Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 86 de 6 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Evaluación ambiental; Evaluación de impacto ambiental; Evaluación ambiental estratégica
Resumen:
El presente reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura en lo que se refiere a la evaluación ambiental de planes y programas y a la evaluación de impacto ambiental de proyectos (públicos o privados), con el objetivo de conocer, prevenir, valorar y eliminar o reducir los gastos negativos que éstos pueden ocasionar sobre el medio ambiente.
El reglamento se compone de tres títulos. El primero de ellos desarrolla las disposiciones de carácter general tales como el objeto de la disposición y su ámbito de aplicación (artículos 1 y 2), las definiciones necesarias para su comprensión y correcta aplicación (artículo 3), y la determinación de las administraciones competentes para ejecutar los distintos procedimientos de evaluación ambiental
ORDEN FORAL 164/2011, de 20 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deberán cumplir los agricultores que reciban ayudas directas de la Política Agraria Común, determinadas ayudas del eje 2 del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo, así como los requisitos mínimos para la utilización de fertilizantes y fitosanitarios que deben cumplir los solicitantes de ayudas agroambientales Comunidad Foral de Navarra (BON núm. 89, de 11 de mayo de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ayudas; Agricultura, Medio Ambiente
Resumen:
Por la presente Orden Foral se determinan los requisitos legales de gestión y buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores navarros que hayan recibido subvenciones dentro del marco de la Política Agraria Común(PAC) en el eje 2 del Programa de desarrollo rural 2007-2013. El establecimiento de estos requisitos por la Comunidad Foral Navarra
Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. (BOE núm. 112, de 11 de mayo de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas clave: Biodiversidad; Información ambiental; Espacios Naturales Protegidos; Especies amenazadas; Pesca; Política Ambiental; Inventarios; Registros Administrativos
Resumen:
Paralelamente a la aparición de nuevas normas reguladoras de los recursos naturales, surge la necesidad de contar con una información técnica de calidad acerca de los elementos del patrimonio natural y la biodiversidad que permitan a los ciudadanos conocer su valor y estado de conservación. Fue la Ley 42/2007, de 13 de diciembre la que articuló por vez primera la creación de un instrumento para el conocimiento del medio natural en España, que es precisamente el Inventario del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. De hecho, la presente norma desarrolla el Capítulo I del Título I de la citada ley y aplica las definiciones contenidas en su art. 3.
Decisión de la Comisión, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE, L 130, de 17 de mayo de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Asignación de derechos de emisión
Resumen:
La Decisión de 27 de abril del año 2011 establece las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión de conformidad con la Directiva 2003/87/CE a partir de 2013. Más concretamente de la asignación gratuita de los derechos de emisión del capítulo III, instalaciones fijas, de la Directiva, exceptuándose la asignación transitoria gratuita de derechos de emisión para la modernización de instalaciones de generación de electricidad con arreglo al artículo 10 quater de la misma Directiva. En cuanto que el artículo 10 bis de la Directiva dispone que las medidas de desarrollo a escala comunitaria, totalmente armonizadas, para la asignación de los derechos de emisión determinarán, en
Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética (BOE núm. 122, de 23 de mayo de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas Clave: Energía eléctrica; Vehículos eléctricos; Consumidores y Usuarios; Tarifas
Resumen:
Esta norma trae causa del Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para la recuperación económica y el empleo, que a través de su art. 23 reforma la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector eléctrico, con la finalidad de incluir dentro del marco normativo de este sector a un nuevo sujeto, los gestores de cargas del sistema, que desarrollan la actividad destinada al suministro de energía eléctrica para la recarga de los vehículos eléctricos. En realidad, son sociedades mercantiles de servicios de recarga eléctrica definidas en el art. 9 h) de la Ley 54/1997, que, siendo consumidores, están habilitados para la reventa de energía eléctrica para servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, por lo que se asemejan a la figura del
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