Ley 10/2010, de 11 de noviembre, de modificación de la Ley 2/2004, de 21 de abril, por la que se crea el Servicio de Guardacostas de Galicia
Resumen:
La Ley 2/2004 creó tres escalas dentro del Servicio de Guardacostas: la escala técnica, la ejecutiva y la de agentes, declarando a extinguir el anterior Servicio de Protección de Recursos y las escalas dependientes del mismo, que venían desarrollando las tradicionales funciones de inspección y vigilancia pesquera.
Con la presente modificación se pretende la creación de una nueva escala, la escala operativa, con la finalidad de delimitar más claramente las funciones a desempeñar por el distinto personal integrante del Servicio de Guardacostas, máxime cuando dentro de estas funciones se encuentran las relativas al desempeño del mando de las embarcaciones pertenecientes a la Consellería del Mar, complemento indispensable para realizar las t
Real Decreto 1566/2010, de 19 de noviembre, por el que se modifica el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, aprobado por Real Decreto 802/1986, de 11 de abril
Resumen:
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha sido afectado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2010, sobre racionalización del sector público empresarial, adoptado a tenor de la situación financiera del Estado y los ajustes presupuestarios comprometidos por el Gobierno en el marco europeo, que ha establecido, en sus puntos tercero y séptimo, que las empresas del sector publico estatal y entidades públicas empresariales que cuenten con más de seis miembros en su Consejo de Administración adoptarán las medidas necesarias para, a través de sus Estatutos, reducir el número de consejeros, al menos, en un 15 por ciento.
Frente a las sociedades mercantiles estatales afectadas por el Acuerdo, cuya reforma de Estatutos se deberá efectuar en el seno de las respectivas Juntas generales de accionistas, la reducción de consejeros en las entidades publicas empresariales exige una reforma estatutaria, mediante el correspondiente real decreto de modificación de los Estatutos
Real Decreto 1614/2010, de 7 de diciembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías solar termoeléctrica y eólica
Resumen:
El presente real decreto pretende resolver determinadas ineficiencias en la aplicación del citado Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, para las tecnologías eólica y solar termoeléctrica. Éste pretendía asegurar el régimen económico vigente en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, a los proyectos que se encontraran en un estado de maduración avanzado.
El objeto de este real decreto es la regulación de determinados aspectos de carácter económico para las instalaciones de tecnologías eólica y solar termoeléctrica.
Se aplica a las instalaciones de los grupos b.1.2 y b.2.1 del artículo 2 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, así como a aquellas de potencia superior a 50 MW de las mismas tecnologías, cuya retribución estuviera vinculada a la de las anteriores.
Entrada en vigor: 9 de diciembre de 2010.
ORDEN AYG/1535/2010, de 18 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente de la Fauna Silvestre de Castilla y León (BOCYL núm. 221, de 16 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Orden se promulga con la finalidad de establecer un Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente en la comunidad de Castilla y León, que permita, por una parte, obtener información sobre la situación sanitaria de la fauna silvestre, y en su caso, el control y las tendencias de las enfermedades que se produzcan; y por otra, el establecimiento de las condiciones necesarias para los movimientos de los animales. Todo ello con el fin de minimizar la posibilidad de diseminación de enfermedades que pongan en riesgo el libre comercio de la ganadería de la comunidad, que puedan vehicular determinadas zoonosis, y que en definitiva alteren el medio natural afectando así, a toda la pirámide ecológica, provocando daños irreparables en la fauna silvestre.
Este Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente
Real Decreto 1255/2010, de 8 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 949/2009, de 5 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de Biodigestión de Purines
Resumen:
El Real Decreto 949/2009, de 5 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de Biodigestión de Purines, establece dos líneas de subvención, una dirigida a las inversiones en explotaciones agrarias, y otra para instalaciones de tratamiento individual o centralizado de purines.
La Comisión Europea ha puesto de manifiesto que las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas deben incardinarse en el marco del Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas «de minimis», ya que en este caso no puede entenderse que el purín se encuentre entre los
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