30 April 2010

Comments Case-law Comments

Comentario.”Polémica en torno a la condena en costas en los casos medioambientales planteados en el Reino Unido”

Autora del Comentario: Montse Valencia León, asesora jurídica de Amigos da Terra y miembro de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental.

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00185

Hace unos meses, vio la luz una Sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba la condena en costas impuesta a dos asociaciones ecologistas que denunciaron y sostuvieron la acusación contra quienes entendían que podían ser causantes de la probada contaminación del Río Segura a su paso por Orihuela y hasta su desembocadura en Guardamar. Los miembros de estas asociaciones actuaron movidos por el interés común de procurar para todos -incluso para quienes contaminan- un entorno habitable, sostenible y respetuoso con el medio ambiente. Las costas ascendían a más de 30.000 euros.

En relación a este caso, como a otros en los que se impone el pago de costas a asociaciones ecologistas que en muchas ocasiones tienen que desistir de continuar el proceso ante la imposibilidad del pago de las mismas, en Reino Unido se ha llevado a debate precisamente esta situación, con el fin de que dicha imposición se elimine y así, poder ejercitar el acceso a la justicia medioambiental que promueve el Convenio de Aarhus.

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29 April 2010

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Evaluación de impacto ambiental

Ley 6/2010, de 24 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (BOE nº 73, de 25 de marzo de 2010)

La Ley 6/2009 modifica el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (TRLEIAP), con el propósito de agilizar el procedimiento de evaluación ambiental e incrementar la claridad y transparencia de los distintos trámites que lo conforman.

En este sentido, la norma recientemente publicada en el BOE introduce las siguientes modificaciones y novedades:

– Modifica el artículo 5 del Texto refundido para delimitar clara y concretamente las actuaciones que comprende el procedimiento de Evaluación de Impacto ambiental de proyectos, actuaciones que la norma de 2009 también pasa a integrar en tres fases diferenciadas:

– Fase 1: Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.

– Fase 2: Estudio de impacto ambiental, información pública y consultas.

– Fase 3: Declaración de impacto ambiental.

– Se modifican los artículos 6.2, 7.3,

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20 April 2010

Bibliographic references

Referencias doctrinales al día. "Política ecológica y pluralismo territorial. Ensayo sobre los problemas de articulación de los poderes públicos para la conservación de la biodiversidad"

Fernando LÓPEZ RAMÓN: “Política ecológica y pluralismo territorial. Ensayo sobre los problemas de articulación de los poderes públicos para la conservación de la biodiversidad”, Marcial Pons, Madrid, 2009

Autor de la Nota: Francisco Javier Sanz Larruga. Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña. Director del Grupo de Investigación “Observatorio del Litoral”

Casi treinta años después de la publicación de su monografía boloñesa, La conservación de la naturaleza: los espacios naturales protegidos (1980), el Profesor Fernando LÓPEZ RAMÓN –quien, junto al Maestro MARTÍN MATEO, en uno de los pioneros en los estudios del Derecho Ambiental en nuestro país- nos ofrece una muy valioso ensayo sobre las claves del sistema jurídico y organizativo de la protección de la biodiversidad en España.

Como declara el autor en la presentación del libro su objetivo es el de “identificar los principales problemas que presenta el régimen de conservación de la biodiversidad en la experiencia española, bajo la óptica de la necesaria articulación entre las políticas de los poderes territoriales” (p. 15). Y, justamente, la obra se estructura en las cuatro principales cuestiones problemáticas que es posible identificar en la materia objeto de estudio: los

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20 April 2010

Castille and Leon Current Legislation

Legislación al día. Castilla y León

CORRECCIÓN de errores de la ORDEN MAM/2187/2009, de 23 de noviembre, por la que se establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010 publicada en BOCYL nº 228; viernes, 27 de noviembre de 2009. (BOCYL nº 52, 16 de marzo de 2010)

Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat

Resumen:

Mediante la Orden de 23 de noviembre de 2009 se establecieron la normas anuales reguladoras de la pesca en la Comunidad de Castilla y León para el período de Castilla y León, de acuerdo con la previsión de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en la Comunidad castellano y leonesa. En dicha Orden se establecen tanto las especies pescables, como las épocas hábiles de pesca para cada una de las especies, así como las dimensiones mínimas para cada una de las mismas; así como los vedados.

La corrección de errores publicada el 16 de marzo, se refiere al dibujo referido a los anzuelos utilizables para la pesca con lombriz en las aguas

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19 April 2010

Castille and Leon Current Case Law High Court of Justice of the Administrative Community

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Vertidos

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 22 de enero de 2010. (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª. Sede de Burgos. Sentencia 36/2010, de 22 de enero de 2010. Ponente Dña. María Begoña González García.)

Fuente: Id. Cendoj: 09059330012010100051

Autor de la nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.

Temas clave: Vertidos a las aguas. Infracción Ley de Aguas. Procedimiento sancionador. Gestión de residuos ganaderos.

Resumen: Ante la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se sanciona con multa de nueve mil euros por vertidos a las aguas de residuos ganaderos; la parte demandada interpone recurso jurisdiccional.

El recurrente alega que se vulnera el principio de presunción de inocencia, propio del procedimiento sancionador, dado que no se considera probada la existencia de los vertidos; ni tampoco queda acreditado que exista consecuencia alguna para las aguas o para el medio ambiente; así como tampoco la capacidad o efecto contaminante de la sustancia vertida al terreno, ante la falta de toma de muestras. Y, o en todo caso, se alega una inadecuada calificación de los hechos denunciados.

Alegaciones de

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