Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 62, de 14 de marzo de 2017
Temas Clave: Biodiversidad; Genética; Ecosistemas; Información; Autorización; Registros administrativos
Resumen:
El examen de esta norma debe conectarse con el Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización, del que España es Parte Contratante desde su ratificación el 3 de junio de 2014. Este Protocolo señala que de conformidad con la legislación nacional, el acceso a los recursos genéticos para su utilización estará sujeto al consentimiento previo informado y al establecimiento de las condiciones mutuamente acordadas. Exige, además, a los usuarios de recursos genéticos, en los países donde se haya regulado su acceso, la obtención de un permiso o autorización que acredite que el acceso a esos recursos se ha producido de conformidad con la legislación nacional del país proveedor.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 57, de 8 de marzo de 2017
Temas Clave: Telecomunicaciones; Dominio público radioeléctrico; Autorización; Antenas; Procedimiento administrativo
Resumen:
La Ley 9/2014, de 9 de mayo General de Telecomunicaciones, dedica su título V a la regulación del espectro radioeléctrico, declarándolo bien de dominio público, cuya titularidad y administración corresponden al Estado.
El espectro radioeléctrico constituye un recurso cada día más estratégico y demandado, que precisa de una regulación que compatibilice un acceso más flexible al mismo por parte de operadores y usuarios en general, con un aprovechamiento efectivo y con máxima eficiencia.
Este real decreto consta de un artículo único que aprueba el reglamento, tres disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias; una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. La disposición adicional primera versa sobre la presentación de documentos por medios electrónicos, la segunda sobre la continuidad de los datos del registro público de concesiones, y la tercera sobre el control del gasto público.
Se estructura en los
Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 42, de 18 de febrero de 2017
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Productos químicos; Certificaciones Reglamentaciones técnicas; Capacitación profesional
Resumen:
La regulación en materia de gases fluorados tiene la finalidad de controlar la contribución de sus emisiones al cambio climático por un lado, dado su potencial de calentamiento atmosférico, y al potencial de agotamiento de la capa de ozono estratosférico por otro, incluyendo en este último caso a hidrocarburos clorados o bromados.
En el ámbito del Derecho comunitario, las dos principales normas actualmente aplicables en esta materia son, por un lado, el Reglamento (UE) 517/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, y, por otro, el Reglamento (CE) nº 1005/2009, del
Real Decreto 39/2017, de 27 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 24, de 28 de enero de 2017
Temas Clave: Calidad del aire; Contaminación atmosférica; Información; Medición
Resumen:
Este real decreto se dicta de conformidad con lo dispuesto en la disposición final novena de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, que habilita al Gobierno para que apruebe cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación, ejecución y desarrollo de lo establecido en dicha ley, así como a actualizar sus anexos.
A través de esta norma se incorpora al derecho nacional la Directiva (UE) 2015/1480 de la Comisión, de 28 de agosto de 2015, por la que se modifican varios anexos de las Directivas 2004/107/CE y 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en los que se establecen las normas relativas a los métodos de referencia, la validación de datos y la ubicación de los puntos de medición para la
Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 18, de 21 de enero de 2017
Temas Clave: Residuos; Vehículos; Gestión; Preparación para la reutilización; Centros autorizados; Responsabilidad
Resumen:
El presente real decreto transpone a nuestro derecho interno la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil y sus modificaciones posteriores. Conserva los elementos fundamentales de la regulación preexistente, si bien se advirtió que existían algunos aspectos que necesitaban ser mejorados, como la definición del ámbito de aplicación de la norma y su coherencia con los regímenes de otros flujos de residuos, así como la redacción de determinados artículos.
Tiene por objeto establecer medidas destinadas a la prevención de la generación de residuos procedentes de vehículos y a la recogida, a la preparación para la reutilización, al reciclado y otras formas de valorización de los vehículos al final de su vida útil, incluidos sus componentes, para así reducir la eliminación de residuos y
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