Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Illes Balears (BOCAIB núm. 100 de 12 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Salud; Aguas de consumo humano; Vigilancia sanitaria
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto desarrollar en el ámbito de las Illes Balears el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano mediante la adopción de las siguientes medidas:
– La aprobación del Programa de vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Illes Balears.
– La creación de la Comisión de Control de la Calidad de las Aguas de Consumo Humano de las Illes Balears.
– La creación del Registro de Entidades Gestoras de los Abastecimientos de Agua de Consumo Humano o de cualquier otra actividad ligada a dichos abastecimientos.
Respecto al Programa de vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano, y que será de obligado cumplimiento
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Energía:
GEHRING, Markus W. “Air Transport Association of America v. Energy Secretary: Clarifying Direct Effect and Providing Guidance for Future Instrument Design for a Green Economy in the European Union”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 21, n.2, julio 2012, pp. 149-153
KROLIK, Christophe. “Energie”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 2, 2012, pp. 385-388
RAZQUÍN LIZÁRRAGA, Martín María. “Energía y medio ambiente: marco normativo y aplicación judicial”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 21, enero-abril 2012, pp. 23-60
La Comunidad Autónoma de Canarias crea dos nuevos impuestos de carácter medioambiental
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: BOCAN núm. 124 de 26 de junio de 2012
Temas clave: Fiscalidad ambiental
La Ley 4/2012, de 25 de junio de medidas administrativas y fiscales de la comunidad canaria establece, concretamente en el Capítulo III del Título I del Libro II, dos nuevos tributos medioambientales propios, con la finalidad de contribuir a la protección del medio ambiente.
Por un lado, se crea el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por los Grandes Establecimientos Comerciales, idóneo para evitar que los beneficiarios del ejercicio de esas actividades comerciales externalicen los costes de su actividad en el medio ambiente, en la ordenación del territorio, en las infraestructuras y en la vida ciudadana, sino que, por el contrario, se produzca su interiorización en sus costes (artículo 39)
Por otro lado, se crea el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por Determinadas Actividades. Se trata de actividades que siendo necesarias para lo que se conoce como progreso ocasionan un deterioro del espacio natural en el
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Recensiones
Agricultura:
BELTRÁN CASTELLANOS, José Miguel. Recensión “Agua y Agricultura, de Antonio Embid Irujo (Director)”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 21, 2012, pp. 421-424
Aguas:
BELTRÁN CASTELLANOS, José Miguel. Recensión “Agua y Agricultura, de Antonio Embid Irujo (Director)”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 21, 2012, pp. 421-424
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Burgos), de 11 de mayo de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: ROJ TSJ CL 2627/2012
Temas Clave: Vertido; Purines; Autorización; Dominio público hidráulico; Infracción y Sanción
Resumen:
En esta resolución judicial se analiza la procedencia de una sanción impuesta al amparo del artículo 116.3 f) de la Ley de Aguas a una sociedad cooperativa, consistente en multa y requerimiento para cumplir el condicionado del código de buenas prácticas agrarias, aprobado por la Junta de Castilla y León según Decreto 40/2009, de 25 de junio; debido a un vertido no autorizado de dos cubas de 16.000 litros de purín cada una de ellas sobre fincas de labor, en un paraje del término municipal de Ausejo de la Sierra en Soria; produciendo su encharcamiento y la posibilidad de contaminar el dominio público hidráulico al tiempo de una posible degradación de la flora y fauna, salud pública y medio ambiente en general.
En principio, la
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