Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 251, de 28 de diciembre de 2018
Temas clave: Comunidades Autónomas; Contratación pública verde; Economía sostenible; Política ambiental
Resumen:
De conformidad con el expositivo, esta Ley se aprueba con el fin de revisar y modernizar las normas vigentes sobre contratación pública, al objeto de incrementar la eficiencia del gasto público, facilitando en particular la participación de las pequeñas y medianas empresas y permitir que los contratantes utilicen mejor la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes. Todo ello en el marco de la normativa comunitaria y estatal existente al respecto de la contratación pública. De este modo, entre los objetivos de esta nueva norma se halla el relativo a conseguir una mejor relación calidad-precio en la contratación pública autonómica, mediante la introducción de nuevas consideraciones a los cuales los órganos de contratación podrán dar prioridad. Entre estas consideraciones se hallan las medioambientales, así como las referentes a cuestione sociales. Este postulado se manifiesta precisamente en el artículo 1 de la norma, el cual incluye entre el objeto de la Ley
Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 250, de 27 de diciembre de 2018
Temas clave: Clasificación de suelos; Ordenación del territorio; Planeamiento urbanístico; Suelo rústico; Urbanismo
Resumen:
Se ha aprobado en Extremadura una nueva legislación sobre ordenación del territorio y urbanismo que sustituye a la anterior de 2001, con algunos cambios sustanciales que responderían a una potenciación de la sostenibilidad en ambos ámbitos, proponiendo un cambio en el modelo territorial o urbanístico, o más bien atender a la realidad propia de esta Comunidad Autónoma y los problemas que sufren, como por ejemplo la despoblación.
En este sentido, un repaso al expositivo de la norma nos advierte que la norma hasta entonces vigente, la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, acusa un problema estructural «consecuencia de la necesidad de atender a nuestra realidad territorial de núcleos urbanos dispersos en nuestro vasto territorio y poco poblados, con escasa dinámica de crecimiento, en los que lo rural constituye la mayor parte de nuestro territorio. Es por ello que se hace necesaria una revisión en cuanto a los planteamientos de
Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 163, de 29 de diciembre de 2019
Temas Clave: Patrimonio natural; Caminos; Medio ambiente; Desarrollo rural; Ordenación del territorio; Patrimonio cultural; Paisaje; Deporte, Educación ambiental; Agricultura; Propiedad; Acción pública; Desafectación; Catálogo; Información; Usos; Senderismo; Infracciones y sanciones
Resumen:
La red de caminos sigue conformando un patrimonio primordial y práctico para el desarrollo de la vida rural y de las actividades agrarias, ganaderas y complementarias. Los caminos públicos constituyen una red de vías extensa y arraigada con la función histórica básica de enlazar los diferentes lugares de las islas, en especial los núcleos tradicionales, que ofrecen al conjunto de la población una accesibilidad generalizada a todo el territorio insular. Esta función todavía perdura hoy en día con la estructura de una trama conformada por miles de kilómetros de caminos con unas funciones, unas características y una frecuentación muy prototípica de las islas.
Actualmente, todavía se percibe en Mallorca la relevancia capital de esta red de caminos para el bienestar de
Decreto 228/2018, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se regula el control de las emisiones de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera en la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOGV núm. 8450, de 24 de diciembre de 2018
Temas clave: Atmósfera; Autorizaciones y licencias; Calidad del aire; Contaminación atmosférica; Emisión de contaminantes a la atmósfera
Resumen:
El objeto de este Decreto es el desarrollo de los procedimientos y la regulación del sistema de control de las emisiones atmosféricas procedentes de actividades consideradas por la normativa estatal (Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera) como potencialmente contaminadoras de la atmósfera en la Comunitat Valenciana -artículo 1-, y que se aplica a todas las fuentes de los contaminantes relacionados en el Anexo I de la estatal Ley 34/2007, de 15 de noviembre, correspondientes a las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera recogidas en el Anexo IV de esta misma norma -artículo 2-.
Este Decreto se divide en cuatro capítulos (con un total de 38 artículos), nueve disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias y dos disposiciones finales.
El capítulo I -disposiciones
Ley del Principado de Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPA núm. 281, de 4 de diciembre de 2018
Temas Clave: Transporte; Vehículos; Sostenibilidad; Eficiencia energética; Emisiones a la atmósfera; Ordenación del territorio; Planificación; Organización institucional; Participación; Medios de transporte; Movilidad ciclista y peatonal; Vehículo eléctrico
Resumen:
Es necesario que los poderes públicos promuevan la efectividad del derecho fundamental a circular por el territorio, pero teniendo en cuenta que la movilidad ha de respetar el medio ambiente y debe realizarse de la forma más compatible posible con una utilización racional de los recursos naturales, siempre con el objetivo último de mejorar la calidad de vida de las personas.
Tal y como se recoge en el preámbulo de la norma, la excesiva proliferación del uso del vehículo privado motorizado ocasiona problemas medioambientales, económicos y para la salud, debido a la saturación viaria, la ineficiencia energética, la emisión de gases de efecto invernadero y otros. Todo ello aconseja que la regulación del transporte no se realice en un cuerpo normativo ajeno a todas estas
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