Reglamento de Ejecución (UE) Nº 505/2012 de la Comisión de 14 de junio de 2012 que modifica y corrige el Reglamento (CE) nº 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control. (DOUE L 154/12, de 15 de junio de 2012)
Temas Clave: Ecoetiquetado; Productos Ecológicos
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
Esencialmente el objeto de este Reglamento, como su propio título indica, es la de modificar cuestiones específicas del Reglamento (CE) 889/2008 a fin de cumplir mejor con los objetivos del Reglamento (CE) 834/2007, en cuyo artículo 14.1 específicamente establece norma generales de producción de piensos ecológicos en lo relativo a su origen, y a la luz de la experiencia, proceder a fijar un porcentaje mínimo de piensos producidos en la propia explotación para el ganado porcino y las aves de corral y aumentar el porcentaje mínimo en el caso de los herbívoros. Modificación que también se efectúa con el objeto de precisar y aclarar el empleo del
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Energía:
“L’énergie saisie par le droit de l’environnement”. Droit de l’environnement, n° 200, pp.114-115
GALÁN VIOQUE, Roberto; ÁLVAREZ GONZÁLEZ, Elsa María. “Crónicas sobre las Jornadas sobre La ordenación de la energía, Sevilla y Málaga, noviembre 2011”. Administración de Andalucía: revista andaluza de administración pública, n. 81, 2011, pp. 461-468, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/institutodeadministracionpublica/servlet/descarga?up=80733 [Fecha de último acceso 25 de junio de 2012].
GÓMEZ OREA, Domingo; GÓMEZ VILLARINO, Miguel. “Modelo territorial, desarrollo y consumo y aprovechamiento de la energía”. Cuides: Cuaderno Interdisciplinar de desarrollo sostenible, n. 8, 2012, pp. 163-192, [en línea]. Disponible en Internet:http://publicaciones.fundacioncajamar.com/index.php/cuides/article/download/207/28 [Fecha de último acceso 25 de junio de 2012].
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 23 de mayo de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª. Ponente Dña. María Dolores Galindo Gil)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ GAL 4767/2012
Temas Clave: Costas; Protección de dominio público marítimo terrestre; Competencias
Resumen:
El objeto de esta sentencia se centra en la impugnación del Decreto 158/2005, de 2 de junio, por el que se regulan las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio marítimo terrestre. La impugnación se constriñe al régimen de autorizaciones en la zona de servidumbre de protección del dominio marítimo-terrestre que dispone el artículo 2 del citado Decreto, particularmente en los aspectos de la letra b) del apartado 2 y las letras b), c) y d) del apartado 3 del citado artículo 2.
Para el análisis de la cuestión la Sala analiza la sentencia dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional de 18 de abril de 2012 resolviendo la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con
Decreto 125/2012, de 10 de mayo, por el que se regula la utilización de lodos de depuradora en el ámbito del sector agrario en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 107, de 6 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Residuos; Agricultura; Lodos de depuradora; Suelos agrarios
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto regular la utilización de los lodos de depuradora en el sector agrario de la Comunidad Autónoma de Galicia. Y es que, las características peculiares de la comunidad gallega, hacen precisa la adaptación de la normativa comunitaria y estatal existente de cara a un mejor aprovechamiento de los recursos agrícolas que los lodos suponen y a evitar el deterioro ambiental que la mala utilización de esos recursos podría implicar.
El Título I, bajo la rúbrica «Disposiciones Generales», recoge el objeto, ámbito de aplicación, las definiciones y los residuos utilizables para aplicación en suelos agrarios.
Destacar de este Título, que únicamente podrán ser utilizados para aplicación en suelos agrarios y siempre previo tratamiento: los lodos producidos en estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas de titularidad
Orden de 24/05/2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2012-2018 (DOCM núm. 110, de 5 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Prevención y control integrados de la contaminación (IPPC); Plan de Inspección Medioambiental
Resumen:
La presente Orden tiene por objeto aprobar el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el período 2012-2018.
El Plan tiene por objetivo general por una parte, definir la estrategia de inspección y control ambiental en Castilla-La Mancha, tanto en lo que se refiere a los controles integrados de las actividades como a las actuaciones sectoriales necesarias; y por otra, establecer las bases de su organización e implantación, basándose en los criterios mínimos contemplados en la Recomendación de 4 de abril de 2001 del Parlamento Europeo y del Consejo y en el artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE.
Se estructura en primer lugar con una introducción, en la que se exponen los antecedentes de la actividad inspectora en el contexto europeo, nacional y autonómico y la normativa aplicable en materia
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