El Comité de las Regiones pone de relieve la contribución de los entes locales y regionales de la UE a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el desarrollo sostenible de 2012 (Río+20)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, de 23 de febrero de 2012
Temas Clave: Desarrollo Sostenible; Río+20
El Comité de las Regiones en el Dictamen titulado “Contribución de los entes locales y regionales de la UE a la conferencia de las Naciones Unidas sobre el desarrollo sostenible de 2012 (Río+20)”, destaca, nuevamente, la importancia de las medidas y cambios para apoyar y potenciar el trabajo sobre el desarrollo sostenible, algo que supone una responsabilidad compartida. Consecuentemente, solicita que se haga referencia explícita a los gobiernos subnacionales y a los entes locales y se les habilite para participar en todas las deliberaciones de la Cumbre Río+20, así como en todos los preparativos que preceden a la Cumbre y en los actos de seguimiento y en su aplicación. A su vez, se solicita que en la Conferencia sobre el Desarrollo Sostenible a celebrar en junio de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 23 de diciembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: Raimundo Prado Bernabeu)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ TSJ EXT 2039/2011
Temas Clave: Vías pecuarias; Deslinde administrativo; Derecho de propiedad sobre terrenos integrantes de la vía pecuaria; Dominio público; Imprescriptibilidad e Inembargabilidad
Resumen:
El objeto de este recurso se ciñe a la Orden de 3 de febrero de 2003 por la que se aprueba el deslinde del Descansadero – Abrevadero del Arroyo Hornera así como la Orden de 2 de abril de 2003 por la que se aprueba el deslinde de la Vía Pecuaria Real de Santa Elena y la resolución de 28 de mayo de 2009 de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Agricultura y Medioambiente de la Junta de Extremadura, desestimatoria de solicitud de notificación de las anteriores Órdenes.
El debate se centra en determinar si el derecho de propiedad sobre terrenos o superficies integrantes de una vía pecuaria,
Revista Actualidad Jurídica Ambiental:
El Recopilatorio mensual n. 10, de febrero de 2012, ya se encuentra disponible a través del enlace “RECOPILATORIO MENSUAL” que consta en el encabezamiento del portal de la revista.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia núm.1232/2011, de 15 de diciembre de 2011. (Sala de lo Contencioso. Sede A Coruña, Sección 2ª. Recurso núm. 4454/2011. Ponente Dña. Cristina María Paz Eiroa)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Roj: STSJ GAL 10190/2011
Temas Clave: Actividades clasificadas; licencias; antenas de telefonía móvil
Resumen:
La presente sentencia se circunscribe al recurso de apelación interpuesto por la compañía telefónica “Telefónica Móviles” contra la sentencia de 27 de abril de 2011 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense en el procedimiento ordinario 291/2010, siendo parte apelada el Ayuntamiento de la misma localidad. En aquella Sentencia el fallo desestimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la misma compañía y, por tanto, no se anuló el acuerdo denegatorio de la licencia solicitada para la instalación de una antena de telefonía móvil, argumentándose que “la antena de telefonía móvil requiere por una parte licencia de actividad, y por otra parte la actividad de dicha antena está sujeta al régimen de actividades clasificadas, cuyo ejercicio requiere por ello la previa obtención de licencia de actividad. Tal
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 10 de enero de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: Pablo Delfont Maza)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Energías Renovables; Energía Fotovoltaica; Suelo Rústico; Aprovechamiento urbanístico atípico
Resumen:
Siendo objeto de esta Sentencia el recurso de apelación formulado por el Ayuntamiento de Llucmajor contra la Sentencia 175/2011 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma de Mallorca que estimó el recurso entonces presentado y reconoció el derecho a la devolución de las cantidades ingresadas por la en aquella ocasión actora. El Ayuntamiento ahora esgrime en primer lugar que el parque fotovoltaico –la actividad de generación de energía promovida por el sector privado- es una actividad privada y no pública; en segundo lugar, que las declaraciones de utilidad pública tienen evidentes implicaciones urbanísticas tanto a nivel de Consell Insular como de Ayuntamiento, de la que sería muestra la ocupación del territorio, el afeamiento del entorno, el impacto visual o la incidencia negativa en el paisaje; en tercer lugar que no existe impedimento para que el Ayuntamiento liquide el 10% del aprovechamiento atípico
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