Orden ARM/1671/2009, de 16 de junio, por la que se modifican los anexos I, II, IV y V del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la comunidad europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros (BOE de 24 de junio de 2009)
El Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad. Esta última Directiva fue modificada por laDirectiva 2009/7/CE de la
Real Decreto 949/2009, de 5 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de biodigestión de purines (BOE de 23 de junio de 2009)
El Plan Nacional de Asignación (PNA) de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012, aprobado por Real Decreto 1370/2006, persigue que las emisiones globales de GEI en España no superen en más de un 37 por cien las del año base en promedio anual en el período 2008-2012, alcanzándose esta cifra a través de la suma del objetivo Kyoto (15 por cien), la cantidad absorbida por los sumideros (2 por cien) y el equivalente adquirido en créditos de carbono procedentes de los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kyoto (20 por cien).
En esta línea, el 20 de julio de 2007 el Gobierno informó favorablemente la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia (Horizonte 2007-2012-2020), la cual define el marco de actuación que deben abordar las administraciones públicas en España para asegurar el cumplimiento por nuestro país de sus obligaciones en el Protocolo de Kyoto, e incluye un Plan de Medidas Urgentes de la Estrategia de
Decreto 136/2009, de 12 de junio, por el que se regula la certificación de eficiencia energética de edificios en la omunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 18 de junio de 2009).
El Decreto 136/2009, en vigor desde el pasado 19 de junio, pretende completar a nivel autónomico el marco necesario para la aplicación de la Directiva 2002/91/CE relativa a los la eficiencia energética de los edificios, que determinó que los usuarios que desearan adquirir un inmueble deben disponer de un certificado de calificación energética del edificio terminado.
Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluacion ambiental de planes y programas (DOGC, de 7 de mayo de 2009)
Desde el pasado 27 de mayo, la Ley 6/2009, de 28 de abril regula el procedimiento de evaluación ambiental al que deberán someterse los planes y programas aprobados por la Generalidad, la administración local o el Parlamento de Cataluña y que sean susceptibles de incidir de forma significativa en el medio ambiente.
Destacamos los siguientes aspectos del nuevo régimen jurídico:
Orden de 21 de mayo de 2009, por la que establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales forestales y zonas de influencia forestal (BOJA, de 29 de mayo 2009)
El pasado 30 de mayo, entró en vigor la Orden de 21 de mayo de 2009 por la que se establecen limitaciones al uso y desarrollo de actividades en terrenos forestales de Andalucía. La norma viene a fijar un período máximo de riesgo, ahora de carácter permanente, durante el cual deberán respetarse las restricciones relativas al aprovechamiento de estos terrenos que lleve aparejado el empleo uso de fuego.
De esta forma, desde el 1 de junio de 2009 hasta el 15 de junio de 2009 de cada año, queda prohibido el uso de fuego en los terrenos forestales definidos en el artículo 1 Vínculo de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y en el artículo del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, así como en las Zonas de Influencia Forestal, definidas en el artículo 3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, y en
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