Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 259, de 23 de diciembre de 2021
Temas clave: Aguas. Aguas residuales. Calidad del agua. Fiscalidad ambiental. Quien contamina paga.
Resumen:
La Ley aprobada tiene por objeto -artículo 1- establecer la regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales, configurado -artículo 2- como tributo propio de la Comunidad Autónoma, de naturaleza real y finalidad extrafiscal medioambiental, siendo exigible en todo el territorio de la comunidad. Además, se destaca su carácter afectado, siendo que la recaudación del impuesto debe destinarse al desarrollo de programas y planes en materia de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas.
Tal y como consta en el propio expositivo de la norma, este Impuesto tenía su origen en el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de 1995, el cual subordinaba las ayudas a las comunidades autónomas al establecimiento de un impuesto como medida de corresponsabilidad financiera para afrontar los objetivos recogidos en la Directiva del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. De este modo, ya en
Ley de Cantabria 11/2020, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOC extr. n. 101, de 30 de diciembre de 2021)
Palabras clave: Especies protegidas. Autorización ambiental integrada. Tramitación administrativa. Declaración responsable. Pesca. Montes. Puertos.
Resumen:
A través de este tipo de normas que suelen acompañar a las leyes de presupuestos de cada Comunidad Autónoma al final del año, se introducen modificaciones normativas de toda índole que afectan a diversos sectores. A continuación, nos referiremos a aquellas que hayan podido afectar a la materia jurídico-ambiental.
-Por la situación que se está produciendo en relación con la gestión de especies protegidas en el ámbito nacional y con el fin de garantizar la competencia de Cantabria en la materia, se modifica la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, incorporando un nuevo artículo 47 bis y una letra q) en el artículo 86, en relación con los planes de gestión de especies incluidas en el Listado de
Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN núm. 265, de 27 de diciembre de 2021
Palabras clave: Simplificación administrativa. Tramitación. Autorización. Declaración responsable. Comunicación previa. Turismo. Urbanismo. Agricultura. Ganadería. Electricidad. Energía. Eficiencia energética. Energías renovables. Suelo rústico. Costas. Espacios naturales protegidos. Energía geotérmica
Resumen:
El objetivo final de esta ley es el de contribuir, de una forma sostenible, a la reconstrucción socioeconómica de Canarias, y de paliar las secuelas que la pandemia ha dejado y sigue dejando en el archipiélago. La norma se enmarca dentro de los objetivos del Pacto para la Reactivación Social y Económica de Canarias, firmado el 30 de mayo de 2020, entre cuyas prioridades estratégicas figuran la agilización, simplificación, cooperación y coordinación administrativas.
La ralentización y progresiva reactivación de la actividad turística tras la paralización total inicial puede ser una oportunidad para afrontar esos retos de necesaria renovación, lo que exige facilitar la adopción de
Decreto Ley 28/2021, de 21 de diciembre, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, con el fin de incorporar la regulación de las instalaciones para la mejora de la eficiencia energética o hídrica y de los sistemas de energías renovables en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de Cataluña número 8569 de fecha 23 de diciembre de 2021.
Palabras clave: Eficiencia energética. Energías renovables.
Resumen:
El 21 de julio de 2020, el Gobierno de la Generalitat aprobó el Plan para la reactivación económica y protección social como consecuencia de la crisis de la COVID-19. Este Plan se alinea con la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, el Pacto Verde Europeo y la Estrategia Digital Europea.
El mismo 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó el marco financiero plurianual 2021-2027 y el fondo de recuperación Next Generation EU. Este fondo se convierte en una herramienta significativa para
Decreto n.º 284/2021, de 16 de diciembre, por el que se regula la pesca con el arte de moruna en aguas interiores de la Región de Murcia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 293 de 21 de diciembre de 2021.
Palabras clave: Pesca. Aguas interiores.
Resumen:
Dentro de la clasificación de los artes menores de pesca, se encuentran, de acuerdo con el artículo 3 de la citada orden, los artes de parada, que a su vez se clasifican en varias modalidades, entre ellas la moruna. El arte de moruna se define como un arte de parada que consta de dos piezas y un copo, aunque este último puede no estar presente. La pieza de tierra, de forma rectangular, está armada entre una relinga de flotadores y otra de plomo, estando uno de sus extremos fijo a la costa. La pieza de fuera, también de forma rectangular, está armada entre una relinga de flotadores y otra de plomos, formando una doble espiral en el
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