Reglamento de Ejecución (UE) núm. 120/2014 de la Comisión de 7 de febrero de 2014 por el que se modifica el Reglamento (UE) núm. 1981/2006 sobre las normas de desarrollo del artículo 32 del Reglamento (UE) núm. 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al laboratorio comunitario de referencia para organismos modificados genéticamente. (DOUE L 39/46, de 8 de febrero de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Organismos modificados genéticamente; Alimentos y piensos
Resumen:
El Reglamento de 2006 estableció disposiciones detalladas para la aplicación del artículo 32 del Reglamento (CE) núm. 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente. Ahora se procede a la actualización de las citadas disposiciones, particularmente en lo referido a las contribuciones financieras de los solicitantes, con el objeto de tener en cuenta los cambios de los costes efectuados al ensayar y validar los métodos de detección, así como en la asignación de tareas en los Estados. Se introduce la consideración del creciente número de organismos modificados genéticamente