Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos (DOGC de 28 de julio de 2009)
Con el propósito de armonizar y aportar claridad el régimen jurídico de los residuos en Cataluña, el Decreto Legislativo 1/2009 , vigente desde el pasado 29 de julio, refunde en un único texto la Ley 6/1993 de 15 de julio, reguladora de los residuos, la Ley 11/2000, de 13 de noviembre, reguladora de la incineración de residuos; la Ley 15/2003, de 13 de junio, de modificación de la Ley 6/1993 y la Ley 9/2008, de 10 de julio, de modificación de la Ley 6/1993.
Desde el año de su publicación, la Ley 6/1993 reguladora de los residuos en Cataluña ha sido sometida a varias modificaciones parciales con la finalidad de adecuarla a la legilación Europea, estatal y autonómica. Este hecho ha determinado una falta de uniformidad en la terminología empleada por la norma, que ha aconsejado la revisión de la redacción de algunas de sus disposiciones.
Real Decreto 1304/2009, de 31 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante el depósito en vertedero (BOE de 1 de agosto de 2009)
El Real Decreto 1304/2009 viene a corregir las deficiencias puestas de manifiesto por la Comisión Europea en relación con la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos.
Para ello, la norma de 2009 modifica el Real Decreto 1481/2001 , de 27 de diciembre, introduciendo un nuevo párrafo f) en el artículo 9.1 , que establece como requisito para la concesión de la autorización para un nuevo vertedero, o para la ampliación o modificación de uno existente, una comprobación previa que llevarán a cabo las autoridades competentes con la finalidad de constatar que el proyecto de vertedero cumple con todos los requisitos y obligaciones establecidas en el Real Decreto 1481/2001 , de 27 de diciembre, incluidos sus anexos.
Fuente: página Web del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (http://www.marm.es/, visto el 30 de julio de 2009)
Entre noviembre de 2008 y abril de 2009 se han aprobado dos directivas que revisan la 2003/87/CE, reformando el régimen europeo de comercio de derechos de emisión y extendiendo su ámbito de aplicación. Estos cambios obligan a modificar la Ley 1/2005. Por un lado, la directiva 2008/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, tiene como objeto reducir el impacto en el cambio climático atribuible a la aviación, mediante la inclusión de las emisiones de las actividades de este sector en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión. Por su parte, la directiva 2009/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, acomete una revisión general del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión que resultará de plena aplicación a partir de 2013.
Con el objeto de transponer estas directivas el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino ha elaborado un borrador de anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 1/2005, que ahora se somete a información pública. En este borrador se abordan
Fuente: Europapress, 27 de julio de 2009
Tras tres años de aplicación de la estrategia de desarrollo sostenible, la Comisión ha hecho balance de la situación a nivel de la UE y ha emprendido una reflexión sobre el futuro de esta estrategia.
El informe confirma que las políticas de la UE han logrado avances positivos en las siete áreas prioritarias cubiertas por la estrategia. Cabe citar a título de ejemplo: el paquete de medidas de la UE sobre cambio climático y energía de diciembre de 2008, las medidas tomadas en favor de una mayor consideración de los aspectos ecológicos en el transporte y unos sistemas de transporte más inteligentes, la mejora de la eficiencia energética de los edificios, las revisiones de las directivas sobre el diseño ecológico y la etiqueta ecológica, el establecimiento de un marco integrado para la política marítima y una estrategia sanitaria de la UE, el trabajo en materia de inmigración y la lucha contra la pobreza y la exclusión. También se ha avanzado en sectores transversales como la educación, la investigación y la financiación. Sin embargo, en algunos sectores persisten tendencias insostenibles. Por ejemplo, la demanda de recursos naturales sigue una tendencia creciente,
Orden de 14 de julio de 2009 por la que se regula la aplicación de la condicionalidad y se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, nº 138, de 20 de julio de 2009).
Mediante esta norma se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo.
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