Reglamento de Ejecución (UE) nº 725/2011 de la Comisión de 25 de julio de 2011 por el que se establece un procedimiento de aprobación y certificación de tecnologías innovadoras para reducir las emisiones de CO2 de los turismos, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE L 194/19, 26 de julio de 2011)
Autor: Pablo Miquel Bautista, Estudiante en Prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Calidad del aire; Emisiones; Turismos; Nuevas Tecnologías
Resumen:
El presente Reglamento establece el protocolo de ejecución para la aprobación y posterior certificación de tecnologías innovadoras en la reducción de las emisiones de CO2 de los turismos, basándose para ello en las directrices marcadas por el Reglamento 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 30 de junio de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 30 de junio de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ STSJ EXT 1106/2011 y STSJ EXT 1131/2011
Temas Clave: Energía Eólica; Declaración de Impacto Ambiental; Estudio de Impacto Ambiental; Autorización para la instalación; Protección de la biodiversidad
Resumen:
Se ha considerado necesario efectuar un análisis conjunto de estas dos sentencias por referirse a supuestos prácticamente idénticos. En ambas se resuelven los recursos contencioso-administrativos interpuestos por la mercantil “Instituto de Energías Renovables, S.L.” frente a las resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a través de las cuales se denegaba la autorización para la instalación de dos parques eólicos, denominados respectivamente “Montánchez I” y “Montánchez II”.
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de junio de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Manuel Campos Sánchez-Bordona)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT).
Fuente: ROJ STS 3596/2011
Temas Clave: Aguas; Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos; Cuencas Hidrográficas Intercomunitarias; Principio de Unidad de Gestión de las Cuencas Hidrográficas; Traspaso de Funciones y Servicios.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma. La recurrente solicitaba la nulidad en su integridad del Real Decreto impugnado o, subsidiariamente, su anulación en los particulares mediante los que se trasfiere a la Junta de Andalucía la titularidad y gestión de los embalses de Guadalmena, Dañador, Yeguas, Rumblar, La Fernandina,
Directiva 2011/70/EURATOM del Consejo de 19 de julio de 2011 por la que se establece un marco comunitario para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos. (DOUE núm. 199, de 2 de agosto de 2011)
Autor: David Arribas Gómez, Estudiante en Prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Residuos Radiactivos; Gestión de residuos;
Resumen:
El propósito de la Directiva es establecer un marco de seguridad en la gestión de los residuos radiactivos y combustible nuclear gastado, incluyendo los residuos procedentes del previsible desmantelamiento de instalaciones nucleares existentes. Se pretende proteger así a la población y en especial a las generaciones venideras de los peligros que derivan de las radiaciones ionizantes.
La Directiva, con un total de diecisiete Artículos, se estructura en tres capítulos, y aparecen rubricados de la siguiente forma, Capítulo I, «Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales», Capítulo II, «Obligaciones» y por último Capítulo III, «Disposiciones finales».
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Aguas:
FRIGERIO, Letizia. “Non si può discendere due volte nel medesimo fiume…”. Rivista giuridica dell’ ambiente, n. 3/4, 2011, pp. 539-543
MELLADO RUIZ, Lorenzo. “El sistema competencial sobre las aguas continentales tras la STC 31/2010, de 28 de junio, sobre el nuevo Estatuto Catalán”. Revista aragonesa de administración pública, n. 38, 2011, pp. 365-411, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Organismos/InstitutoAragonesAdministracionPublica/Documentos/docs2/Instituto%20Aragonés%20Adm%20Pública/Revista%20Aragonesa%20Adm%20Pública/Revista%20completa%2032%20jun%202008+/Numero38/09.pdf [Fecha de último acceso 31 de agosto de 2011].
Aguas residuales:
SERRALLONGA Y SIVILLA, María Montserrat. “Vertido de aguas residuales sin autorización: Sanción procedente a la infracción”. La administración práctica: enciclopedia de administración municipal, n. 6, 2011, pp. 525-526
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