Reglamento (UE) núm. 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 614/2007. (DOUE L347/185, de 20 de diciembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima
Resumen:
Mediante este Reglamento se procede al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima que abarcará el período entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020 («Programa LIFE»).
Para el Programa LIFE se fija que tendrá, en particular, los objetivos generales siguientes:
Decisión de la Comisión de 17 de diciembre de 2013, relativa a la notificación por parte del Reino de España del plan nacional transitorio a que se refiere el artículo 32 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales. (DOUE L352/53, de 24 de diciembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Emisiones Industriales; Plan nacional transitorio, España; Contaminación Atmosférica; Prevención y control integrados de la contaminación
Resumen:
El plan nacional transitorio que España notificó a la Comisión, de conformidad con el artículo 32.5 de la Directiva 2010/75/UE, el 24 de noviembre de 2010, sobre emisiones industriales – prevención y control integrados de la contaminación- y de la Decisión de Ejecución 2012/115/UE de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se establecen las normas relativas a los planes nacionales transitorios a que se hace referencia en la Directiva 2010/75/UE, que incluye las grandes instalaciones de combustión enumeradas en el anexo I de la decisión objeto de esta nota, no se ajusta a los requisitos establecidos en el artículo
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. (BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Energía eléctrica; Autorizaciones; Producción de energía; Consumidores y Usuarios; Tarifas; Servidumbres; Energías renovables
Resumen:
Esta norma concibe el suministro de energía eléctrica como un servicio de interés general. Esencialmente se fundamenta en la necesidad de adaptarse a los cambios fundamentales que se han producido desde la aprobación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, uno de cuyos hitos viene representado por la elevada penetración de las tecnologías de generación eléctrica renovables y, sobre todo, por la acumulación de desequilibrios anuales entre ingresos y costes del sistema eléctrico, lo que ha provocado la aparición de un déficit estructural y una deuda acumulada que supera los veintiséis mil millones de euros. Esta inestabilidad financiera, unida a la dispersión normativa existente en un sector económico tan relevante, ha llevado al legislador a aprobar esta nueva ley, que implica una reforma global del sector, basada en un nuevo régimen
Decisión de Ejecución de la Comisión de 6 de diciembre de 2013 por la que se establece el formato para la notificación de la información sobre la adopción y las revisiones sustanciales de los planes de gestión de residuos y de los programas de prevención de residuos. (DOUE L329/44, de 10 de diciembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Residuos; Planes de gestión de residuos; Programas de prevención
Resumen:
Por medio de esta disposición se fijan los formatos que han de emplear los Estados para notificar a la Comisión la información sobre la adopción y las revisiones sustanciales de los planes de gestión de residuos y de los programas de prevención de residuos. Unos programas de gestión de residuos cuya elaboración ha de estar garantizada y que han de cubrir todo el territorio geográfico del Estado del que se trate.
Decreto 453/2013, de 26 de noviembre, sobre la aplicación de lodos en suelos agrarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 240, de 18 de diciembre)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Lodos de depuradora; Suelos agrarios; Residuos; Obligación de tratamiento; Restricciones
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto regular la aplicación, en los suelos agrarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de los lodos resultantes del tratamiento de las aguas residuales. Esta regulación tiene como fines: proteger la salud de las personas, garantizar la seguridad alimentaria, prevenir efectos nocivos en el suelo, la vegetación, los animales y los seres humanos, y promover la utilización de lodos de depuradora de una forma que resulte un beneficio agrícola o una mejora ecológica.
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