Observatorio de Políticas Ambientales 2012:
La reciente aparición del séptimo informe del “Observatorio de Políticas Ambientales” imprime continuidad y se convierte definitivamente en un referente consolidado y de reconocido prestigio en la apuesta decidida de fomentar la evaluación imparcial y objetiva de las políticas ambientales en su contexto internacional, comparado, europeo, estatal, autonómico y local.
El vigente volumen recoge los estudios correspondientes a 2012, llevados a cabo por el Grupo de Trabajo constituido actualmente por 47 profesores pertenecientes a 30 centros universitarios. La laboriosa tarea de su publicación la conforman conjuntamente la editorial Thomson-Aranzadi, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Fundación Ecología y Desarrollo, junto con El Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT).
Anteriormente, hemos logrado la edición de los análisis correspondientes al período 1978-2006 y a las anualidades 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. Ofrecemos el acceso a los contenidos completos en este enlace y en nuestro portal web del CIEDA.
MONOGRAFÍAS:
Aguas:
EMBID IRIJO, Antonio, et al. “Agua y ciudades”. Madrid: Civitas, 2012. 430 p.
Biotecnología:
JUNQUERA DE ESTÉFANI, Rafael; TORRE DÍAZ, Javier de la. “Dilemas bioéticos actuales: investigación biomédica, principio y final de la vida”. Madrid: Dykinson, 2012. 296 p.
RODRÍGUEZ MERINO, J.M. “Ética y derechos humanos en la era biotecnológica”. Madrid: Dykinson, 2012. 266 p.
Sentencia del TEDH de 3 de julio de 2012, demanda núm. 61654/08, Martínez Martínez y Pino Manzano contra España
Autor: Enrique J. Martínez Pérez, profesor contratado doctor de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Contaminación acústica, Suelo urbanizable programado industrial, Canteras, Respeto de la vida privada o del domicilio
Resumen:
Otra vez más, de nuevo, nos encontramos ante una demanda contra nuestro país por contaminación acústica. A los asuntos sobre el exceso de ruido en plantas de tratamiento de residuos sólidos (as. López Ostra, 1994), transformadores eléctricos (as. Ruano Morcuende, 2005), zonas declaradas acústicamente saturadas (as. Moreno Gómez, 2006) o discotecas (as. Martínez Martínez, 2011), se une ahora el caso que nos ocupa, que tiene su origen en una demanda de dos ciudadanos españoles, residentes en un pueblo de Alicante (Redovan), por los ruidos y la contaminación industrial (polvo) procedente de la explotación de una cantera situada a unos 200 metros de su casa, que también era utilizada como taller textil. El edificio se construyó sobre un terreno inicialmente calificado como rústico y luego como suelo urbanizable programado industrial. Su largo periplo judicial comenzó ante la jurisdicción penal, donde fue sobreseída la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Sede de Cáceres), de 6 de julio de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: Mercenario Villalva Lava)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: ROJ STSJ EXT 1081/2012
Temas Clave: Electricidad; Declaración de utilidad pública; Ocupación de bienes y derechos; Expropiación
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, la Sala analiza el recurso formulado por varios particulares frente a la Junta de Extremadura y la entidad mercantil “EXTRESOL-3 S.L.”. Lo que se dirime fundamentalmente es la naturaleza de una línea eléctrica a su paso por una finca de particulares y su repercusión en la declaración de utilidad pública y en la necesaria relación concreta e individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación, así como su previa notificación a los interesados. La cuestión de fondo es la relativa a si se precisa la instalación de una nueva línea o ésta puede llevarse por otro lugar.
En primer lugar, la Sala considera que, a diferencia de contenido del informe técnico presentado por los recurrentes, no nos encontramos con una línea directa, es decir,
Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo y se establecen sus condiciones de contratación. (BOE núm. 237, de 2 de octubre de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Temas Clave: Contratos; Sector lácteo; Agrupación de productores; Cuota de producción; Registros administrativos
Resumen:
La publicación del Reglamento (UE) n.º 261/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1234/2007 en lo que atañe a las relaciones contractuales en el sector lácteo de la leche y de los productos lácteos, unida a la publicación del Reglamento de ejecución (UE) n.º 511/2012 de la Comisión, de 15 de junio, que desarrolla algunos de los aspectos regulados en el anterior relacionados con las comunicaciones a realizar, han hecho necesario adecuar el Real Decreto 460/2011, de 1 de abril, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo, a la citada normativa comunitaria, si
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