Decreto 129/2021, de 30 de marzo, por el que se regula y fomenta la actividad de pesca-turismo y otras actividades de diversificación pesquera y acuícola en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 63, de 6 de abril de 2021
Palabras clave: Pesca. Turismo. Acuicultura. Actividad profesional. Economía. Declaración responsable. Comercialización. Fomento
Resumen:
El presente decreto tiene por objeto regular, en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las actividades de pesca-turismo, turismo pesquero o marinero, y turismo acuícola que se desarrollen mediante contraprestación económica de forma complementaria y compatible con la actividad profesional de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura.
Dichas actividades deberán estar relacionadas con una o varias de las siguientes finalidades:
Difundir el patrimonio histórico o cultural, las tradiciones, los oficios, la gastronomía y la cultura vinculados a la actividad de la pesca extractiva, el marisqueo, la acuicultura y la pesca con el arte de almadraba. Promover y revalorizar los productos de la pesca
Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial Comunidad Madrid núm. 26, de 1 de febrero de 2021
Palabras clave: Vías pecuarias. Ganadería extensiva. Deslinde. Amojonamiento.
Resumen:
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene competencia, en el marco de la legislación básica del Estado, para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de vías pecuarias.
Con la aprobación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Estado estableció el régimen jurídico de las vías pecuarias, ejerciendo la competencia que le atribuye el artículo 149.1.23 de la Constitución para dictar la legislación básica sobre esta materia.
Respetando dicha legislación básica y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid aprobó la Ley 8/1998, de 15 de junio, de
Orden de 22 de marzo de 2021, por la que se regula la práctica de la cetrería en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 59, de 29 de marzo de 2021
Palabras clave: Cetrería. Caza. Aves rapaces. Autorizaciones. Registro.
Resumen:
La cetrería es una modalidad de caza consistente en la utilización de aves rapaces adiestradas para el acoso, persecución y captura de especies cinegéticas. Es sostenible, al no producir impacto reseñable sobre las poblaciones presa, y selectiva, ya que el ave adiestrada generalmente captura a los individuos más mermados.
En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, contempla la cetrería como una actividad cinegética de carácter tradicional que requiere de autorización administrativa, habiendo sido desarrollada por el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ordenación de la Caza en Andalucía, condicionando su ejercicio a estar en posesión del
Orden de 25 de marzo de 2021, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se establecen medidas de acceso y tránsito en el Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila para el año 2021
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial Región de Murcia número 73 de 30 de marzo de 2021
Temas Clave: Parque Regional. Uso público. Acceso. Lugar de Interés Comunitario.
Resumen:
El espacio natural de Calblanque, Monte de la Cenizas y Peña del Águila, fue declarado Parque Regional por la disposición adicional tercera, uno de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Además, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE, el espacio de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila tiene la consideración de Espacio Protegido Red Natura 2000 al encontrarse incluido en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) para la región biogeográfica mediterránea (ES6200001). En el interior del Parque Regional es necesario adoptar medidas de conservación, que en determinados periodos conllevan
Decreto 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 51, de 15 de marzo de 2021
Temas Clave: Turismo. Recursos naturales. Agenda 2030. Empresas. Acceso y ejercicio de la actividad.
Resumen:
Castilla y León cuenta con un importante patrimonio natural lo que le hace muy atractiva como destino de turismo de naturaleza. Desde este punto de vista, y teniendo en cuenta el incremento de las actividades que se engloban en el concepto de turismo activo, con la nueva regulación del sector se pretende que la oferta de los servicios sea diversa y de calidad.
Además, la regulación del turismo activo se hace en el marco de la Declaración «Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible» así como en el del Documento de directrices para la Implementación de la Agenda 2030 en Castilla y León, aprobado por Acuerdo de 29 de noviembre de 2018.
El presente decreto tiene por objeto regular las actividades de turismo activo en la
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