Se aprueba la Estrategia de Paisaje de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Temas Clave: Paisaje; Ordenación del territorio; Andalucía
Resumen:
Por Acuerdo de 6 de marzo de 2012, el Consejo de Gobierno Andaluz ha aprobado esta Estrategia que tiene como finalidad integrar el paisaje en todas las políticas de la Junta de Andalucía con posible repercusión directa o indirecta sobre el paisaje, orientando estas políticas hacia un paradigma común, y asentando en Andalucía una política específica para el paisaje con un carácter transversal, mediante la acción compartida, integrada y coordinada de las Consejerías involucradas.
La Estrategia se fundamenta en el desarrollo de siete objetivos de calidad paisajística: Impulsar la recuperación y mejora paisajística del patrimonio natural, impulsar la recuperación y mejora paisajística del patrimonio cultural, cualificar los espacios urbanos, cualificar los paisajes asociados a actividades productivas, cualificar las infraestructuras de transporte, energía y telecomunicaciones, implementar instrumentos de gobernanza paisajística y potenciar la sensibilización, la educación y la formación en
Se publica el Acuerdo de 13 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los planes de recuperación y conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos de Andalucía
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 60, de 27 de marzo de 2012.
Temas Clave: Biodiversidad; Especies Amenazadas; Planes de Recuperación y Conservación; Hábitats Protegidos
Resumen:
Atendiendo a las exigencias y los objetivos que en materia de conservación y protección de especies se establecen en la legislación europea, estatal y autonómica, con este Acuerdo se aprueban los Planes de Recuperación y Conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos incluidos en alguna de las categorías recogidas en los catálogos español y andaluz de especies amenazadas, dándose así cumplimiento a lo establecido en la Ley 8/2003, de 28 de octubre de la Flor ay la Fauna Silvestres de Andalucía y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Así se aprueban mediante este Acuerdo el Plan de recuperación y
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Espacios naturales protegidos:
PETERSON, Laura et al. “Natural Resource “Conflicts” In The U.S. Southwest: A Story Of Hype Over Substance”. Sustainable Development Law & Policy = Revista del Derecho y la Política del Desarrollo Sostenible, vol. 12, n. 1, 2011, pp. 32-36
Evaluación ambiental estratégica:
MULDER, Jan De. “The Protocol on Strategic Environmental Assessment: A Matter of Good Governance”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 20, n. 3, 2011, pp. 232-247
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Legislación y jurisprudencia ambiental
EDWARDS, Vanesa. “Significant EU Environmental Cases: 2011”. Journal of Environmental Law, vol. 24, n. 1, 2012, pp. 155-170
EMBID IRUJO, A. et al. “Crónicas de Jurisprudencia: XIII. Medio Ambiente”. Justicia administrativa: Revista de derecho administrativo, n. 54, 2011
Sentencia del TJUE (Sala Cuarta) de 15 de marzo de 2012, Comisión Europea/República de Chipre, asunto C-340/10
Autor: José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Protección de especies; incumplimiento de Estado; Directiva 92/43/CEE; artículos 4, apartado 1, y 12, apartado 1; no inclusión del lugar de importancia comunitaria del lago Paralimni dentro del plazo establecido; sistema de protección de la especie Natrix natrix cypriaca (culebra de collar de Chipre).
Resumen:
La Comisión Europea interpone en este asunto un recurso de incumplimiento contra la República de Chipre por haber incumplido el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Los motivos concretos son los siguientes:
– No haber incluido la zona del lago Paralimni en la lista nacional de lugares de importancia comunitaria propuestos (en lo sucesivo, «LICp»).
– Haber permitido actividades que ponen en grave riesgo las características ecológicas del lago Paralimni y al no haber adoptado
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