Decreto 89/2012, de 28 de junio, por el que se establecen normas adicionales aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión con objeto de proteger la avifauna y atenuar los impacto ambientales (BORM núm. 151 de 2 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía; Energía eléctrica; Protección de especies
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo de la legislación básica del Estado y el establecimiento de normas adicionales de carácter técnico para la protección del medio ambiente, aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión que discurran por el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, así como de atenuar el impacto paisajístico y otros impactos ambientales.
Sin perjuicio de lo que disponga el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, quedarán sometidas a las normas establecidas
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Actividades clasificadas:
“Les conséquences d’une modification de la nomenclature des installations classées: L’arrêt Société Lanvin du Conseil d’État constitue une occasion de revenir sur les règles régissant le changement de nomenclature d’une installation classée”. Droit de l’environnement, n. 201, pp. 163-164
“Installations classées: Au coeur de l’évolution du droit des installations classées pour la protection de l’environnement (ICPE), deux ordonnances de janvier 2012 entraînent une profonde évolution de la matière”. Droit de l’environnement, n. 203, pp. 248-252
Agricultura:
Se aprueba el Plan estatal de protección civil ante el riesgo químico.
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: Real Decreto 1070/2012, de 13 de julio (BOE núm. 190, de 9 de agosto de 2012)
Temas Clave: Productos químicos; Proteción civil; Medio Ambiente; Programas; Accidentes; Catástrofes
Resumen:
Los conocimientos y la experiencia demuestran que numerosas sustancias y mezclas de sustancias químicas, presentes con frecuencia en nuestra sociedad, pueden producir, por sus características fisicoquímicas y/o toxicológicas, daños sobre las personas, los bienes y el medio ambiente. Consecuencia de este desarrollo es la existencia de establecimientos en los que se producen, almacenan, manipulan y transforman grandes cantidades de sustancias peligrosas; dichas sustancias se gestionan bajo circunstancias muy diversas, lo que supone un riesgo característico para la sociedad conocido como riesgo químico.
El presente Plan Estatal tiene como finalidad establecer la organización y los procedimientos de actuación de aquellos recursos y servicios del Estado y, en su caso, de otras entidades públicas y privadas, que sean necesarios para asegurar una respuesta eficaz del conjunto de las Administraciones Públicas, ante las diferentes situaciones de emergencia
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Legislación y jurisprudencia ambiental
ABERASTURI GORRIÑO, Unai. “Jurisprudencia ambiental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”. IeZ: Ingurugiroa eta zuzenbidea: Urtekaria = Ambiente y derecho: Anuario, n. 10, 2012, pp. 263-267, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.eitelkartea.com/dokumentuak/ABERASTURI.pdf [Fecha de último acceso 27 de agosto de 2012].
AGUDO GONZÁLEZ, Jorge. “Perspectiva del derecho del medio ambiente y de las políticas ambientales de la Unión Europea”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 3, n. 1, 2012, pp. 1-14, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/259/1057 [Fecha de último acceso 28 de agosto de 2012 ].
ALENZA GARCÍA, José Francisco. “Derecho y políticas ambientales en Navarra”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 3, n. 1, 2012, pp. 1-4, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/257/1045 [Fecha de último acceso 28 de agosto de 2012 ].
Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2012. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª. Ponente Mª del Pilar Teso Gamella.
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 4333/2012
Temas Clave: Ruido; Contaminación Acústica; Zonificación Acústica; Objetivos de Calidad; Emisiones Acústicas; Urbanismo; Planeamiento urbanístico
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Galicia contra determinadas preceptos del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas (arts. 5.1, 9, 11.1 y 13.1); y contra la denegación, primero presunta y luego expresa, del requerimiento formulado por la Administración recurrente. Son parte demandada la Administración General del Estado, el Gobierno de Canarias, y la Junta de Extremadura.
La cuestión principal a resolver en este recurso es si el Estado es competente para regular la zonificación acústica, los objetivos de calidad y las emisiones acústicas. En opinión
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