Decreto 422/2013, de 7 de octubre, sobre regulación del régimen de declaración responsable de las industrias agrarias y alimentarias y la organización y funcionamiento del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 212, de 7 de noviembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Declaración responsable; Industrias agrarias y alimentarias; Registro
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la regulación del régimen de declaración responsable de las industrias agrarias y alimentarias y la organización y funcionamiento del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias (RIAA) de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como instrumento de las Administraciones Públicas Vascas para disponer de manera permanente, integrada y actualizada de toda la información precisa para la planificación, ordenación y desarrollo del sector agrario y alimentario.
Decisión núm. 5/2013 del Comité de Embajadores ACP-UE de 7 de noviembre de 2013, relativa a los estatutos del Centro Técnico de Cooperación Agrícola y Rural (CTA) (DOUE L309/50, de 19 de noviembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Agricultura; Medio Rural; Cooperación
Resumen:
A través de esta decisión y con arreglo al Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, de una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (DO L 317, de 15 de diciembre de 2000) se establecen los estatutos del denominado Centro Técnico de Cooperación Agrícola y Rural (con las siglas CTA). Unos estatutos que ahora se establecen y que suponen una modificación de los que regían al Centro con anterioridad.
Decreto 170/2013, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se delimitan las zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Aragón y se regula la alimentación de dichas especies en estas zonas con subproductos animales no destinados al consumo humano procedentes de explotaciones ganaderas. (BOA núm. 217, de 4 de noviembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Subproductos animales no destinados a consumo humano; Zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario; Explotaciones ganaderas
Resumen:
En el marco del Real Decreto 1632/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano, que supuso la adaptación del régimen jurídico nacional a un nuevo marco normativo de la Unión Europea en relación con la utilización de tales subproductos, el Gobierno de Aragón, a pesar de mantener la vigencia del Decreto 102/2009, de 26 de mayo, por el que se regula la autorización de la instalación
Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. (BOE núm. 260, de 30 de octubre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Energía Eléctrica; Hidrocarburos; Evaluación de Impacto Ambiental; Fractura hidráulica
Resumen:
Hemos seleccionado esta norma esencialmente por las modificaciones que introduce en la Ley del Sector de Hidrocarburos y en la ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos en relación con la fractura hidráulica (fracking). A tal fin, el apartado II del Preámbulo señala que con el objetivo de clarificar aspectos jurídicos relacionados con técnicas de exploración y producción de hidrocarburos no convencionales y para garantizar una unidad de criterio en todo el territorio español, se incluye en el ámbito objetivo de la primera norma la técnica de fracturación hidráulica.
Directiva 2013/51/Euratom del Consejo de 22 de diciembre de 2013, por la que se establecen requisitos para la protección sanitaria de la población con respecto a las sustancias radiactivas en las aguas destinadas al consumo humano (DOUE L296/12, de 7 de noviembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Aguas; Sustancias Radioactivas; Sanidad
Resumen:
Mediante esta Directiva se establecen los establece los requisitos para la protección de la salud de la población con respecto a las sustancias radiactivas en las aguas destinadas al consumo humano. Fijándose, para ello, valores paramétricos, frecuencias y métodos de control de las sustancias radiactivas. Lo cual se efectúa sobre la base de que es competencia comunitaria la adopción de normas básicas de seguridad para la protección de la salud de los trabajadores y de la población contra los peligros derivados de las radiaciones ionizantes; si bien, dejando la libertad propia de cada Estado miembro para fijar previsión más allá de las normas mínimas establecidas por la presente directiva por la Comunidad. Y excluyéndose de su ámbito de aplicación a las aguas
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