Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales (DOCM núm. 84 de 27 de abril de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental
Resumen:
Como consecuencia de la falta de una Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012 e igualmente de una Ley de Presupuestos Generales de la Junta para el mismo año, se hace imposible abordar de manera urgente algunas medidas que palien, en la medida de lo posible, la situación económico-financiera de la Hacienda Regional.
Por ello, la presente norma adopta diversas medidas de carácter tributario, de las que destacamos por su relevancia desde el punto de vista ambiental las siguientes:
– Se modifican las cuotas y tarifas de las tasas en materia de industria y energía y minas de la Ley 7/2008, de 13 de noviembre, materializándose así, los cambios operados en estas materias por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Acceso a la justicia:
OVG Münster. “Zum Umfang des Klagerechts eines Umweltverbands in einem immissionsschutzrechtlichen Verfahren; zur Nachholung einer erforderlichen FFH-Verträglichkeitsprüfung”. Natur und recht, vol. 34, n. 5, 2012, pp. 342-361
Aguas:
LEME MACHADO, Paulo Affonso. “l’uso dei fiumi internazionali: il caso delle cartiere sul Fiume Uruguay di fronte alla Corte Internazionale di Giustizia”. Rivista giuridica dell’ ambiente, n. 1, 2012, pp. 95-116
ORÓN MORATAL, Germán. “¿La tasa como tibuto obligatorio? Tasas por servicios hídricos y aprovechamientos hidráulicos y condicionantes de su cuantificación (1)”. Tribuna Fiscal: Revista Tributaria y Financiera, n. 258, 2012, pp. 34-39
Se aprueba el Real Decreto 715/2012, de 20 de abril, por el que se crea la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas. (BOE núm. 113, de 11 de mayo de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2012/05/11/pdfs/BOE-A-2012-6263.pdf
Temas Clave: Medio Marino; Comisiones Interministeriales; Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Ministerio de Economía y Competitividad; Ministerio de Fomento; Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Resumen:
Con la finalidad de que las políticas sectoriales que se lleven a cabo o puedan afectar al medio marino sean compatibles y se adapten a los objetivos de las estrategias marinas, es necesaria la colaboración de las Administraciones que desarrollan actividades en el medio marino. En este sentido, se crea la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas que tendrá como función coordinar la elaboración, aplicación y seguimiento de la planificación del medio marino.
Entre sus funciones destacan: El análisis y evaluación de la información relacionada con el medio marino que los departamentos ministeriales integrados en la Comisión puedan aportar. El intercambio de información sobre instalaciones, proyectos y planes sectoriales que estén ubicados, que afecten o que
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta), de 24 de mayo de 2012, asunto C-97/11, por la que se resuelve la cuestión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Commissione tributaria provinciale di Palermo (Italia).
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca. Profesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: residuos, vertederos, impuestos sobre el depósito de residuos sólidos en vertederos, efecto directo de la Directiva de vertederos.
Resumen:
a. Breve referencia al supuesto de hecho.
La petición de decisión prejudicial versa sobre si, a la luz de la sentencia de 25 de febrero de 2010, Pontina Ambiente (C‑172/08, Rec. p. I‑1175), el órgano jurisdiccional remitente debe abstenerse de aplicar las disposiciones nacionales que considera contrarias al artículo 10 de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos y a los artículos 1 a 3 de la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
Directiva 2012/14/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012, Directiva 2012/15/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012 y Directiva 2012/16/UE de la Comisión de 10 de mayo de 2012, por las que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que se incluya como sustancias activas en su anexo I el extracto de margosa, la metilnonilcetona y el ácido clorhídrico como sustancias activas (DOUEL 123/39 de 9 de mayo; 123/36, de 9 de mayo y 124/36 de 11 de mayo de 2012, respectivamente)
Temas Clave: Biocidas; Sustancias Activas
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
El Reglamento (CE) núm.1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas, establece una lista de sustancias activas que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE. En esa lista figura el ácido clorhídrico,
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