Orden PRE/2827/2009, de 19 de octubre, por la que se modifican las cuantías de las asignaciones sectoriales establecidas en el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero, 2008-2012, aprobado por el Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre (BOE nº 256, de 23 de octubre de 2009)
La Orden PRE/287/2009 modifica las cuantías de las asignaciones sectoriales para 22 instalaciones establecidas en el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero, 2008-2012, aprobado por el Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre. La modificación se realiza con la finalidad de ejecutar las resoluciones que han estimado los recursos de reposición presentados por algunas de las instalaciones incluídas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo frente a la resolución por la que se les asignaban los derechos de emisión correspondientes al período 2008-2012.
Sentencia del TSJ de Galicia 00775/2009, de 23 de septiembre de 2009
Autora de la nota de jurisprudencia: Alba Nogueira López, profesora titular de Derecho administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
Palabras clave: declaración de impacto ambiental; acuicultura; Red Natura 2000; Plan Sectorial de Ordenación Territorial de Parques de Tecnología Alimentaria; suspensión posterior por Acuerdo de la Xunta de Galicia de proyectos en Red Natura 2000; caracterización de hábitats prioritarios.
Resumen:
La asociación ecologista ADEGA insta la anulación de la Declaración de impacto ambiental de una planta de acuicultura ubicada en Red Natura por incumplimiento de los trámites previstos en la Directiva hábitats para estos supuestos. La Xunta
El Consejo de Ministros de la Unión Europea ha adoptada, en la reunión celebrada el pasado 21 de octubre de 2009 en Luxemburgo, unas conclusiones relativas al posicionamiento de la UE relativas a la Conferencia sobre cambio climático que se celebrará del 7 al 18 de diciembre de 2009 en la capital danesa.
Con una perspectiva a largo plazo (2050) sobre el objetivo de reducción de emisiones para la UE, el Consejo acordó la necesidad de establecer un objetivo comunitario tal y como ha sido aceptado en diferentes foros internacionales (G8, MEF). Los Ministros apoyan el objetivo del 80-95 por ciento en 2050. Los Ministros también discutieron sobre los objetivos mundiales para los sectores aéreo y marítimo que tendrán que adoptarse en Copenhague en el marco de la CMNUCC. El Consejo ha acordado proseguir los objetivos de reducción mundial en el sector de la aviación en un 10 por ciento y en un 20 por ciento para el sector marítimo, tomando como año base el 2005. Respecto a las reglas que rigen la de la contabilidad de las emisiones derivadas del uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura
Ha sido publicado el Boletín informativo nº6 (Octubre de 2009) del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT). Consúltese en el siguiente enlace:
– Butlletí CEDAT Nº 6 (Octubre de 2009)
Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (BOE nº 255, de 22 de octubre de 2009)
En el marco de la estrategia de protección de la calidad de las aguas, y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 17 de la Directiva 2000/60/CE, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron la Directiva 2006/118/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.
Mediante este Real decreto se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2006/118/CE con el objetivo de prevenir o limitar la contaminación de las aguas subterráneas, estableciendo los siguientes criterios y procedimientos para evaluar su estado químico:
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