gran profundidad por los Profesores de Derecho Administrativo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Mar\u00eda del Pino RODRIGUEZ GONZ\u00c1LEZ (autora de la excelente monograf\u00eda El dominio p\u00fablico mar\u00edtimo-terrestre<\/em>, Marcial Pons, Madrid, 1999) y Adolfo JIM\u00c9NEZ JA\u00c9N (destacado experto en Derecho Ambiental). Se hace una interesante cr\u00edtica a la vigente Ley de Costas que se considera inadecuada para alcanzar los fines de la gesti\u00f3n integrada del litoral. Pese a la variedad de instrumentos jur\u00eddicos que se proyectan sobre las zonas costeras de las Islas Canarias se echa en falta una verdadera ordenaci\u00f3n integral del litoral de esta Comunidad Aut\u00f3noma que deber\u00eda partir de la proyectada aprobaci\u00f3n de las \u201cDirectrices de la Ordenaci\u00f3n del Litoral\u201d.<\/p>\r\n

La Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda fue pionera en la aprobaci\u00f3n de unas Directrices Regionales de Ordenaci\u00f3n del Litoral, las de 1990, pero que fracasaron en su aplicaci\u00f3n. Los Profesores Estanislao ARANA GARC\u00cdA (reciente Catedr\u00e1tico acreditado de Derecho Administrativo) y Mar\u00eda Asunci\u00f3n TORRES L\u00d3PEZ, Profesora Titular de Derecho Administrativo, ambos de la Facultad de Derecho de Granada, abordar con gran detalle los diferentes elementos jur\u00eddicos del sistema de ordenaci\u00f3n territorial de esta Comunidad, sin dejar de mencionar la interesante propuesta de \u201cEstrategia Andaluza de Gesti\u00f3n Integrada de las Zonas Costeras\u201d dirigida por el Prof. BARRAG\u00c1N MU\u00d1OZ y que si existe voluntad pol\u00edtica suficiente podr\u00eda cristalizar en una Ley Andaluza de Gesti\u00f3n Integrada de Zonas Costeras. Igualmente, el nuevo Estatuto de Autonom\u00eda de Andaluc\u00eda de 2007 abre nuevas perspectivas en la ordenaci\u00f3n de su litoral.<\/p>\r\n

El \u201cPlan territorial especial de Ordenaci\u00f3n del Litoral de Asturias\u201d (conocido por las siglas POLA) es quiz\u00e1 uno de los instrumentos de ordenaci\u00f3n territorial costera que m\u00e1s alabanzas ha recibido por la doctrina especializada. Para su exposici\u00f3n contamos en este trabajo con flamante Catedr\u00e1tica acreditada de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo, la Profesor Mar\u00eda Rosario ALONSO IB\u00c1\u00d1EZ, quien desde su privilegiada atalaya \u2013como actual Directora General del Suelo del Principado- analiza el modelo asturiano de ordenaci\u00f3n de los usos del suelo en el litoral. Del largo proceso transcurrido desde la aprobaci\u00f3n de las Directrices Subregionales para la Franja Costera de 1993 hasta la del POLA en 2005, como Plan Territorial Especial, destaca el alto nivel de consenso logrado entre todos los agentes implicados, lo cual pone de relieve la importancia de la participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de estos instrumentos de ordenaci\u00f3n costera.<\/p>\r\n

Por \u00faltimo, para terminar este cuarta parte, el joven Profesor Ayudante de Derecho Administrativo de la Universidad Miguel Hern\u00e1ndez de Elche, el Dr. Fernando DE ROJAS MART\u00cdNEZ-PARTS (experto en Derecho Ambiental) realiza un concienzudo trabajo de an\u00e1lisis de los variados instrumentos de ordenaci\u00f3n territorial, urban\u00edstica y ambiental de la Comunidad Valenciana. Se hace referencia en este Cap\u00edtulo 4.8 a el \u201cPlan de acci\u00f3n territorial del litoral de la Comunidad Valenciana\u201d cuyo proyecto y memoria han sido publicados pero todav\u00eda no han sido aprobados. Tambi\u00e9n son de gran inter\u00e9s los apuntes que el autor realiza sobre la incidencia de la legislaci\u00f3n urban\u00edstica de esta Comunidad (la Ley 16\/2005) sobre las zonas costeras.<\/p>\r\n

En la QUINTA PARTE de esta obra colectiva se recogen varios trabajos caracterizados por tratar de actividades y pol\u00edticas sectoriales que afectan con gran intensidad el litoral y que, por consiguiente, han de tenerse en cuenta para una gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras en las que aquellas deben de coordinarse adecuadamente para evitar conflictos y desacuerdos en su utilizaci\u00f3n, m\u00e1s o menos intensiva del litoral.<\/p>\r\n

Para el estudio de \u201clos puertos deportivos en el marco de la gesti\u00f3n integrada del litoral\u201d se ha prestado muy amablemente la Profesora Mar\u00eda Jos\u00e9 ZAMBONINO PULITO, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de C\u00e1diz, quien ha dedicado buena parte de su trabajo de investigaci\u00f3n a temas relacionados con el ambiente marino: Puertos y costas. R\u00e9gimen de los puertos deportivos<\/em> (Tirant Lo Blanch, Valencia, 1997), La protecci\u00f3n jur\u00eddico-administrativa del medio marino tutela ambiental y transporte mar\u00edtimo<\/em>, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2001) y\u00a0 R\u00e9gimen jur\u00eddico de la marina mercante<\/em>, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2008). La profesora gaditana analiza los diferentes modelos auton\u00f3micos de puertos deportivos y su integraci\u00f3n con los instrumentos de planificaci\u00f3n sectorial, territorial\u00a0 urban\u00edstica.<\/p>\r\n

Desde el punto de vista econ\u00f3mico, los Profesores del Grupo de Econom\u00eda Pesquera y Recursos Naturales de la Universidad de Santiago de Compostela -dirigido por la Profesora Mar\u00eda do Carme GARC\u00cdA-NEGRO, Catedr\u00e1tica de Econom\u00eda Aplicada, en colaboraci\u00f3n con los flamantes doctores: Adolfo CARBALLO PENELA y Sebasti\u00e1n VILLASANTE- tratan del important\u00edsimo sector de la pesca mar\u00edtima, la acuicultura y el marisqueo y los retos que dichas actividades presentan de cara la ordenaci\u00f3n de las actividades marinas y la gesti\u00f3n integrada de las costas. El ejemplo de Galicia, como Comunidad Aut\u00f3noma particularmente dependiente de este sector estrat\u00e9gico en un campo propicio para la aplicaci\u00f3n de los instrumentos m\u00e1s apropiados para la ordenaci\u00f3n del litoral. <\/strong><\/p>\r\n

Como experto en las cuestiones relativas al novedoso campo de la ordenaci\u00f3n y desarrollo rural, el Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Vigo, el Dr. Roberto BUSTILLO BOLADO, analiza \u2013en el Cap\u00edtulo 5.3-\u00a0 la compatibilidad entre los medios y objetivos del desarrollo rural y los relativos a la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras que en algunas ocasiones constituyen espacios territoriales necesitados de ayudas estructurales (como en caso de las regiones tradicionalmente dependientes de la pesca).<\/p>\r\n

El joven Profesor \u2013y entra\u00f1able compa\u00f1ero- de nuestra Universidad de Coru\u00f1a, el Jos\u00e9 PERNAS GARC\u00cdA, Contratado Doctor de Derecho Administrativo, es uno de los mejores especialistas de nuestro pa\u00eds en el estudio jur\u00eddico de seguridad mar\u00edtima (destaco su coordinaci\u00f3n con el Prof. Garc\u00eda P\u00e9rez de la se\u00f1era obra colectiva Estudios sobre el R\u00e9gimen Jur\u00eddico de los Vertidos de Buques en el Medio Marino<\/em>, Thomson-Aranzadi, 2006). En el cap\u00edtulo 5.4 de este libro se estudia la planificaci\u00f3n de la seguridad mar\u00edtima y la gesti\u00f3n integral de riesgos litorales que tiene una gran trascendencia en el marco de la gesti\u00f3n integrada del litoral, por la preocupaci\u00f3n creciente ante los riesgos que amenazan la estabilidad de las zonas costeras). Con un marcado acento cr\u00edtico del modelo vigente de seguridad mar\u00edtima en nuestro pa\u00eds, el Prof. PERNAS apunta alguna de las claves que permitir\u00edan su urgente reforma.<\/p>\r\n

El r\u00e9gimen de las \u00e1reas marinas protegidas y su relaci\u00f3n con la ordenaci\u00f3n sostenible e integrada del litoral son tratadas en el Cap\u00edtulo 5.5 por la mejor especialista sobre estas materias, la Profesora Merc\u00e9 ORTIZ GARC\u00cdA, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante. Sus destacados trabajos La conservaci\u00f3n de la biodiversidad marina: las \u00e1reas marinas protegidas <\/em>(Comares, Granada, 2002) y La gesti\u00f3n eficiente de la zona costera. Los parques marinos<\/em> (Tirant Lo Blanch, Valencia, 2001) le han llevado al firme convencimiento de que s\u00f3lo puede protegerse cabalmente la biodiversidad marina y sus espacios m\u00e1s valiosos a trav\u00e9s de la gesti\u00f3n integrada de las zonas costeras. La novedad de la regulaci\u00f3n de las \u00e1reas marinas protegidas en nuestro ordenamiento jur\u00eddico, en virtud de la reciente Ley estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de 2007 y la dif\u00edcil cuesti\u00f3n jur\u00eddica de la planificaci\u00f3n de las \u00e1reas marinas son analizadas concienzudamente por esta destacada disc\u00edpula del gran maestro del Derecho Ambiental Espa\u00f1ol, el Profesor Ram\u00f3n MART\u00cdN MATEO.<\/p>\r\n

En la gesti\u00f3n de las zonas costeras est\u00e1 teniendo una importancia creciente la protecci\u00f3n del patrimonio cultural que albergan no s\u00f3lo la zona terrestre del litoral sino tambi\u00e9n los espacios marinos y submarinos, hasta el punto de merecer la aprobaci\u00f3n de un instrumento internacional de protecci\u00f3n del patrimonio cultural subacu\u00e1tico (UNESCO, 2001). Por su experiencia en la gesti\u00f3n del patrimonio cultural, el Profesor Carlos AMOEDO SOUTO, Catedr\u00e1tico E. U. de Derecho Administrativo de nuestra Universidad de A Coru\u00f1a, nos ofrece en el Cap\u00edtulo 5.6, un completo estudio de las figuras de protecci\u00f3n del patrimonio cultural y, en especial, con los bienes culturales que se localizan en las zonas costeras.<\/p>\r\n

Una de los m\u00e1s preocupantes problemas de degradaci\u00f3n del litoral (de sus aguas marinas) proviene de los vertidos desde la costa. Para el estudio de la regulaci\u00f3n de los vertidos contaminantes y la gesti\u00f3n sostenible de las zonas costeras, contenido en el Cap\u00edtulo 5.7, nadie mejor que la joven Profesora de la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona. Perteneciente al prestigioso grupo de profesores que integran el Centre d\u2019Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT) la profesora Luc\u00eda CASADO CASADO (Los vertidos en aguas continentales. Las t\u00e9cnicas de intervenci\u00f3n administrativa<\/em>, Comares, Granada, 2004) efect\u00faa un complet\u00edsimo recorrido sobre el mapa jur\u00eddico de la intervenci\u00f3n administrativa de los vertidos al mar, sin olvidar las nuevas perspectivas abiertas por la Directiva Marco del Agua en relaci\u00f3n con las aguas costera y en transici\u00f3n.<\/p>\r\n

La Dra. Rosa CHAPELA P\u00c9REZ, actual coordinadora del \u00e1rea de socioeconom\u00eda de la Pesca del prestigioso Centro Tecnol\u00f3gico del Mar (CETMAR) de Vigo, lleg\u00f3 tambi\u00e9n al convencimiento de la necesidad de la gesti\u00f3n integral de las zonas costeras en su estudio pionero sobre El r\u00e9gimen jur\u00eddico de la acuicultura marina<\/em> (Tirant Lo Blanch, Valencia, 2003). En su aportaci\u00f3n a este libro colectivo sobre \u201cla acuicultura y el proceso de gesti\u00f3n integrada\u201d incide en estas ideas de la ordenaci\u00f3n integrada pero a\u00f1adiendo la interesante perspectiva de la planificaci\u00f3n litoral de la acuicultura \u201ccomo instrumento para agilizar los tr\u00e1mites administrativos\u201d.<\/p>\r\n

La reciente regulaci\u00f3n de procedimiento administrativo para la autorizaci\u00f3n de instalaciones de generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica en el mar territorial (mediante el Real Decreto 1028\/2007) ha abierto la puerta para la promoci\u00f3n de este tipo de instalaciones (principalmente, los parques e\u00f3licos marinos) pero tambi\u00e9n ha levantado una fuerte oposici\u00f3n por parte de quienes defienden otros intereses de utilizaci\u00f3n de las zonas costeras. El Profesor Jos\u00e9 Francisco ALENZA GARC\u00cdA, Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad P\u00fablica de Navarra, es uno de los mejores expertos en Derecho Ambiental y \u00faltimamente est\u00e1 trabajando en los temas energ\u00e9ticos y su implicaci\u00f3n con el cambio clim\u00e1tico. En su extenso trabajo \u2013que es objeto del Cap\u00edtulo 5.9- estudia con gran detalle los aspectos procedimentales de las autorizaciones de dichas infraestructuras de energ\u00eda en el mar, mostr\u00e1ndose bastante cr\u00edtico con la regulaci\u00f3n vigente y concluyendo sobre la necesidad de una mejor regulaci\u00f3n que articule las competencias, estatales y auton\u00f3micas, que concurren en esta materia.<\/p>\r\n

Finalmente, la Profesora Alba NOGUEIRA L\u00d3PEZ, brillante Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela y experta en Derecho Ambiental, aborda \u2013en el Cap\u00edtulo 5.10- la evaluaci\u00f3n ambiental estrat\u00e9gica (cfr. su reciente direcci\u00f3n de la obra Evaluaci\u00f3n del impacto ambiental: evoluci\u00f3n normativo-jurisprudencial, cuestiones procedimentales y aplicaci\u00f3n sectorial<\/em>, Atelier, Barcelona, 2009) como t\u00e9cnica preventiva de integraci\u00f3n de intereses y pol\u00edticas distintas y como instrumento de obligada aplicaci\u00f3n para la planificaci\u00f3n ambiental de las zonas costeras.<\/p>\r\n

Treinta cuatro trabajos de gran nivel cient\u00edfico avalan la calidad de esta obra colectiva que viene a cubrir una importante laguna en el campo de los estudios interdisciplinares sobre el litoral. Soy consciente de que podr\u00edan haberse abordado muchas m\u00e1s perspectivas jur\u00eddicas o no jur\u00eddicas sobre la ordenaci\u00f3n de las zonas costeras. El proyecto inicial era m\u00e1s ambicioso pero algunos colegas que fueron invitados a participar no han podido hacerlo por razones inexcusables de trabajo que comprendo muy bien. No obstante, la respuesta a la invitaci\u00f3n ha sido, podr\u00edamos afirmar \u201cmasiva\u201d por lo que estoy sumamente orgulloso del trabajo final.<\/p>\r\n

Como Director de estos Estudios sobre la Ordenaci\u00f3n, Planificaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Litoral: hacia un modelo integrado y sostenible<\/em>, s\u00f3lo me resta agradecer muy sinceramente a todos los autores de esta obra colectiva y, muy especialmente, a su coordinadora, la Profesora y magn\u00edfica investigadora Marta GARC\u00cdA P\u00c9REZ, y tambi\u00e9n a nuestro \u00faltimo y valioso \u201cfichaje\u201d universitario, Jes\u00fas SP\u00d3SITO PRADO, quien tambi\u00e9n ha dedicado con gran generosidad muchas horas de su tiempo a la correcci\u00f3n de este trabajo.<\/p>\r\n

Por \u00faltimo, a los responsables de la Fundaci\u00f3n Pedro Barri\u00e9 de la Maza va tambi\u00e9n nuestro agradecimiento por su magn\u00edfica acogida en el prestigioso marco de sus prestigiosas actividades culturales y por la generosa disposici\u00f3n para la publicaci\u00f3n de este trabajo.<\/p>\r\n

La expresi\u00f3n Hac luce <\/em>que culminaba el s\u00edmbolo de identidad coorporativa de nuestra Universidad de A Coru\u00f1a, resume muy bien lo que hemos pretendido ofrecer en esta obra colectiva, nuevas luces en la necesaria y urgente ordenaci\u00f3n de litoral que, como nuestra emblem\u00e1tica Torre de H\u00e9rcules, merece su protecci\u00f3n como patrimonio de la Humanidad, incluidas las generaciones venideras.<\/p>\r\n\r\n

\r\n

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26 February 2010

Bibliographic references

Referencias doctrinales al día. “Estudios sobre la Ordenación, Planificación y Gestión de Litoral: hacia un modelo integrado y sostenible”

SANZ LARRUGA, F.J (Dir.) , GARCÍA PÉREZ, M. (Coord.): “Estudios sobre la Ordenación, Planificación y Gestión de Litoral: hacia un modelo integrado y sostenible”

Autor de la Nota: Francisco Javier Sanz Larruga. Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña. Director del Grupo de Investigación “Observatorio del Litoral”

A comienzos de los años noventa, un grupo de investigadores pertenecientes al Área de Derecho Administrativo de la recién creada Universidade da Coruña iniciaron la que sería una prolongada especialización en el estudio de cuestiones jurídicas del litoral. La ordenación costera, el medio ambiente marino y los recursos pesqueros constituyeron los ejes de una producción científica avalada por numerosas publicaciones, proyectos de investigación y encuentros científicos en los que participaron renombrados especialistas a nivel mundial.

El accidente del Prestige frente a las costas gallegas en noviembre de 2002 fue un revulsivo que marcó un antes y un después en las actuaciones del grupo de investigación. La elaboración del Informe jurídico sobre problemas jurídico administrativos planteados por

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26 February 2010

Catalonia Current Legislation

Legislación al día. Cataluña

Decreto catalán 16/2010, de 16 de febrero, por el cual se aprueba el Plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales (DOGC nº 5570, de 18 de febrero de 2010)

Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona

Resumen:

El Decreto 16/2010, de 16 de febrero, aprueba el Plan territorial sectorial de infraestructuras de residuos municipales, dando así cumplimiento a las previsiones del artículo 6.5 del Decreto 1/2009, de 21 de julio, que imponía al Gobierno su aprobación. Este Plan, cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el territorio de Cataluña, tiene como objeto determinar y, en su caso, localizar las instalaciones de gestión de residuos municipales (plantas de trasvase o de transferencia, de compostaje, de metanización, de selección, de incineración y otros tratamientos térmicos, para tratamientos específicos y depósitos controlados) que deben dar servicio a los diferentes ámbitos territoriales de Cataluña, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje y valorización del Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña; así como determinar los datos

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24 February 2010

Current Case Law Supreme Court

Jurisprudencia al día. Deslinde del dominio público marítimo terrestre

Sentencia del Tribunal Supremo 13 de noviembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)

Autora de la Nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la UDC. Coordinadora del Observatorio del Litoral

Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100603

Palabras Clave: Ley de Costas, planeamiento urbanístico. Deslinde provisional y definitivo. Servidumbre de protección; derecho transitorio. Suelo urbano. Actos propios: doctrina jurisprudencial.

Resumen:

La parte actora había solicitado ante la Audiencia Nacional la anulación de la Orden aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de 2.971 metros del término municipal de San Fernando (Cádiz) comprendido entre la carretera de Camposoto y el muelle de Gallineras.

La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 11 de mayo de 2005 desestimando el recurso basándose en los siguientes fundamentos jurídicos, que se exponen de forma extractada:

[…] “Se alega, en esencia, que la línea probable de deslinde que fue tomada en consideración para la revisión del PGOU de San Fernando, informado favorablemente por la Administración de Costas,

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22 February 2010

Current Issues

Actualidad. Curso de profundización sobre Ordenación del territorio, Vivienda, Urbanismo y Medio ambiente

El Observatorio del Litoral y el Instituto de Estudios Marítimos de la UDC, en colaboración con el Instituto de Medio Ambiente y Actualidad Jurídica Ambiental, tienen el placer de convocar el 1º Curso de especialización en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente dirigido a estudiantes, profesionales del Derecho y demás público interesado en profundizar en el estudio de las citadas materias. (Véase: PROGRAMA DEL CURSO DE ESPECIALIZACIÓN)

Organizado bajo la dirección de los profesores Marta García Pérez y Juan José Pernas García, el curso contará con la participación de especialistas de reconocido prestigio del panorama científico nacional que intervendrán durante un total de 70 horas, distribuídas a lo largo de veinte sesiones que serán impartidas durante los meses de marzo, abril, mayo y parte de junio en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la Universidade da Coruña, en horario de 16:15 horas a 20:30.

Abierto el plazo de preinscripción:

Aquellos interesados en asistir deberán preinscribirse dentro del plazo que media entre el 22 de febrero de 2010 y el 3 de marzo de 2010. Sólo se ofertan 30 plazas y la adjudicación se realizará

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22 February 2010

Current Case Law

Jurisprudencia al día. Aguas residuales urbanas

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de diciembre de 2009 – Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, asunto C-390/07

Palabras clave: incumplimiento de Estado; Directiva 91/271/CEE; tratamiento de las aguas residuales urbanas; Falta de identificación de determinadas zonas que habrían debido ser designadas como sensibles en virtud de la eutrofización y falta de aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos de aguas residuales urbanas de las aglomeraciones que tengan un equivalente habitante superior a 10.000 en zonas sensibles o que habrían debido ser identificadas como sensibles; concepto de eutrofización; criterios; carga de la prueba; fecha pertinente para el examen de los elementos; ejecución de las obligaciones de recogida – Aplicación de un tratamiento más riguroso de los vertidos en las zonas sensibles.

Resumen:

La Comisión interpuso recurso por incumplimiento contra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por haber vulnerado las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (en concreto los artículos 3, apartados 1 y 2, 5, apartados

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