Libro “Observatorio de Políticas Ambientales”, coordinado por Fernando López Ramón, ed. Thomson- Aranzadi
El CIEDA tiene el placer de ofrecer abiertamente los documentos completos del libro “Observatorio de Políticas Ambientales”, correspondientes a las siguientes ediciones:
– LÓPEZ RAMÓN, Fernando (Coord.). Observatorio de Políticas Ambientales 2008, Pamplona, Thomson-Aranzadi, 2008, 695 pp.
– LÓPEZ RAMÓN, Fernando (Coord.). Observatorio de Políticas Ambientales 2009, Pamplona, Thomson-Aranzadi, 2009, 756 pp.
– LÓPEZ RAMÓN, Fernando (Coord.). Observatorio de Políticas Ambientales 2010, Pamplona, Thomson-Aranzadi, 2010. 781 pp.
– LÓPEZ RAMÓN, Fernando (Coord.). Observatorio de Políticas Ambientales 2011, Pamplona, Thomson-Aranzadi, 2011 (en imprenta). Por el momento podemos ofrecerles el artículo introductorio “Introducción general: regresiones del derecho ambiental“, elaborado por Fernando López Ramón, catedrático de Derecho Administrativo y coordinador del Observatorio de Políticas Ambientales.
El vínculo permanente de estos documentos se encuentra en nuestro apartado correspondiente al Observatorio de Políticas Ambientales.
MONOGRAFÍAS:
Aguas:
SÁNCHEZ BRAVO, Alvaro; CORDEIRO LOPES, Anselmo H. “Agua: Estudios y experiencias”. Sevilla: Arcibel, 2011. 322 p.
Biotecnología:
ROMEO CASABONA, Carlos María. “Los nuevos horizontes de la investigación genética”. Granada: Comares, 2011. 144 p.
Cambio climático:
MANERO SALVADOR, Ana. El deshielo del Ártico: retos para el derecho internacional: La delimitación de los espacios marinos y la protección y preservación del medio ambiente. Cizur Menor (Pamplona): Aranzadi, 2011. 186 p.
La UE accede a estudiar la compensación a España por la “crisis del pepino”
Autor: José Martínez Sánchez. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Seguridad Alimentaria; España; Unión Europea
Fuente: Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Medio Marino
La Unión Europea ha accedido a estudiar cómo compensar a los agricultores españoles ante las graves pérdidas económicas sufridas en el sector agrario español, tras la alerta sanitaria originada en Alemania con los pepinos españoles. La Ministra de Medio Ambiente, Rosa Aguilar, había exigido a Alemania y a la Unión Europea medidas y compensaciones por los daños y perjuicios irreversibles habidos en el sector hortofrutícola, sin descartar incluso proceder a acciones legales.
Las autoridades germanas se habían aventurado a achacar el origen del brote bacteriológico, que ha causado al menos 16 muertos y 329 enfermos contagiados en Alemania, a la presencia de la bacteria Escherichia Coli O104 en pepinos ecológicos provenientes del sur de España. Finalmente, los análisis de dos pepinos españoles que se pensaba que habían sido los causantes de la infección, determinaron la inexistencia de ese tipo bacteriano en los productos españoles.
Sentencia de 12 de mayo de 2011, asunto C-115/09, Bund für Umwelt und Naturschutz Deutschland
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Temas clave: Directiva 85/337/CEE; evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente; Convenio de Aarhus; Directiva 2003/35/CE; acceso a la justicia; organizaciones no gubernamentales de protección del medio ambiente; legitimación; vulneración de la normativa ambiental.
Resumen:
La sentencia del TJUE resuelve una petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 10 bis de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Esta petición se planteó en un litigio sobre la concesión de una autorización para la construcción y explotación de una central térmica en Alemania, que se encontraba a ocho kilómetros de cinco áreas designadas como zonas protegidas.
Las cuestiones prejudiciales planteadas ante el TJUE se refieren básicamente a la legitimación de las ONG ambientales para plantear recursos contra actos autorizatorios de proyectos sometidos a EIA, a la luz del contenido del artículo
Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jesús Ernesto Peces Morate)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 1970/2011
Temas Clave: Telecomunicaciones; Unidad de mercado; Instalaciones de radiocomunicación; Antenas de telefonía móvil; Emisiones electromagnéticas; Mejor tecnología disponible
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por Retevisión Móvil S.A. contra la sentencia pronunciada, con fecha 15 de diciembre de 2005, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo planteado por la citada sociedad mercantil contra el Decreto autonómico catalán 148/2001, de 29 de mayo, de ordenación ambiental de las instalaciones de telefonía móvil y otras instalaciones de radiocomunicación. La actora fundamenta su recurso en dos motivos de casación, ambos al amparo del subapartado d) del artículo 88.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El Tribunal Supremo estima los dos motivos de casación alegados (el segundo sólo en determinados términos
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