Ley 13/2018, de 1 de junio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, forestal de la Comunitat Valenciana
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8309, de 4 de junio de 2018
Temas Clave: Montes; Propiedad; Gestión forestal; Planificación; Terrenos abandonados; Ayuntamientos; Participación
Resumen:
Pasados 24 años desde que la Generalitat Valenciana aprobara su base normativa destinada a encauzar la gestión y el aprovechamiento forestal del territorio valenciano, ha decidido reconsiderar el contexto en el que se desarrolló la Ley 3/1993, de 9 de diciembre. Factores como el cambio climático, los episodios de sequía y lluvias cada vez más extremos, o la despoblación rural, unidos a la aparición de fenómenos novedosos en el desarrollo de incendios forestales como pueden ser los GIF; han contribuido sin duda a esta decisión.
De hecho, durante todo este tiempo, no se han conseguido los objetivos de aumento de propiedad y gestión pública planteados en la ley anterior. De ahí que a través de la presente modificación se van a actualizar sus distintos títulos y capítulos.
En relación
Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 98, de 23 de mayo de 2018
Temas Clave: Información; Administración; Participación; Ciudadanía; Transparencia; Publicidad; Grupos de interés
Resumen:
La presente ley foral se fundamenta en el principio de que la propiedad de la información y de los datos públicos es de la ciudadanía y en la obligación de la Administración de suministrarlos, salvo aquellos que estén protegidos por la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y aquellos que se encuentran en fases del procedimiento administrativo reservadas.
El título I, Disposiciones generales, recoge los aspectos transversales esenciales de la ley. Su objeto es regular e impulsar la transparencia en la actividad pública y en la acción de gobierno, garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promoviendo y garantizando la participación y colaboración ciudadanas en la decisión y gestión de lo público desde el conocimiento, regular los grupos de interés y establecer un conjunto de normas que aseguren el buen gobierno.
En
“Portaria” n.º 128/2018, de 9 de mayo, que establece las tasas a pagar por la utilización privativa del espacio marítimo nacional
Autora: Amparo Sereno. Profesora de Derecho Ambiental de la Universidad Autónoma de Lisboa (UAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, — N.º 44 — de 9 mayo de 2018
Temas Clave: espacio marítimo; ordenación; “tasa de utilización del espacio marítimo” (TUEM)
Resumen:
El “Decreto – Lei” n.º 38/2015, de 12 de marzo – alterado por el Decreto-Lei n.º 139/2015, de 30 de julio –, desarrolló las bases de la política de ordenación y de gestión del espacio marítimo nacional y en el n.º 4 de su artículo 78º remitió, a la correspondiente reglamentación complementar, la determinación de las tasas a pagar por los respectivos titulares de usos privativos del espacio marítimo nacional.
Así y dando cumplimiento al referido artículo, la “Portaria” en análisis, que fue aprobada conjuntamente por el Ministerio de Hacienda y por el Ministerio del Mar, fija los valores base y las fórmulas de cálculo para establecer la denominada “tasa de utilización del espacio marítimo” (TUEM). La TUEM se aplica a todos los titulares de licencia o concesión en el ámbito del espacio marítimo con
Ley Marco sobre Cambio Climático (Perú)
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental, Francisca Silva Valdebenito, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho, Universidad de Chile[1].
Fuente: Diario Oficial El Peruano, de 18 de abril de 2018
Temas Clave: Cambio Climático; Convención Marco de Las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC)
Resumen:
En marzo del presente año, el Congreso peruano aprobó por unanimidad la “Ley Marco sobre Cambio Climático”, la primera adoptada después de la firma del Acuerdo de París por un país latinoamericano.
Esta tiene por objetivo (artículo 1°) establecer principios, enfoques y disposiciones generales para la planificación, ejecución, articulación, monitoreo, evaluación, reporte y difusión de políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático, a fin de reducir la vulnerabilidad de Perú al cambio climático, aprovechar las oportunidades de crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano ante la Convención Marco de Las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional.
La ley cuenta con siete capítulos que abordan el objetivo, los principios y enfoques (I); el
Real Decreto 335/2018, de 25 de mayo, por el que se modifican diversos reales decretos que regulan el sector del gas natural
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 128, de 26 de mayo de 2018
Temas Clave: Energía; Combustibles; Gas; Almacenes; Autorización
Resumen:
España se encuentra a la cabeza de la Unión Europea en infraestructuras y capacidad de almacenamiento de gas natural licuado, siendo el país europeo con mayor número de plantas de regasificación. Asimismo, por su situación geoestratégica, tiene un importante potencial para desarrollar el mercado de gas natural licuado orientado al suministro de este combustible en el transporte marítimo.
En este marco, se considera necesario impulsar la utilización de las infraestructuras de gas natural licuado, flexibilizando los servicios de contratación de capacidad, tal y como establece el Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el mercado organizado de gas y el acceso de terceros a las instalaciones del sistema de gas natural, con el fin de regular y actualizar determinados aspectos en el funcionamiento del sistema gasista.
A su vez, este Real Decreto modifica
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