Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. (BOJA núm. 159, de 13 de agosto de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Los impactos negativos que implica una iluminación artificial inadecuada se traducen principalmente en un aumento del brillo del cielo nocturno que dificulta las investigaciones astronómicas, en el caso de Andalucía para los Observatorios de Sierra Nevada (Granada) y Calar Alto (Almería) declarados puntos de referencia, así como en el incremento del consumo energético y por ende de la producción de contaminantes atmosféricos.
A través de este Decreto, se desarrolla la Sección 3ª del Capítulo II del título IV de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, que regula por primera vez en Andalucía la contaminación lumínica. Su objetivo básico es regular los requisitos que deben cumplir las instalaciones de alumbrado exterior y los dispositivos luminotécnicos de alumbrados
Ley de Cantabria 6/2010, de 30 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (BOC núm. 156, de 13 de agosto de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El primer objetivo de esta iniciativa legal se centra en adoptar medidas urgentes para la adecuación del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.
El Plan de Ordenación del Litoral, aprobado por la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, preveía en su Disposición Transitoria Segunda la necesidad de que los municipios iniciaran la adaptación de su planeamiento al nuevo régimen jurídico emanado. Adaptación que finalmente, y por muy diversas causas, no ha sido llevada a cabo, generado una evidente inseguridad jurídica. Por ello, y sin renunciar al objetivo final de que los planeamientos urbanísticos se adapten íntegramente al Plan de Ordenación del Litoral, la presente Ley, trata de ofrecer nuevos cauces para conseguir, al menos, una adaptación parcial, con el objeto de clarificar el régimen jurídico aplicable. Se establece un régimen más ágil y flexible, en el que, sin renunciar a los
Decreto 103/2010, de 29 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y administración de las Reservas de la Biosfera en Canarias, se crean la Red Canaria de Reservas de la Biosfera y el Consejo de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Canarias y se aprueba su Reglamento de organización y funcionamiento. (Boletín oficial de Canarias, núm. 156, de 10 de agosto de 2010)
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Investigadora, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Espacios Naturales; Reservas de la Biosfera; Gestión y Administración; Comunidad Autónoma de Canarias
Resumen:
Tras la entrada en vigor de la nueva Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, a través de la cual se crea formalmente la Red Española de Reservas de la Biosfera; y para la consecución de los objetivos marcados por el Programa MaB, representada por el Plan de Acción de Madrid (2008); Surge la imperiosa necesidad de configurar una red canaria en la que se refuerce el vínculo existente entre las distintas Reservas de la Biosfera de la Comunidad canaria, contribuyendo a mejorar el desarrollo y
Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. (BOJA núm. 157, de 11 de agosto de 2010)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Dentro del marco de la compatibidad entre la actividad económica y la calidad ambiental y en desarrollo de las previsiones de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se aprueba esta norma integradora de intervención ambiental que unifica en una sola resolución la evaluación de impacto ambiental y las distintas autorizaciones y exigencias ambientales que, de acuerdo con la legislación sectorial aplicable en materia de vías pecuarias, forestal, espacios naturales protegidos, residuos, emisiones a la atmósfera, vertidos a aguas litorales y continentales, producción
Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. (BOJA núm. 155, de 9 de agosto de 2010).
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Ana María Barrena Medina, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Temas Clave: Aguas; Comunidad Autónoma de Andalucía.
Resumen:
Dado que el cuidado del medio ambiente implica la utilización racional de los recursos naturales y, por ende, del agua; y dicho cuidado se encuentra principalmente encomendado a los poderes públicos, el Parlamento andaluz procede a la aprobación de la nueva Ley de Aguas para Andalucía. Una ley que establece unos principios y objetivos medioambientales a fin de apartarse y superar aquellas políticas basadas en el mero tratamiento del agua como recurso exclusivamente económico. Así, a partir de la entrada en vigor de esta norma cualquier desarrollo económico y social no puede basarse en el agotamiento del recurso hídrico, sino que, al contrario, solo la conservación y mejora del agua y del ecosistema acuático es garantía de que se podrá cimentar un sólido y sostenible desarrollo.
En fin, dos son los principales objetivos de esta ley. El primero consiste en
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