Reglamento (UE) Nª 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, por el que se establece el Programa de apoyo para la consolidación de la política marítima común (DOUE L 321/1, de 5 de diciembre de 2011)
Temas Clave: Política Marítima
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
Con este Reglamento se establece un Programa de apoyo a medidas destinadas a impulsar la consolidación y la aplicación de la política marítima integrada de la Unión («el Programa»). Programa que apoyará el uso sostenible de mares y océanos, así como la ampliación de conocimiento científico. Por su parte, la política marítima integrada de la Unión («la PMI») fomentará la toma de decisiones coordinada y coherente a fin de lograr el máximo de desarrollo sostenible, crecimiento económico y cohesión social en los Estados miembros, en particular en lo que respecta a las regiones costeras, insulares y ultraperiféricas de la Unión, al igual que en los sectores marítimos, por medio de políticas en materia marítima coherentes y de la cooperación internacional pertinente. Todo ello sobre la base de que el objetivo principal de la
Real Decreto 1599/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen los criterios de integración de los espacios marinos protegidos en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España. (BOE núm. 294, de 7 de diciembre de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas Clave: Biodiversidad; Áreas Marinas; Ecosistemas; Espacios Naturales Protegidos
Resumen:
Este real decreto establece, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, los criterios que deben cumplir los espacios marinos protegidos de competencia estatal para su integración en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España (RAMPE). También prevé la posible inclusión en la RAMPE de los espacios protegidos de competencia autonómica, según lo establecido en el art. 26.3 de la Ley 41/2010.
Su principal objetivo es asegurar la protección, conservación y recuperación del patrimonio natural y de la biodiversidad marina española, objetivo que aglutina y resume el resto de los relacionados en el art. 4.
Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia. (BOE núm. 295, de 8 de diciembre de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas clave: Energía Eléctrica; Producción de energía; instalaciones de pequeña potencia; Procedimientos administrativos
Resumen:
Mediante este real decreto se incorpora al derecho español el contenido de los artículos 13.1.f y 16 de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, que establece la obligación de racionalización y aceleración de los procedimientos administrativos de autorización y conexión a redes de distribución y transporte de energía eléctrica.
Tomando como base el marco normativo sobre el que el que se va a desarrollar la cogeneración de alta eficiencia y la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en nuestro país, esta norma tiene por objeto desarrollar la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector eléctrico, mediante el
Acuerdo de 22 de noviembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía (BOJA núm. 236, de 1 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Gestión de riesgos; Plan territorial de emergencias
Resumen:
Con el objeto de revisar el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía (en adelante PTEAnd) de 13 de octubre de 1999, se aprueba el presente Plan Director, mediante el cual se establece el marco orgánico y funcional, así como los mecanismos de actuación y coordinación, para hacer frente con carácter general a las emergencias que se puedan presentar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, siempre que no sean declaradas de interés nacional por los órganos correspondientes de la Administración General del Estado.
Así, el nuevo PTEAnd, establece el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir, garantizando la función de la Junta de Andalucía y la organización de los servicios que procedan de esta misma, las restantes Administraciones que se ubiquen en Andalucía y otras entidades públicas o privadas existentes en esta
Decreto 347/2011, de 22 de noviembre, por el que se regula la estructura y funcionamiento de la Red de Información Ambiental de Andalucía y el acceso a la información ambiental (BOJA núm. 237, de 2 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Información ambiental; Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus); Red de Información Ambiental
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la estructura y funcionamiento de la Red de Información Ambiental de Andalucía (REDIAM), así como del procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental, desarrollando así las prescripciones de la Ley estatal 27/2006, de 18 de julio, y de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía.
El Capítulo I, bajo la rúbrica «Disposiciones Generales», establece el objeto, ámbito de aplicación, definiciones, y aquellos principios que deben orientar todas las actividades relativas a la información ambiental. Respecto
|