Decreto 129/2021, de 30 de marzo, por el que se regula y fomenta la actividad de pesca-turismo y otras actividades de diversificación pesquera y acuícola en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 63, de 6 de abril de 2021
Palabras clave: Pesca. Turismo. Acuicultura. Actividad profesional. Economía. Declaración responsable. Comercialización. Fomento
Resumen:
El presente decreto tiene por objeto regular, en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las actividades de pesca-turismo, turismo pesquero o marinero, y turismo acuícola que se desarrollen mediante contraprestación económica de forma complementaria y compatible con la actividad profesional de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura.
Dichas actividades deberán estar relacionadas con una o varias de las siguientes finalidades:
Difundir el patrimonio histórico o cultural, las tradiciones, los oficios, la gastronomía y la cultura vinculados a la actividad de la pesca extractiva, el marisqueo, la acuicultura y la pesca con el arte de almadraba. Promover y revalorizar los productos de la pesca
Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial Comunidad Madrid núm. 26, de 1 de febrero de 2021
Palabras clave: Vías pecuarias. Ganadería extensiva. Deslinde. Amojonamiento.
Resumen:
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene competencia, en el marco de la legislación básica del Estado, para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de vías pecuarias.
Con la aprobación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Estado estableció el régimen jurídico de las vías pecuarias, ejerciendo la competencia que le atribuye el artículo 149.1.23 de la Constitución para dictar la legislación básica sobre esta materia.
Respetando dicha legislación básica y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid aprobó la Ley 8/1998, de 15 de junio, de
Comunicación de la Comisión – Directrices por las que se proporciona un concepto común del término «daño medioambiental» tal como se define en el artículo 2 de la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales
Autora: Sara García García, Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Daño medioambiental. Responsabilidad medioambiental. Recursos naturales. Servicios ambientales.
Resumen:
La Directiva 2004/35 sobre responsabilidad medioambiental es una de las más relevantes del Derecho ambiental en la Unión Europea, base de un sistema de protección de la naturaleza minucioso como es el europeo. La Unión comprobó que, pese a la importancia de la norma, esta no ofrecía la protección más adecuada y eficaz «por la notable falta de uniformidad en la aplicación de conceptos clave, en particular los relacionados con el daño medioambiental». Para intentar solventar estas deficiencias, el Reglamento (UE) 2019/1010 relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación relativa al medio ambiente actualizó el artículo 18 de la Directiva de 2004 e impuso a la Comisión Europea la
“Portaria” n.º 67/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en los planes de cogestión de áreas protegidas
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 53, de 17 de marzo de 2021
Palabras clave: Cogestión. Áreas protegidas (AP). Parques naturales. “Instituto da Conservação da Natureza e das Florestas, I. P. (ICNF, I. P.)”.
Resumen:
El modelo de cogestión en áreas protegidas estaba ya previsto en la Resolución del Consejo de Ministros n.º 55/2018, de 7 de mayo, que aprobó la Estrategia Nacional de Conservación de la Naturaleza y Biodiversidad 2030 con la finalidad de establecer acuerdos de gestión colaborativa con las entidades presentes en el territorio de las referidas áreas protegidas. Este modelo fue adoptado e desarrollado por e “Decreto-Lei” n.º 116/2019, de 21 de agosto. De acuerdo con el mismo, las asociaciones de municipios ya constituidas, o que vayan a constituirse futuramente pueden participar en la gestión de áreas protegidas de ámbito nacional, siendo reconocidas
Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 71, de 24 de marzo de 2021
Palabras clave: Edificación. Eficiencia energética. Inspección. Consumo. Calefacción. Refrigeración. Contadores. Energías renovables.
Resumen:
Uno de los objetivos principales que se persigue con la aprobación de este Real Decreto es la transposición parcial a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. En tal sentido, se introducen nuevas definiciones y se modifican otras, como por ejemplo, instalación técnica; se prevén nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de estas instalaciones técnicas, la medida y evaluación de la eficiencia energética general en estas instalaciones y la
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