Decisión del Comité Mixto del EEE núm. 44/2013, de 15 de marzo de 2013, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del acuerdo EEE (DOUE L 231, de 29 de agosto). Decisión del Comité Mixto del EEE núm. 45/2013, de 15 de marzo de 2013, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE (DOUE L 231, de 29 de agosto). Decisión del Comité Mixto del EEE núm. 50/2013 de 30 de abril de 2013 por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE (DOUE L 231 de 29 de agosto de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Medio ambiente; Acuerdo EEE
Resumen:
En virtud de la Decisión núm 44 se procede a la modificación del anexo XX a fin de efectuar dos incorporaciones. Primero, incorporar la Decisión 2012/720/UE de la Comisión, de 14 de noviembre de 2012, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los detergentes para lavavajillas automáticos de uso industrial e institucional.
Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico. (BOE núm. 227, de 21 de septiembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Dominio Público Hidráulico; Aprovechamientos; Contaminación de las Aguas; Concesiones administrativas; Registros administrativos; Procedimiento sancionador
Resumen:
Mediante este real decreto se modifican los Títulos II y V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con el objeto de regular la actividad registral de las confederaciones hidrográficas y desarrollar reglamentariamente los criterios que determinan la gravedad de las infracciones en materia de dominio público hidráulico.
Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. (BOCyL núm. 180, de 18 de septiembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Energía eólica; Energía eléctrica; Residuos; Eliminación de residuos en vertederos
Resumen:
La presente norma tiene por objeto refundir las normas vigentes relativas a tributos propios y cedidos por el Estado a la Comunidad de Castilla y León, establecidas por las propias leyes de la Comunidad.
Estructurado en dos títulos (Título I relativo a los tributos cedidos, y Título II referente a los impuestos propios), nos centraremos exclusivamente en el análisis de los preceptos relevantes desde el punto de vista medioambiental.
Directiva 2013/39/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, por la que se modifican las Directivas 2000/60/CE y 2008/105/CE en cuanto a las sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas (DOUE L 226, de 24 de agosto de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Aguas; Política de Aguas
Resumen:
La Directiva por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas dispone una estrategia para luchar contra la contaminación de las aguas; una estrategia que implica la identificación de las sustancias prioritarias entre aquellas que suponen un riesgo significativo en la Unión para el medio acuático o a través de éste. Este conjunto de sustancias está establecido en la Decisión 2455/2001/CE, concretamente, establece la primera lista de treinta y tres sustancias o grupos de sustancias que son prioritarias a escala comunitaria para incluirlos en el anexo X de la Directiva de Aguas.
Real Decreto 684/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears. (BOE núm. 215, de 7 de septiembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Baleares; Confederaciones Hidrográficas
Resumen:
De acuerdo con lo previsto en los artículos 41.1 y 40.6 del texto refundido de la Ley de Aguas, en las demarcaciones hidrográficas con cuencas comprendidas íntegramente en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, la elaboración del Plan Hidrológico corresponde a la Administración Hidráulica competente, siendo por su parte competencia del Gobierno la aprobación, mediante real decreto, de dicho Plan. Al efecto, este Plan, que sustituye al Plan Hidrológico de las Illes Balears aprobado por el Real Decreto 378/2001, de 6 de abril, incluye las cuencas íntegramente comprendidas en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma y como tal ha sido elaborado por la Administración Hidráulica autonómica.
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