<\/p>\r\n

Este real decreto transpone al Derecho espa\u00f1ol lo aplicable a los transportes de mercanc\u00edas peligrosas por carretera de la Directiva 2008\/68\/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre transporte terrestre de mercanc\u00edas peligrosas.<\/p>\r\n

Comprende 49 art\u00edculos, cuatro disposiciones adicionales -la tercera referida al transporte de residuos peligrosos-, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y cuatro disposiciones finales.<\/p>\r\n

El objeto de este real decreto es la regulaci\u00f3n de las operaciones de transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera en territorio espa\u00f1ol.<\/p>\r\n

A trav\u00e9s de los siete cap\u00edtulos que lo integran, se determinan en primer lugar las disposiciones generales y un conjunto amplio de definiciones que facilitan la aplicaci\u00f3n de las normas. Puntualizamos que quedan excluidos de su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, los transportes de mercanc\u00edas peligrosas por carretera efectuados con veh\u00edculos pertenecientes a las Fuerzas Armadas o realizados bajo su responsabilidad.<\/p>\r\n

Dentro del Cap\u00edtulo II se determinan las normas sobre la operaci\u00f3n de transporte, entre las que se incluyen las medidas que deben adoptar las empresas transportistas para que los veh\u00edculos cumplan las condiciones reglamentarias, y para que los miembros de la tripulaci\u00f3n sean informados sobre las caracter\u00edsticas especiales de los veh\u00edculos y tengan la formaci\u00f3n exigida en la normativa vigente. Asimismo, se prev\u00e9n las normas de circulaci\u00f3n y los permisos excepcionales y especiales.<\/p>\r\n

El Cap\u00edtulo III comprende las normas t\u00e9cnicas sobre veh\u00edculos de transporte, envases y embalajes, grandes recipientes para granel, grandes embalajes y contenedores a granel (pulverulentos o granulares). Las normas de actuaci\u00f3n en caso de aver\u00eda o accidente se incluyen en el Cap\u00edtulo IV. Y en los tres siguientes se regulan los Consejeros de seguridad; las operaciones de carga y descarga <\/strong>(Normas generales y normas especiales en el caso de cisternas fijas o desmontables, cisternas port\u00e1tiles, contenedores cisternas, contenedores de gas de elementos m\u00faltiples y cajas m\u00f3viles cisternas) <\/em>y el r\u00e9gimen sancionador.<\/em><\/p>\r\n

Cierran este real decreto seis Anejos y 25 Ap\u00e9ndices:<\/p>\r\n

Anejo 1. Normas especiales aplicables en el caso de transportes desarrollados \u00edntegramente dentro del territorio espa\u00f1ol.<\/p>\r\n

Anejo 2. Relaci\u00f3n de comprobaciones para carga\/descarga de mercanc\u00edas peligrosas.<\/p>\r\n

Anejo 3. Comunicaci\u00f3n relativa a la designaci\u00f3n de consejeros de seguridad para el\u00a0 transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera y de las actividades derivadas de estos.<\/p>\r\n

Anejo 4. Comunicaci\u00f3n relativa a la designaci\u00f3n de empresas con asunci\u00f3n de responsabilidades en instalaciones agr\u00edcolas.<\/p>\r\n

Anejo 5. Disposiciones vigentes, en materia industrial, que son de aplicaci\u00f3n en este reglamento, en cuanto no se opongan al\u00a0 ADR.<\/p>\r\n

Anejo 6. Organismos de control e ITV.<\/p>\r\n

Anejo 7. Documentaci\u00f3n.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>19 de marzo de 2014<\/p>\r\n

Normas afectadas:<\/strong><\/p>\r\n

-Queda derogado el Real Decreto 551\/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera en territorio espa\u00f1ol.<\/p>\r\n

2. Contin\u00faan vigentes las siguientes disposiciones:<\/p>\r\n

a) Orden FOM\/605\/2004, de 27 de febrero, sobre capacitaci\u00f3n profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera, por ferrocarril o por v\u00eda navegable, excepto su art\u00edculo 4 que se deroga.<\/p>\r\n

b) Orden FOM\/2924\/2006, de 19 de septiembre, por la que se regula el contenido m\u00ednimo del informe anual para el transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera, por ferrocarril o por v\u00eda navegable.<\/p>\r\n

c) Las relacionadas en el anejo 5, en la parte no regulada por este real decreto y en tanto no se opongan a lo establecido en el mismo o en el ADR.<\/p>\r\n

-Modificaci\u00f3n del Real Decreto 1566\/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercanc\u00edas peligrosas por carretera, por ferrocarril o por v\u00eda navegable: Su denominaci\u00f3n; el art\u00edculo 1; los apartados c) y d) del art\u00edculo 2 y el art\u00edculo 3.<\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"\u00a0<\/a><\/strong><\/p>\r\n

<\/strong>\u00a0<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Transporte de mercanc\u00edas peligrosas","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-estado-transporte-de-mercancias-peligrosas","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2014-03-21 11:07:45","post_modified_gmt":"2014-03-21 09:07:45","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=11618","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw","post_title_ml":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Transporte de mercanc\u00edas peligrosas Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Transporte de mercanc\u00edas peligrosas Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Transporte de mercanc\u00edas peligrosas ","post_title_langs":{"es":true,"en":true,"fr":true}};-->

26 March 2014

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Transporte de mercancías peligrosas

Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. (BOE núm. 50, de 27 de febrero de 2014)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Transporte; Mercancías peligrosas; Accidentes; Certificaciones; Envases; Embalajes

Resumen:

Las diversas modificaciones introducidas en esta materia tanto en la normativa comunitaria como en la internacional, han llevado al legislador a aprobar un nuevo real decreto cuya finalidad es poner al día todas aquellas normas que han quedado obsoletas, o son contrarias a las normas internacionales vigentes en este momento; aprovechando esta ocasión para actualizar la normativa aplicable al transporte de mercancías peligrosas por carretera, que regule, en su conjunto, todas las cuestiones que puedan afectarle. Asimismo, se pretende desarrollar normas internas en la materia, en aspectos que, o bien no se contemplan en el Acuerdo europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), o bien se deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción.

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5 February 2014

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Energía eléctrica

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. (BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Energía eléctrica; Autorizaciones; Producción de energía; Consumidores y Usuarios; Tarifas; Servidumbres; Energías renovables

Resumen:

Esta norma concibe el suministro de energía eléctrica como un servicio de interés general. Esencialmente se fundamenta en la necesidad de adaptarse a los cambios fundamentales que se han producido desde la aprobación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, uno de cuyos hitos viene representado por la elevada penetración de las tecnologías de generación eléctrica renovables y, sobre todo, por la acumulación de desequilibrios anuales entre ingresos y costes del sistema eléctrico, lo que ha provocado la aparición de un déficit estructural y una deuda acumulada que supera los veintiséis mil millones de euros. Esta inestabilidad financiera, unida a la dispersión normativa existente en un sector económico tan relevante, ha llevado al legislador a aprobar esta nueva ley, que implica una reforma global del sector, basada en un nuevo régimen

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20 January 2014

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Evaluación ambiental

Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. (BOE núm. 296, de 11 de diciembre de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; Políticas de medio ambiente; Procedimiento administrativo; Trasvase Tajo-Segura; Bancos de conservación de la naturaleza; Técnica de fractura hidráulica

Resumen:

No podemos olvidar que la evaluación ambiental resulta indispensable para la protección del medio ambiente porque facilita la incorporación de los criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones estratégicas, a través de la evaluación de los planes y programas. Y a través de la evaluación de proyectos, garantiza una adecuada prevención de los impactos ambientales concretos que se puedan generar, al tiempo que establece mecanismos eficaces de corrección o compensación.

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8 January 2014

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Red Natura 2000. Comunicación entre administraciones

Orden AAA/2230/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de comunicación entre las administraciones autonómicas, estatal y comunitaria de la información oficial de los espacios protegidos Red Natura 2000. (BOE núm. 288, de 2 de diciembre de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Red Natura 2000; Información

Resumen:

La propia eficacia de la Red Natura 2000 para la conservación de la biodiversidad depende en buena parte del volumen y la calidad de la información recopilada, por lo que debe mantenerse actualizada dentro de unos niveles de calidad máximos, en función de la disponibilidad de la mejor información posible sobre cada espacio integrado en la Red.

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8 January 2014

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Red Natura 2000. Comisión Europea

Orden AAA/2231/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de comunicación a la Comisión Europea de las medidas compensatorias en materia de conservación de la Red Natura 2000 adoptadas en relación con planes, programas y proyectos, y de consulta previa a su adopción, previstas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. (BOE núm. 288, de 2 de diciembre de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Red Natura 2000; Comunicación a la Comisión Europea; Medidas compensatorias

Resumen:

Es objeto de la presente Orden establecer un procedimiento reglado de comunicación a la Comisión Europea, tanto de las medidas compensatorias como de la solicitud de consulta previa, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

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