Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de mayo de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jorge Rodríguez-Zapata Pérez)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 2786/2011
Temas Clave: Competencias Autonómicas; Medio Ambiente; Aguas Interiores; Mar Territorial; Áreas Marinas Protegidas; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 27 de diciembre de 2006, siendo partes recurridas la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Benidorm. El Tribunal Superior de Justicia había desestimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Administración General del Estado contra el Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana 58/2005, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los recursos naturales de la Serra Gelada y su zona litoral y que incluye en su ámbito territorial de aplicación tanto aguas exteriores o mar territorial
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 100, de 26 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Autorización ambiental; Licencia Ambiental; Autorización ambiental integrada; Comunicación ambiental; Actividades clasificadas; Disciplina ambiental
Resumen:
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que respecta a las autorizaciones ambiental integrada y unificada y a la comunicación ambiental de instalaciones y actividades, con el fin de evitar y, cuando no sea posible, reducir y controlar en origen, la contaminación y las emisiones que puedan producir, garantizando la protección del medio ambiente y la salud de las personas.
Hasta la aprobación de la Ley 5/2010, el control ambiental de estas actividades se realizaba a través del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP) aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre. Sin embargo, la citada Ley deja sin aplicación el RAMINP,
Decreto 124/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueban las Directrices de Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias (BOCAN núm. 112, de 8 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ordenación del territorio; Directrices de ordenación territorial; directrices de ordenación sectorial; telecomunicaciones
Resumen:
En el marco de la legislación básica del Estado y de las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Canarias, las presentes Directrices de Ordenación Sectorial regulan el modo en que deberá realizarse por el planificador el estudio territorial y urbanístico en todo el territorio canario, para llevar a cabo la previsión en el planeamiento de la implantación e infraestructuras de telecomunicaciones con respeto y para la protección del territorio y de los recursos naturales.
Las Directrices se estructuran en tres títulos, correspondientes a disposiciones generales el primero, planificación urbanística y territorial el segundo, y criterios técnicos el tercero.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 29 de abril de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ STSJ CL 2471/2011
Temas Clave: Montes; Propiedad Forestal; Junta de Ledanías; Órgano de gobierno; Poder decisorio
Resumen:
El objeto principal sobre el que se pronuncia la Sala se ciñe a resolver si el Ayuntamiento de Palacios de la Sierra, copropietario en la proporción de un 20% proindiviso del monte catalogado de utilidad pública nº 256 desde 1652, año en que fueron dictadas las Ordenanzas de uso por parte de Felipe IV, a pesar de tener derecho para administrar su cuota de participación, puede o no participar en la toma de decisiones del órgano colegiado perteneciente a la Ledanía “Hermandad de las villas de Salas de los Infantes, Castrillo de la Reina, Hacinas y el Concejo de Arriba”, copropietaria del monte pero de la que no forma parte el citado Ayuntamiento. Y, en su caso, si la no participación en la Junta de Ledanías
Title: “Features, Innovations And Shortcomings Of The Bill On Waste And Contaminated Soils”
Author: José Francisco Alenza García, Professor of Administrative Law of Public University of Navarra
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00200
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